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RESOLUCIÓN 74 DE 2011
(febrero 4)
Diario Oficial No. 47.983 de 14 de febrero de 2011
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Por la cual se regula el procedimiento para la designación de los jefes de la Unidad u Oficina de Coordinación de Control Interno o de quien haga sus veces.
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial por las conferidas en la Orden Presidencial 14 de 2002 y en el Decreto 188 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública en coordinación con la Presidencia de la República fijar las políticas que, en materia de control interno, desarrollo administrativo, modernización institucional y gerencia del talento humano, se exigen para la implementación de las políticas de Buen Gobierno.
Que en desarrollo de esta función, mediante la Orden Presidencial número 14 de 2002 se impartieron instrucciones para que el desarrollo de la facultad discrecional de nominación del jefe de control interno o quien haga sus veces en la Rama Ejecutiva del orden nacional, esté precedida del mérito, de la demostración de los conocimientos, las competencias, y el ajuste al perfil de quien va a ejercer el cargo.
Que corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública diseñar el perfil y los estándares para adelantar el proceso de selección, en cumplimiento a la Orden Presidencial.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública expidió la Resolución 644 de 2003 regulando el procedimiento para la designación de los jefes de las Unidades u Oficinas de Coordinación de Control Interno o de quien haga sus veces.
Que revisado el procedimiento, se hace necesario hacer unos ajustes al mismo, con el fin de que las pruebas a aplicar vayan dirigidas a la verificación de los conocimientos y del cumplimiento del perfil requerido para el desempeño del empleo.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Para la provisión de los empleos de Jefes de la Unidad u Oficina de Coordinación de Control Interno o de quien haga sus veces, en los organismos o entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, se tendrán en cuenta las siguientes etapas, que se desarrollarán bajo los criterios de objetividad, transparencia, imparcialidad, igualdad y publicidad:
1. El Jefe del organismo o entidad donde se presente la necesidad de provisión del empleo, informará de esta situación a la Dirección General del Departamento Administrativo de la Función Pública, adjuntando la norma que contiene el objeto y funciones de la entidad con las funciones y requisitos del cargo, previstas en el respectivo manual específico de funciones y competencias laborales y las hojas de vida de los candidatos que cumplan con los requisitos para el desempeño del empleo, con sus respectivos soportes.
El número de aspirantes que proponga el nominador no podrá ser superior a tres ni inferior a dos.
2. Los aspirantes que cumplan con los requisitos exigidos para el desempeño del respectivo cargo, deberán presentar la prueba de conocimientos que aplicará el Departamento Administrativo de la Función Pública; los aspirantes que superen la prueba, con el puntaje que señale la función Pública, se les valorará las competencias gerenciales, según el perfil que se haya definido.
La valoración de las competencias se adelantará por el Departamento Administrativo de la Función Pública o por una firma externa especializada en selección de personal.
Con los resultados de la valoración de competencias, el Grupo de Apoyo a la Gestión Meritocrática o la firma externa especializada en selección de personal elaborará un informe sobre el ajuste al perfil del cargo por parte del o de los candidatos.
3. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública enviará al Jefe de la respectiva entidad el informe a que hace referencia el numeral anterior, con las hojas de vida, para que este decida sobre el nombramiento.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial la Resolución 644 de 2003.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de febrero de 2011.
ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.