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RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-0278 DE 2015

(agosto 11)

Diario Oficial No. 49.602 de 12 de agosto de 2015

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0739 de 2020>

Por la cual se modifica el Manual de Funciones establecido en la Resolución Reglamentaria 0216 del 11 de marzo de 2013 – Manual Específico de funciones y de competencias laborales de los empleos públicos de la planta global Contraloría General de la República.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 4 del artículo 35 del Decreto–ley 267 de 2000 y en el artículo 7o del Decreto–ley 269 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia de 1991, señala: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento”.

Que el artículo 7o del Decreto–ley 269 de 2000 establece: “El Contralor General de la República expedirá el Manual de Funciones y Requisitos Específicos para cada uno de los empleos teniendo en cuenta la naturaleza de las dependencias, los procesos y los procedimientos que deben ejecutarse para el cumplimiento eficiente, eficaz y efectivo de la misión y objetivos de la Contraloría General de la República”.

Que el Decreto número 271 de 2000, estableció la planta de personal de la Contraloría General de la República.

Que la Ley 1474 de 2011, en su artículo 128 estableció: “Con el fin de fortalecer las acciones en contra de la corrupción, créanse dentro de la estructura de la Contraloría General de la República…la Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes...

La Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes estará conformada por servidores públicos de la planta de personal de la entidad, asignados en misión a la misma, y tendrá como función principal la promoción e implementación de tratados, acuerdos o convenios con entidades internacionales o nacionales para obtener el intercambio de información, pruebas y conocimientos por parte de personal experto o especializado que permita detectar bienes, cuentas, inversiones y otros activos de personas naturales o jurídicas investigadas o responsabilizadas por la causación de daños al patrimonio público para solicitar el decreto de medidas cautelares en el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal y de cobro coactivo o en las acciones de repetición”.

Que mediante la Resolución Reglamentaria 0216 del 11 de marzo de 2013 se estableció el Manual Específico de funciones y de competencias laborales de los empleos públicos de la planta global de la Contraloría General de la República”.

Que se requiere modificar el Manual de Funciones y de competencias laborales de los empleos públicos de la planta global de la Contraloría General de la República establecido en la Resolución Reglamentaria 0216 del 11 de marzo de 2013, en el sentido de establecer funciones para el Cargo de Asesor grado 01, dentro de la Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el Manual de Funciones establecido en la Resolución Reglamentaria 0216 del 11 de marzo de 2013, en el sentido de establecer las funciones para un cargo de Asesor, nivel asesor, Grado 01 de la planta global de la Contraloría General de la República, dentro de la Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes, así:

IDENTIFICACIÓN DEL CARGO

NIVELAsesor
Denominación del empleo Asesor de Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes
Grado 01
Dependencia Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes
Cargo jefe inmediato Jefe de Unidad

Objetivo principal del cargo

Asistir al Jefe de la Unidad en la formulación y diseño de estrategias en la ejecución de planes, programas, políticas y estrategias que permitan detectar bienes, cuentas, inversiones y otros activos de personas naturales o jurídicas investigadas o responsabilizadas por la causación de daños al patrimonio público para solicitar el decreto de medidas cautelares en el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal y de cobro coactivo o en las acciones de repetición de conformidad con la normatividad legal vigente.

III. Descripción de funciones esenciales

1. Asesorar al Jefe de Unidad en la formulación de políticas y planes para el desarrollo del proceso de incautación de bienes para resarcir el daño fiscal causado al Estado.

2. Asesorar al Jefe de Unidad para la promoción e implementación de tratados, acuerdos o convenios con entidades internacionales o nacionales y obtener el intercambio de información, pruebas y conocimientos por parte de personal experto o especializado para detectar bienes, cuentas, inversiones y otros activos de personas naturales o jurídicas investigadas o responsabilizadas por la causación de daños al patrimonio público.

3. Asesorar en la adopción de las directrices con base en las cuales se efectuará el procedimiento de detección de bienes, cuentas, inversiones y otros activos de personas naturales o jurídicas investigadas o responsabilizadas por la causación de daños al patrimonio público.

4. Asistir al Jefe de Unidad en la emisión de actos administrativos o de otro orden en los procesos de competencia de la dependencia para garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales.

5. Asesorar al Jefe de la Unidad en la rendición al Contralor General de la República de informes periódicos sobre el estado de las diferentes investigaciones en la averiguación de bienes, para adoptar las decisiones respectivas frente al objetivo misional de la responsabilidad fiscal.

6. Asesorar al Jefe de Unidad en la presentación de reportes inmediatos al Contralor General de la República cuando la gravedad de los hechos investigados lo exijan para que se adopten las políticas y directrices que permitan el logro de los objetivos misionales.

7. Contribuir al desarrollo de los procesos transversales de la Entidad, de acuerdo con las normas legales vigentes para dar cumplimiento a la Misión de la Contraloría.

8. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

IV. Contribuciones individuales (criterios de desempeño)

1. La asesoría para la adopción de las políticas, planes, programas y estrategias dirigidas y adoptadas de acuerdo con la normatividad legal vigente, metodología, procesos y procedimientos establecidos permite el desarrollo del proceso de incautación de bienes y resarcir el daño fiscal causado al Estado.

2. La asesoría para la realización de los tratados, acuerdos o convenios con entidades internacionales o nacionales promovidos e implementados de acuerdo con la normatividad legal vigente, permite obtener el intercambio de información, pruebas y conocimientos y detectar bienes, cuentas, inversiones y otros activos de personas naturales o jurídicas investigadas o responsabilizadas por la causación de daños al patrimonio público.

3. El Jefe de unidad es asesorado para adoptar las directrices fijadas de acuerdo con las normas legales vigentes en el procedimiento de detección de bienes, cuentas, inversiones y otros activos de personas naturales o jurídicas investigadas o responsabilizadas permite resarcir los daños al patrimonio público.

4. El jefe de unidad es asistido para la presentación de los informes rendidos al Contralor General de la República de acuerdo con la metodología y procedimientos establecidos, permite adoptar las decisiones respectivas frente al objetivo misional de la responsabilidad fiscal para la averiguación de bienes.

5. Los informes sobre las actividades desarrolladas, son preparados de acuerdo a las metodologías establecidas y con la periodicidad indicada.

6. Los procesos transversales de la Entidad, en los que contribuye de acuerdo con las normas legales vigentes permiten dar cumplimiento a la Misión de la Contraloría.

V. Conocimientos básicos o esenciales

Constitución Política de Colombia.

Organización y funcionamiento del Estado colombiano.

Control Fiscal.

Control Fiscal Micro.

Normas sobre proceso de responsabilidad fiscal.

Decretos-ley de la Contraloría General de la República.

Código Único Disciplinario.

Sistema Integrado de Gestión y Control de Calidad.

Sistema de Gestión Documental.

Estatuto Anticorrupción.

Planeación Estratégica.

Normas sobre administración de personal y carrera administrativa.

Herramientas de Ofimática y bases de datos.

VI. Requisitos de estudios y experiencia

ESTUDIOSEXPERIENCIA
Título Universitario en:

Derecho, Contaduría Pública, administración de Empresas, Administración Pública, Economía, Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales, Ingeniería Industrial, Ciencias sociales, Ciencias de la educación, Ciencias de la salud y las demás disciplinas afines con la naturaleza del cargo.
Tres (3) años de experiencia profesional relacionada con el cargo.


Formación avanzada en:


Título de formación avanzada o de posgrado en disciplinas afines con las funciones del cargo.

Matrícula o tarjeta profesional en los casos reglamentados por ley.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y MODIFICACIONES. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica la Resolución Reglamentaria 0216 del 11 de marzo de 2013, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de agosto de 2015.

El Contralor General de la República,

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.

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