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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 6689 DE 2012
(agosto 9)
Diario Oficial No. 48.518 de 10 de agosto de 2012
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
<Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 665 de 2018>
Por la cual se adopta el procedimiento para el trámite de atención de denuncias, quejas ordinarias, derechos de petición y otras solicitudes en la Contraloría General de la República, y se deroga la Resolución Orgánica número 5589 de 2004.
LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 23 y 74 de la Constitución Política de Colombia, consagran el derecho que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta y oportuna respuesta, así como a acceder a documentos públicos, salvo los casos que establezca la ley.
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, determinan que las actuaciones administrativas de los servidores públicos tendrán como finalidad satisfacer adecuadamente la prestación del servicio público en orden a la efectividad de los derechos e intereses de los administrados, con arreglo a los principios generales de buena fe, igualdad, moralidad, economía, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad y contradicción.
Que el numeral 19 del artículo 34 del Código Disciplinario Único –Ley 734 de 2002– establece como deberes de los servidores públicos competentes, dictar los reglamentos internos sobre el trámite de derechos de petición.
Que el artículo 55 de la Ley 190 de 1995 –Estatuto Anticorrupción– determina que las quejas y reclamos se resolverán o contestarán siguiendo los principios, términos y procedimientos dispuestos en el Código Contencioso Administrativo para el ejercicio del derecho de petición, su incumplimiento dará lugar a las sanciones previstas en el mismo.
Que según los numerales 2 y 3 del artículo 55 del Decreto-ley 267 de 2000, son funciones de la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, entre otras, ordenar y dirigir la recepción, sistematización y evaluación de las denuncias ciudadanas sobre presuntos malos manejos de los recursos del Estado, y efectuar el seguimiento a las quejas y denuncias derivadas de las acciones ciudadanas.
Que la Resolución Orgánica número 5589 de 2004, por medio de la cual se estableció la reglamentación respecto del trámite de los derechos de petición, quejas y denuncias, ha quedado rezagada frente a esas nuevas regulaciones y requiere modificaciones sustanciales, haciendo necesario un ajuste en el cual se desarrolle y se adecúe el Procedimiento de Denuncias vigente que regula los trámites que se adelantan ante la Contraloría General de la República, para el adecuado desarrollo de la labor asignada a este ente de control fiscal.
Que de conformidad con lo establecido en la Resolución Orgánica número 5706 de 2005, el Sistema de Gestión de Calidad – Sistema de Gestión Documental, la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, mediante Comité Técnico liderado por el Contralor Delegado y el Círculo de Mejoramiento, conceptuó que se debe derogar la Resolución Orgánica número 5589 de 2004, y expedir un nuevo procedimiento que regule esa materia, en aras de observar plenamente los principios de la función administrativa, e instrumentar acorde con estos principios, el trámite de los derechos de petición en sus diferentes modalidades, las denuncias, quejas ordinarias y otras solicitudes, teniendo en cuenta las nuevas realidades jurídicas y normativas de la Ley 1437, así como otras normas con aptitud para incidir en la labor de control y vigilancia fiscal que desarrolla la Contraloría General de la República.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 665 de 2018> Adóptese el procedimiento para el trámite de atención de denuncias, quejas ordinarias, derechos de petición y otras solicitudes en la Contraloría General de la República, incorporado en el Sistema Integrado de Gestión y Control de Calidad (SIGCC) de la CGR.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 665 de 2018> Deróguese la Resolución Orgánica número 5589 de 2004.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 9 de agosto de 2012.
La Contralora General de la República,
SANDRA MORELLI RICO.