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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 5511 DE 2003
(Agosto 26)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se crea en la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, el grupo de trabajo para las auditorías articuladas con organizaciones de la sociedad civil.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que el preámbulo de la Constitución Política de Colombia de 1991, determina como uno de sus fines esenciales asegurar a los integrantes de la Nación, la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo, que garantice un orden político, económico y social justo;
Que el principio fundamental consagrado en el artículo 1o de la Constitución Política, determina entre otros aspectos, que Colombia es un Estado Social de Derecho, democrático, participativo y pluralista;
Que el artículo 2o ibídem determina que uno de los fines esenciales del Estado colombiano, es facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación;
Que otro de los fines esenciales del Estado colombiano señalados en el artículo 2o de la Carta Política, es el de garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la misma;
Que el artículo 267 de la Constitución Política señala que el control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación;
Que el artículo 2o del Decreto-Ley 267 de 2000, establece como misión de la Contraloría General de la República, cumplir cabal y eficazmente las funciones asignadas por la Constitución y la ley en representación de la comunidad, contribuir a la generación de una cultura del control fiscal en beneficio del interés común y mantener un irrevocable compromiso de excelencia para tales propósitos, inspirada en principios morales y éticos;
Que en el plan estratégico de la Contraloría General de la República 2003-2006 “Transparencia contra la corrupción”, se encuentra determinada la participación efectiva y activa de la sociedad colombiana en el manejo de lo público, como fundamental para lograr el cabal cumplimiento de nuestra misión y responsabilidad constitucional y contribuir mediante la vigilancia del buen uso de los recursos públicos al desarrollo de una sociedad próspera, eficiente, equitativa y sin exclusiones;
Que por lo anterior se estableció en el plan estratégico 2003-2006, como objetivo corporativo, afianzar la participación ciudadana en el control y vigilancia fiscal;
Que para desarrollar el anterior objetivo se establecieron planes estratégicos, entre los cuales se encuentra el fortalecimiento del proceso auditor y el seguimiento a los planes de mejoramiento mediante la celebración de convenios con organizaciones civiles;
Que el objetivo estratégico mencionado, requiere el adelantamiento de las siguientes actividades:
- Identificar y vincular organizaciones civiles idóneas que apoyen el desarrollo del proceso auditor.
- Analizar iniciativas ciudadanas para la formulación del plan general de auditoría.
- Propiciar a través de convenios, la articulación de las organizaciones civiles en el proceso auditor, haciendo énfasis en el seguimiento a los planes de mejoramiento.
- Acompañar y evaluar el desarrollo de las auditorías articuladas con las organizaciones civiles.
Que la contraloría delegada para la participación ciudadana conformada por la dirección de atención ciudadana y la dirección de promoción y desarrollo del control ciudadano, es la dependencia que dentro de la estructura interna de la Contraloría General de la República tiene la responsabilidad de liderar los procesos de participación ciudadana que se adelantan en la entidad, uno de los cuales es el de auditorías articuladas con organizaciones de la sociedad civil;
Que el artículo 4o del Decreto-Ley 271 de 2000, por el cual se establece la planta de personal de la Contraloría General de la República, faculta al Contralor General de la República para crear y organizar con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficiencia y eficacia los objetivos, las políticas y programas de la entidad;
En mérito de lo expuesto el Contralor General de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Crear con carácter permanente en la contraloría delegada para la participación ciudadana, dirección de atención ciudadana, el grupo de trabajo para las auditorías articuladas con organizaciones de la sociedad civil.
ARTÍCULO 2o. El grupo de trabajo para las auditorías articuladas con organizaciones de la sociedad civil, estará bajo la responsabilidad del director de atención ciudadana.
ARTÍCULO 3o. La conformación y número de integrantes del grupo de trabajo para las auditorías articuladas con organizaciones de la sociedad civil serán señalados por la contralora delegada para la participación ciudadana, con el apoyo del director de atención ciudadana.
ARTÍCULO 4o. El director de atención ciudadana podrá designar a uno de los integrantes del grupo de trabajo como líder del mismo, quien tendrá la función de consolidar los diferentes informes que deben presentarse respecto de la estrategia.
ARTÍCULO 5o. Los integrantes del grupo de trabajo para las auditorías articuladas con organizaciones de la sociedad civil cumplirán con las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Desarrollar las actividades determinadas para dar cumplimiento al objetivo estratégico número 4.4, las cuales se encuentran señaladas en el plan estratégico de la Contraloría General de la República 2003-2006, y que fueron referenciadas en la parte considerativa de la presente resolución.
2. Adelantar procesos de formación a las organizaciones de la sociedad civil para efectos de articularlas al proceso auditor.
3. Identificar para cada caso la existencia de organizaciones de la sociedad civil idóneas, que cumplan con los requisitos señalados en esta resolución, para efectos de realizar el proceso de presentación de la estrategia, sensibilización, formalización de la aceptación, y promover, cuando no exista, la suscripción del correspondiente convenio de cooperación para la vigilancia de la gestión pública.
4. Presentar a los correspondientes contralores delegados sectoriales, o directores de vigilancia fiscal y/o grupos auditores, la organización de la sociedad civil que se articulará a la respectiva auditoría.
5. Cumplir con la labor de enlace entre los equipos auditores y las organizaciones de la sociedad civil articuladas, durante las fases de planeación, ejecución, seguimiento y demás en las que se realice la articulación, asistiendo para tal efecto a las mesas de trabajo articuladas que sean programadas en desarrollo de la auditoría, sirviendo de garante para el cumplimiento real de los compromisos que se adquieran en cada una de las mismas.
6. Garantizar que las auditorías articuladas que se adelanten en el respectivo PGA, no se desarticulen y se desarrollen con observancia de los principios de objetividad, imparcialidad, responsabilidad, confidencialidad, reserva y estricto cumplimiento de los roles predeterminados para cada una de las partes, en especial los de las organizaciones de la sociedad civil articuladas.
7. Diseñar e implementar los instrumentos necesarios para un efectivo seguimiento, documentación del proceso, análisis, encuesta de satisfacción y posterior evaluación de las auditorías articuladas para concluir con la memoria del mismo.
8. Elaborar los informes parciales y definitivos sobre el desarrollo de las auditorías articuladas, tanto a nivel central como desconcentrado, para efectos de la presentación correspondiente de la contraloría delegada para la participación ciudadana al contralor general, y demás instancias a que haya lugar.
9. Realizar seguimiento continuo del desarrollo de las auditorías articuladas con organizaciones de la sociedad civil que se estén adelantando, tanto en el nivel central, como en el desconcentrado.
10. Generar propuestas de políticas públicas en relación con la participación ciudadana en el ejercicio del control fiscal y la vigilancia de la gestión pública, teniendo para tal efecto como insumo la documentación y memorias de la estrategia.
11. Organizar, actualizar, difundir y administrar la red nacional de información ciudadana para la vigilancia fiscal, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 56 del Decreto-Ley 267 de 2000.
ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a 26 de agosto de 2003
ANTONIO HERNÁNDEZ GAMARRA
Contralor General