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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 125 DE 2011

(marzo 25)

Diario Oficial No. 48.026 de 29 de marzo de 2011

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por medio de la cual se modifica parcialmente el Estatuto de Capacitación para los Servidores Públicos de la Contraloría General de la República.

LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales, y

CONSIDERANDO:

1. Que la Contraloría General de la República, de conformidad con lo establecido en los artículos 113, 117 y 267 de la Constitución Política de Colombia, es un órgano de control autónomo e independiente.

2. Que el Decreto-ley 267 de 2000 en sus artículos 1o y 6o reitera que “la Contraloría General de la República es un órgano de control del Estado de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal para administrar sus asuntos...”, y dispone que en ejercicio de dicha autonomía le corresponde “... definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución y en este decreto...”.

3. Que el numeral 5 del artículo 5o del Decreto-ley 267 de 2000 dispone que es función de la Contraloría General de la República, entre otras, la de “Desarrollar actividades educativas formales y no formales en las materias de las cuales conoce la Contraloría General, que permitan la profesionalización individual y la capacitación integral y específica de su talento humano, de los órganos de control fiscal territorial y de los entes ajenos a la entidad siempre que ello esté orientado a lograr la mejor comprensión de la misión y objetivos de la Contraloría General de la República y a facilitar su tarea”.

4. Que mediante Resolución Reglamentaria 0110 de 2010 se estableció el Estatuto de Capacitación para los servidores públicos de la Contraloría General de la República.

5. Que en el artículo 7o de la Resolución Reglamentaria 0110 de 2010 se definió la composición del Comité Institucional de Capacitación, y en el literal f) del mismo artículo se incluyó entre sus integrantes a “Un (1) representante de los servidores públicos de la entidad, elegido de conformidad con lo establecido en la Resolución Orgánica 5619 de 2004 …”.

6. Que el artículo 2o de la Resolución Orgánica 5619 de 2004 dispone que “el periodo de los representantes de los trabajadores ante el […] Comité Institucional de Capacitación […] es de dos años contados a partir del primer día hábil del mes inmediatamente siguiente a la realización de la elección”.

7. Que la experiencia muestra la necesidad de regular el aspecto relacionado con la vacancia del representante de los trabajadores ante el Comité Institucional de Capacitación cuando al vencimiento de su periodo no se ha elegido a su sucesor.

8. Que el proyecto de Resolución Reglamentaria cumplió con los trámites previstos en la Resolución Orgánica 5706 de 2005, esto es, decisión del Círculo de Mejoramiento, según consta en el Acta 001-2011 del 31 de enero de 2011, revisión técnica por la Oficina de Planeación y revisión jurídica por parte de la Oficina Jurídica.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el literal f) del artículo 7o de la Resolución Reglamentaria 0110 de 2010, el cual quedará así:

“f) Un (1) representante de los servidores públicos de la entidad, elegido de conformidad con lo establecido en la Resolución Orgánica 5619 de 2004 o en la norma que la derogue, sustituya o modifique en esta materia, para el periodo establecido en la misma disposición. En caso de vacancia, las faltas absolutas o temporales serán suplidas de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Resolución Orgánica 05619 de 2004. El Representante de los Servidores Públicos de la CGR ante el Comité Institucional de Capacitación continuará en el ejercicio de las funciones de representación que le corresponden, en caso de que concluya el periodo para el cual fue elegido sin que se haya producido la elección y posesión de su sucesor, momento en el cual expirará su mandato”.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y adiciona en lo pertinente el Estatuto de Capacitación para los Servidores Públicos establecido mediante la Resolución Reglamentaria 0110 de 2010.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de marzo de 2011.

La Contralora General de la República,

SANDRA MORELLI RICO.

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