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RESOLUCIÓN 2 DE 2007

(enero 3)

Diario Oficial No. 46.501 de 4 de enero de 2007

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD

Por la cual se fija el valor del certificado judicial y documentos de extranjería que expide el Departamento Administrativo de Seguridad, para la vigencia de 2007.

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 4o de la Ley 961 del 5 de julio de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 961 de julio de 2005 se regularon las tasas por la prestación de los servicios del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS;

Que el artículo 4o de la Ley 961 del 5 de julio de 2005, designó al Director del DAS, como autoridad administrativa facultada para establecer las tarifas por los servicios que presta la entidad;

Que el Comité para la fijación de las tarifas y precios por los servicios que presta el DAS, creado mediante Resolución 1324 de 2005 presentó al Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, el estudio correspondiente al método, el sistema para la determinación del costo de los servicios y la forma de hacer el reparto entre los usuarios y certificar el valor sugerido para la fijación de las tarifas de acuerdo con los parámetros establecidos por el artículo 338 de la Constitución Política, la Ley 961 de 2005 y demás normas pertinentes;

Que por lo expuesto anteriormente, se

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Fijar para el año 2007 el valor a cobrar como tarifa por el certificado judicial en la suma de veintiocho mil novecientos pesos ($28.900,00) moneda corriente.

PARÁGRAFO. <Parágrafo adicionado por el artículo 1 de la Resolución 489 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> Quien acredite haber sufragado en las elecciones del año 2006, tendrá derecho a descontar de la tarifa del Certificado Judicial en el momento de su expedición un diez por ciento (10%), fijándose como precio el valor de veintiséis mil pesos ($26.000) moneda corriente.

ARTÍCULO 2o. Fijar para el año 2007 las siguientes tarifas de los documentos de extranjería que expide el DAS, así:

1. La cédula de extranjería, ciento veinte mil quinientos pesos ($120.500,00) moneda corriente.

2. La prórr oga de permanencia en el territorio nacional de los extranjeros, sesenta mil cuatrocientos pesos ($60.400,00) moneda corriente.

3. Los salvoconductos de permanencia y salida del país, treinta y seis mil trescientos pesos ($36.300,00) moneda corriente.

4. Las certificaciones sobre movimientos migratorios de nacionales y extranjeros, treinta y seis mil trescientos pesos ($36.300,00) moneda corriente.

ARTÍCULO 3o. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 6 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución número 002 de 5 de enero de 2006.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de enero de 2007.

La Subdirectora encargada de las funciones del despacho del Director del Departamento Administrativo de Seguridad,

MARÍA DEL PILAR HURTADO AFANADOR.

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