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RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-81117-0732 DE 2020

(enero 7)

Diario Oficial No. 51.190 de 8 de enero 2020

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0739 de 2020>

Por la cual se adiciona el Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de la Contraloría General de la República, el cual fue adoptado mediante Resolución Reglamentaria número 216 de 2013.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en los numerales 2 y 4 del artículo 35 del Decreto-ley número 267 de 2000 y en el artículo 7o del Decreto-ley número 269 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 2 del artículo 35 del Decreto número 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley;

Que el numeral 4 del artículo 35 del Decreto número 267 de 2000 dispone como función del Contralor General de la República la de dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República;

Que el Decreto número 269 de 2000, “Por el cual se establece la nomenclatura y clasificación de los empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones”, dispuso en el artículo 7o que el Contralor General de la República expedirá el Manual de Funciones y Requisitos Específicos para cada uno de los empleos teniendo en cuenta la naturaleza de las dependencias, los procesos y los procedimientos que deben ejecutarse para el cumplimiento eficiente, eficaz y efectivo de la misión y objetivos de la Contraloría General de la República;

Que el Decreto número 271 de 2000, “Por el cual se establece la planta de personal de la Contraloría General de la República” señaló en el artículo 3o que el Contralor General de la República, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta de personal a que se refiere el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes, programas, procesos, proyectos y políticas de la Contraloría General de la República;

Que a través de la Resolución Reglamentaria número 067 de 2008, se establecieron los objetivos y criterios generales que se deben observar para la elaboración del Manual de Funciones y de Competencias Laborales de los empleos públicos de la Contraloría General de la República;

Que mediante la Resolución Reglamentaria número 0216 del 11 de marzo de 2013, se estableció el Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos públicos de la planta global de la Contraloría General de la República;

Que el numeral 13 del artículo 69 del Decreto número 267 de 2000, fija como función de la Gerencia del Talento Humano, la de definir, en coordinación con las distintas dependencias de la entidad competentes para ello, los perfiles ocupacionales exigidos para los cargos de carrera administrativa y para los demás empleos;

Que el Decreto Ley 2037 de 2019 desarrolló la estructura de la Contraloría General de la República y creó la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata;

Que el Decreto Ley 2038 de 2019 modificó la planta de empleos de la Contraloría General de la República y creó, entre otros, el cargo de Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata;

Que el parágrafo 1 del artículo 1o del citado Decreto estableció que:

Para desempeñar el empleo de Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata se deberán acreditar los mismos requisitos señalados para el empleo de Contralor Delegado más dos años de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo;

Que el artículo 6o Decreto número 269 de 2000, establece con relación al empleo de Nivel Directivo, Grado 04, correspondiente al de Contralor Delegado, los siguientes requisitos mínimos:

Grado 04. Título universitario, título de formación avanzada y cinco (5) años de experiencia profesional relacionada con el cargo;

Que acorde a lo anterior, resulta procedente adicionar el Manual Específico de Funciones Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de la Contraloría General de la República a fin de definir las funciones y requisitos mínimos para el citado cargo;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el Manual Específico de Funciones Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de la Contraloría General de la República, en el sentido de establecer las funciones y requisitos para el cargo de Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata:

I. IDENTIFICACIÓN DEL CARGO

NIVEL Directivo
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata
DEPENDENCIA Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata
CARGO JEFE INMEDIATO Contralor General de la República

II. OBJETIVO PRINCIPAL DEL CARGO

Dirigir integralmente la formulación, orientación e implementación de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos relacionados con la reacción inmediata frente a riesgos de daño fiscal inminente y con el aprovechamiento de datos e información para las acciones de vigilancia y control fiscal.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Dirigir la formulación de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos relacionados con el acceso, acopio, custodia, seguridad, uso, análisis y aprovechamiento de datos e información, que contribuyan a incrementar la eficiencia, eficacia y resultados con valor agregado de las acciones de vigilancia y control fiscal, con el apoyo de la Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático y la Oficina de Sistemas e Informática en lo que corresponda.

2. Definir el Modelo de Gobierno de Datos y estrategia de datos abiertos en la Contraloría General de la República, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dirigir la formulación, orientación e implementación de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos relacionados con la reacción inmediata frente a riesgos de daño fiscal inminente y el ejercicio de las funciones de policía judicial, para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

4. Establecer los criterios y alcances de intervención de los equipos técnicos de reacción inmediata en las actividades de vigilancia y control fiscal, y especiales de fiscalización, de conformidad con la normatividad vigente.

5. Asesorar al Contralor General de la República en la formulación e implementación de planes, programas, proyectos y procedimientos relacionados con las funciones de la dependencia y dirigir su ejecución a fin de contribuir con el mejoramiento institucional.

6. Asesorar y coordinar en su ámbito funcional a las demás dependencias de la Contraloría General de la República, en el aseguramiento y uso de la información y bases de datos, la recolección de material probatorio, su debida custodia y utilización, el diseño e implementación de criterios técnicos de selectividad y materialidad del control, y en materia de investigación especializada, con el propósito de facilitar adecuadamente la gestión institucional.

7. Dirigir y coordinar, con la Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático, de conformidad con la función atribuida en el inciso 5 del artículo 128 de la Ley 1474 de 2011, la identificación, valoración y administración de los riesgos en la seguridad interna y externa, de los servidores, los bienes y la información de la Entidad, a fin de garantizar su adecuada protección y custodia.

8. Orientar a la Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático en el diseño e implementación del programa de protección y seguridad del Contralor General de la República, Excontralores Generales de la República y demás servidores de la Entidad de acuerdo con el nivel de riesgo al que estén sometidos, en coordinación con los organismos de seguridad del Estado competentes y conforme a las necesidades evidenciadas sobre el particular.

9. Formular los parámetros técnicos, procedimientos y estándares que la Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático debe seguir para realizar los estudios de amenaza y riesgo a la seguridad de los servidores de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo previsto en el artículo 128 de la Ley 1474 de 2011.

10. Promover la incorporación de estándares internacionales, mejores prácticas de gestión, protocolos y la suscripción de convenios, para el cumplimiento de las funciones de la dependencia y el mejoramiento institucional.

11. Dirigir y adoptar las políticas y protocolos, para compartir, suministrar, integrar o facilitar el acceso, intercambio, integración e interoperabilidad de datos o información de la Entidad con organismos nacionales o internacionales, bajo las directrices del Contralor General de la República.

12. Aprobar la suscripción y liberación de informes de analítica de datos por parte de la Unidad de Análisis de la Información, de acuerdo con los protocolos que se adopten para el efecto.

13. Liderar la generación de estudios, análisis y estadísticas que contribuyan al mejoramiento de la gestión de la Contraloría General de la República.

14. Responder por el control interno de la dependencia como parte del sistema que establezca el Contralor General de la República, para garantizar la efectividad de las actividades que desarrolla.

15. Gestionar los recursos físicos, financieros, informáticos y documentales, necesarios para contribuir al desarrollo de los procesos de la dependencia.

16. Administrar el Talento Humano de la dependencia para garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de los servidores públicos, facilitar el desarrollo de las políticas de personal y fortalecer el clima laboral.

17. Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Contralor General de la República, y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La dirección en formulación de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos relacionados con el acceso, acopio, custodia, seguridad, uso, análisis y aprovechamiento de datos e información contribuye a incrementar la eficiencia, eficacia y resultados con valor agregado de las acciones de vigilancia y control fiscal.

2. El Modelo de Gobierno de Datos y estrategia de datos abiertos en la Contraloría General de la República es definido de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.

3. La formulación, orientación e implementación de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos relacionados con la reacción inmediata frente a riesgos de daño fiscal inminente y el ejercicio de las funciones de policía judicial es dirigida para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

4. Los criterios y alcances de intervención de los equipos técnicos de reacción inmediata en las actividades de vigilancia y control fiscal, y especiales de fiscalización, son establecidos de conformidad con la normatividad vigente.

5. La asesoría al Contralor General de la República en la formulación e implementación de planes, programas, proyectos y procedimientos relacionados con las funciones de la dependencia y su ejecución se realiza y dirige a fin de contribuir con el mejoramiento institucional.

6. La Asesoría y coordinación en su ámbito funcional a las demás dependencias de la Contraloría General de la República, en el aseguramiento y uso de la información y bases de datos, la recolección de material probatorio, su debida custodia y utilización, el diseño e implementación de criterios técnicos de selectividad y materialidad del control, y en materia de investigación especializada, se realiza con el propósito de facilitar adecuadamente la gestión institucional.

7. La identificación, valoración y administración de los riesgos en la seguridad interna y externa, de los servidores, los bienes y la información de la Entidad es dirigida y coordinada con la Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático, de conformidad con la función atribuida en el inciso 5 del artículo 128 de la Ley 1474 de 2011 y a fin de garantizar su adecuada protección y custodia.

8. La Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático es orientada en el diseño e implementación del programa de protección y seguridad del Contralor General de la República, Excontralores Generales de la República y demás servidores de la Entidad de acuerdo con el nivel de riesgo al que estén sometidos, en coordinación con los organismos de seguridad del Estado competentes y conforme a las necesidades evidenciadas sobre el particular.

9. Los parámetros técnicos, procedimientos y estándares que la Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático debe seguir para realizar los estudios de amenaza y riesgo a la seguridad de los servidores de la Contraloría General de la República se formula de conformidad con lo previsto en el artículo 128 de la Ley 1474 de 2011.

10. La incorporación de estándares internacionales, mejores prácticas de gestión, protocolos y la suscripción de convenios se promueve para el cumplimiento de las funciones de la dependencia y el mejoramiento institucional.

11. Las políticas y protocolos, para compartir, suministrar, integrar o facilitar el acceso, intercambio, integración e interoperabilidad de datos o información de la Entidad con organismos nacionales o internacionales, se dirigen y adoptan bajo las directrices del Contralor General de la República.

12. La suscripción y liberación de informes de analítica de datos por parte de la Unidad de Análisis de la Información, se aprueba de acuerdo con los protocolos que se adopten para el efecto.

13. La generación de estudios, análisis y estadísticas se lidera contribuyendo al mejoramiento de la gestión de la Contraloría General de la República.

14. El control interno de la dependencia es atendido conforme lo establezca el Contralor General de la República y la normatividad vigente contribuyendo a garantizar la efectividad de las actividades que desarrolla.

15. Los recursos físicos, financieros, informáticos y documentales, necesarios son gestionados conforme a las normas y procedimientos vigentes para contribuir al desarrollo de los procesos de la dependencia.

16. El Talento Humano de la dependencia es administrado conforme a las normas y procedimientos vigentes para garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de los servidores públicos, facilitar el desarrollo de las políticas de personal y fortalecer el clima laboral.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

Constitución Política de Colombia

Organización y funcionamiento del Estado colombiano

Control Fiscal

Decretos Ley de la Contraloría General de la República

Código Único Disciplinario

Sistema Integrado de Gestión y Control de Calidad

Sistema de Gestión Documental

Estatuto de Anticorrupción

Planeación Estratégica

Normas de Administración de personal y carrera administrativa

Herramientas de Ofimática y bases de datos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS EXPERIENCIA
TÍTULO UNIVERSITARIO EN:
Derecho, Contaduría Pública, Administración de Empresas, Administración Pública, Economía, Ingeniería de Minas, Ingeniería de Petróleos, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Ingeniería Electrónica, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Ambiental, Ciencias Sociales, Ciencias de la Educación, Comunicación Social, Ingeniería de Sistemas, Sociología, Trabajo Social, Psicología, Relaciones Internacionales, Administración Bancaria y Financiera, Administración Regional y Urbana, Estadística, Finanzas, Ciencias Políticas, Administración Financiera, Ciencias de la Salud, Geología, Agronomía, Ingeniería Agronómica, Ingeniería Química, Ingeniería Forestal, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Agrícola, Ingeniería de Transporte y vías, Comercio Exterior, Arquitectura, Antropología, Filosofía, Medicina, Veterinaria y Zootecnia, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Mecánica, Agrología, Biología y demás disciplinas afines con las funciones del cargo.
FORMACIÓN AVANZADA EN:
Título de formación avanzada o de posgrado en disciplinas relacionadas con las funciones del cargo.
Matrícula o tarjeta profesional en los casos reglamentados por ley.
Siete (7) años de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación, adiciona en lo pertinente la Resolución Reglamentaria número 0216 del 11 de marzo de 2013 y modifica las demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

El Contralor General de la República,

Carlos Felipe Córdoba Larrarte.

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