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RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-0574-2017 DE 2017
(abril 24)
Diario Oficial No. 50.219 de 29 de abril de 2017
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución OGZ-0640 de 2017>
Por la cual se modifica la Resolución Organizacional número OGZ-0568-2017 “por la cual crea el Comité Ejecutivo de Arquitectura Empresarial y el Comité Técnico de Arquitectura Empresaria en la Contraloría General de la República, se establecen sus integrantes, responsabilidades y funcionamiento; y se dictan otras disposiciones”.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 1 y 4 del artículo 35 y el artículo 76 del Decreto-ley 267 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 35, numerales 1 y 4, del Decreto-ley 267 de 2000, dispuso como función del Contralor General de la República la de “fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la vigilancia de la gestión fiscal, del control fiscal del Estado y de las demás funciones asignadas a la Contraloría General de la República de conformidad con la Constitución y la ley” y “Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”;
Que por su parte, el artículo 76 señala que: “Los objetivos, la integración y las funciones de los consejos, comités, comisiones y juntas estarán establecidas por las disposiciones legales correspondientes. El Contralor General podrá reglamentar éstos aspectos como para los órganos de creación legal como para los que él decida conformar para suplir las necesidades del servicio”;
Que mediante Resolución Organizacional número OGZ-0568-2017 del 18 de abril, se creó el Comité Ejecutivo de Arquitectura Empresarial y el Comité Técnico de Arquitectura Empresarial, se establecieron sus integrantes, responsabilidades y funcionamiento con el propósito, entre otros, de elaborar, proponer y aprobar las políticas que enmarcan la práctica de arquitectura empresarial para su adecuado desarrollo en la Contraloría General de la República;
Que de acuerdo a la conformación del Comité Técnico de Arquitectura Empresarial y teniendo en cuenta sus actividades debe precisarse y complementarse la integración del mismo, por lo tanto es necesario modificar el numeral 7 del artículo 9o de la Resolución Organizacional número OGZ-0568-2017;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución OGZ-0640 de 2017> Modificar el numeral 7 del artículo 9o de la Resolución Organizacional número OGZ- 0568-2017 el cual quedará así:
“Artículo 9o. Conformación del Comité Técnico de Arquitectura Empresarial (CTAE). El CTAE, estará conformado por los siguientes roles de arquitectos empresariales:
1. Un Líder de Arquitectura Empresarial, encargado de liderar el CTAE y ejercer la Secretaria Técnica del CEAE.
2. Un Arquitecto Articulador del Dominio de Negocio (procesos) encargado de alinear y organizar el desarrollo de las actividades de arquitectura empresarial en el dominio de negocio respecto a los objetivos y estrategias definidas por la entidad.
3. Un Arquitecto de Negocio encargado de desarrollar las actividades en el dominio de negocio incluyendo la estrategia de negocio, gobierno, estructura organizacional y procesos de negocio de la organización, y actuará como representante del macro-proceso de Control Fiscal Macro.
4. Un Arquitecto de Negocio encargado de desarrollar las actividades en el dominio de negocio incluyendo estrategia de negocio, gobierno, estructura organizacional y procesos de negocio de la organización y actuará como representante del macro-proceso de Control Fiscal Micro.
5. Un Arquitecto de Negocio encargado de desarrollar las actividades en el dominio de negocio incluyendo estrategia de negocio, gobierno, estructura organizacional y procesos de negocio de la organización y actuará como representante del macro-proceso Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva.
6. Un Arquitecto de Negocio encargado de desarrollar las actividades en el dominio de negocio incluyendo estrategia de negocio, gobierno, estructura organizacional y procesos de negocio de la organización y actuará como representante del macro-proceso Enlace con Clientes y Partes Interesadas.
7. Cuatro Arquitectos Transversales de Negocio encargados de desarrollar las actividades en el dominio de negocio incluyendo estrategia de negocio, gobierno, estructura organizacional y procesos de negocio de la organización.
8. Un Arquitecto Articulador de TI, encargado de alinear y apoyar el desarrollo de las actividades de los dominios de Información, Aplicaciones e Infraestructura Tecnológica.
9. Un Arquitecto de Información encargado de la definición de la estructura de datos e información de la entidad y los recursos de gestión de los mismos.
10. Un Arquitecto de Aplicaciones encargado de la definición de la estructura de las aplicaciones a implementar y sus interacciones.
11. Un Arquitecto de Infraestructura encargado de la definición de las capacidades de infraestructura de TI que se requieren para apoyar la implementación de servicios de negocio, información y aplicación.
12. Un Arquitecto de Seguridad encargado de la definición de los aspectos de seguridad transversales a los dominios de negocio y TI.
PARÁGRAFO 1o. El CTAE podrá invitar a las sesiones a aquellas personas que considere necesarias según los temas a tratar. Los invitados asistirán con voz, pero sin voto”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución OGZ-0640 de 2017> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica el numeral 7 del artículo 9o de la Resolución Organizacional número OGZ-0568-2017.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de abril de 2017.
El Contralor General de la República,
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.