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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 6805 DE 2012

(octubre 4)

Diario Oficial No. 48.574 de 5 de octubre de 2012

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se modifica el artículo 14 de la Resolución Orgánica número 5044 del 9 de marzo de 2000.

LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia de 1991, señala: “no habrá empleo público, que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento.”;

Que en el artículo 5o, numeral 4 del Decreto 267 de 2000, se establece que “Para el cumplimiento de su misión y de sus objetivos, en desarrollo de las disposiciones consagradas en la Constitución Política, le corresponde a la Contraloría General de la República: … 4. Ejercer funciones administrativas y financieras propias de la entidad para el cabal cumplimiento y desarrollo de las actividades de la gestión del control fiscal.

Que en el artículo 35, numerales 2 y 4, del Decreto 267 de 2000, se establece que son funciones del Contralor General de la República, además de las atribuciones constitucionales y legales a él asignadas, las siguientes: “2. Adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley”. Y “4. Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”.

Que el artículo 7o, del Decreto 269 de 2000, establece: “El Contralor General de la República expedirá el Manual de Funciones y Requisitos Específicos para cada uno de los empleos teniendo en cuenta la naturaleza de las dependencias, los procesos y los procedimientos que deben ejecutarse para el cumplimiento eficiente, eficaz y efectivo de la misión y objetivos de la Contraloría General de la República”;

Que estudiados los alcances, los objetivos y los fines del buen servicio contenidos en las Leyes 1474 de 2011 y 1530 de 2012, es necesario modificar las funciones del empleo de Secretario Privado adscrito al Despacho del Contralor General.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 14 de la Resolución Orgánica número 05044 de 2000, en el sentido de establecer como FUNCIONES para el cargo de Secretario Privado, Nivel Directivo, Grado 02, las siguientes:

1. Participar en la coordinación, con las oficinas dependientes del Despacho del Contralor, el apoyo que requiera el Contralor General.

2. Participar en la selección de los asuntos que deban llevarse al conocimiento directo del Contralor General, según los criterios impartidos por este, resolviendo aquellos para los cuales esté autorizado.

3. Actuar como secretario de las reuniones, juntas y comités que se efectúen a solicitud del Contralor, cuando este así lo considere.

4. Participar en la coordinación de las actividades que se requieran para el manejo del protocolo del Despacho del Contralor General.

5. Ayudar en el cumplimiento de la agenda del Contralor General.

6. Encargarse de los asuntos o misiones especiales que le sean delegados o encomendados por el Contralor General.

7. Colaborar, cuando el Contralor General así lo determine, en el seguimiento de las instrucciones que este imparta y verificar su óptimo y oportuno cumplimiento.

8. Participar, en coordinación con la dependencia de informática, en la ejecución de los sistemas de información que garanticen agilidad y confiabilidad en los procesos en que interactúan el Despacho del Contralor y la Secretaria Privada.

9. Apoyar las labores de las dependencias encargadas de recepcionar y responder correspondencia.

10. Vigilar el manejo y conservación de los bienes muebles asignados al Despacho del Contralor y de la Secretaría Privada, y velar por la gestión oportuna ante las dependencias competentes de los servicios administrativos y logísticos que requieran estas.

11. Las demás que de acuerdo con la ley, le sean asignadas por el Contralor General de la República.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de octubre de 2012.

La Contralora General de la República,

SANDRA MORELLI RICO.

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