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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 111 DE 2010

(agosto 30)

Diario Oficial No. 47.825 de 7 de septiembre de 2010

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por medio de la cual se modifican los artículos 21, 23, 31, 34 y 35 de la Resolución Orgánica 5044 de 2000.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA (E),

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en los artículos 2o, 7o y 10 del Decreto-ley 269 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia de 1991, señala: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento (...)”;

Que el Decreto-ley 269 del 22 de febrero del año 2000 en su artículo 6o, establece: “Requisitos generales para el ejercicio de los empleos. Para desempeñar los empleos de los niveles de que trata el artículo 3o deben tenerse en cuenta los siguientes requisitos generales, los cuales servirán de base para establecer el Manual de Funciones y Requisitos específicos de la Contraloría General de la República (...)”;

Que el artículo 7o del Decreto-ley 269 de 2000 dispone: “Manual de Funciones. El Contralor General de la República expedirá el Manual de Funciones y Requisitos Específicos para cada uno de los empleos, teniendo en cuenta la naturaleza de las dependencias, los procesos y los procedimientos que deben ejecutarse para el cumplimiento eficiente, eficaz y efectivo de la misión y objetivos de la Contraloría General”;

Que el artículo 10 del Decreto-ley 269 de 2000 señala: “Disciplinas académicas. Para el ejercicio de los empleos que exijan como requisito el título o la aprobación de estudios en educación superior en cualquier modalidad, el Manual de Funciones y Requisitos Específicos determinará las disciplinas académicas teniendo en cuenta los procesos y la naturaleza de las funciones del empleo o el área de desempeño. En todo caso los estudios que se exijan deben pertenecer a una misma disciplina académica”;

Que en desarrollo de las anteriores disposiciones se expidió la Resolución Orgánica 05044 de marzo 9 de 2000, “por la cual se establecen los criterios generales para los cargos de la planta general, las funciones y requisitos para el desempeño de los mismos en cada una de las dependencias de la estructura organizacional de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones”, en las cuales se encuentran determinadas las funciones y disciplinas académicas exigidas para los distintos empleos;

Que mediante Acta número 01 del 21 de julio de 2010, el Comité conformado en la Gerencia del Talento Humano consideró necesario modificar el manual de funciones y requisitos con el fin de dar cumplimiento a los preceptos constitucionales y legales;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar la Resolución Orgánica 5044 del 9 de marzo de 2000 en su artículo 21, en el sentido de incluir las siguientes funciones y disciplinas académicas para desempeñar los cargos correspondientes, así:

CARGO: Profesional Universitario Nivel Profesional Grado 02.

DEPENDENCIA: Oficina de Planeación.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES:

Ejecutar actividades para el análisis, diseño, implementación y despliegue de las aplicaciones tecnológicas para los sistemas de información que administra la Oficina de Planeación.

TÍTULO PROFESIONAL: Administración de Sistemas Informáticos, Ingeniería de Sistemas y las demás disciplinas afines con la naturaleza del cargo.

EXPERIENCIA

Tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada con el cargo.

CARGO: Coordinador de Gestión Nivel Ejecutivo Grado 03.

DEPENDENCIA: Oficina de Planeación.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES:

Coordinar y participar en las actividades requeridas para verificar la consistencia jurídica, calidad y pertinencia de las consultas e informes que deban ser firmados por el Director de la Oficina.

TÍTULO PROFESIONAL: Derecho y las demás disciplinas afines con la naturaleza del cargo.

FORMACIÓN AVANZADA EN:

Título de formación avanzada o posgrado en áreas relacionadas con las Finanzas Públicas, Finanzas Privadas, Control Interno, Derecho Administrativo, Control Fiscal y demás áreas de especialización afines con las funciones.

EXPERIENCIA

Cinco (5) años de experiencia profesional específica o relacionada con el cargo.

CARGO: Coordinador de Gestión Nivel Ejecutivo Grado 02.

DEPENDENCIA: Oficina de Planeación.

TÍTULO PROFESIONAL: Ingeniería Industrial, Administración de Sistemas Informáticos, Ingeniería de Sistemas y las demás disciplinas afines con la naturaleza del cargo.

FORMACIÓN AVANZADA EN:

Título de formación avanzada o posgrado en áreas relacionadas con la Estadística, Finanzas Públicas, Finanzas Privadas, Control Interno, Áreas del Derecho, Control Fiscal y demás áreas de especialización afines con las funciones.

EXPERIENCIA

Cuatro (4) años de experiencia profesional específica o relacionada con el cargo.

ARTÍCULO 2o. Adicionar la Resolución Orgánica 5044 del 9 de marzo de 2000 en su artículo 23, en el sentido de incluir las siguientes funciones y disciplinas académicas para desempeñar el cargo de Profesional Universitario Nivel Profesional Grado 01.

CARGO: Profesional Universitario Nivel Profesional Grado 01.

DEPENDENCIA: Oficina de Capacitación, Producción de Tecnología y Cooperación Técnica Internacional.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES:

1. Diseñar la interfaz gráfica y la parte visual de los medios electrónicos y los componentes web para el portal del Campus Virtual.

2. Diseñar material multimedia (presentaciones, animaciones, fotografías etc.), para apoyar los cursos presenciales y virtuales programados por la dependencia.

3. Diseñar los materiales gráficos de apoyo (escarapelas, pendones, personificadores, etc.), para los cursos programados.

4. Apoyar la elaboración, construcción, corrección y preparación de materiales didácticos, cartillas y elementos gráficos requeridos para apoyar medotológicamente los procesos de formación desarrollados por la dependencia.

TÍTULO PROFESIONAL: Diseño Gráfico, Diseño Publicitario, Diseño Industrial y demás disciplinas afines con las funciones del cargo.

ARTÍCULO 3o. Adicionar la Resolución Orgánica 5044 del 9 de marzo de 2000 en su artículo 31, en el sentido de establecer las siguientes funciones y disciplina académica para desempeñar el cargo de Profesional Especializado Nivel Profesional Grado 04.

I. IDENTIFICACIÓN

CARGO: Profesional Especializado Nivel Profesional Grado 04.

DEPENDENCIA: Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva.

CARGO DEL JEFE INMEDIATO: Contralor Delegado.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES:

1. Apoyar al Contralor Delegado en el diseño, ejecución y seguimiento de los planes y programas del macroproceso en el nivel central y desconcentrado.

2. Monitorear el avance de cumplimiento de planes y programas que reporte las direcciones de la delegada en el nivel central y los Grupos de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de las Gerencias Departamentales.

3. Realizar seguimiento al desarrollo del proyecto de enlace.

4. Proyectar estudios y conceptos sobre asuntos de competencia del Despacho de la delegada que permitan optimizar los procedimientos aplicables en el macroproceso.

5. Estudiar y evaluar las demandas instauradas ante el Contencioso Administrativo contra los procesos de responsabilidad fiscal fallados por la Contraloría General de la República, para determinar las causas y las deficiencias en las actuaciones procesales, con el objeto de proponer correctivos.

6. Responder por la consolidación de los resultados de la gestión del macroproceso.

7. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

III. REQUISITOS:

EDUCACIÓN

TÍTULO PROFESIONAL EN:

Derecho, Economía, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública, Ingeniería Industrial y demás disciplinas afines con la naturaleza del cargo.

FORMACIÓN AVANZADA EN:

Título de formación avanzada o de posgrado en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

EXPERIENCIA

Tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada con el cargo.

ARTÍCULO 4o. Adicionar la Resolución Orgánica 5044 del 9 de marzo de 2000 en su artículo 34, en el sentido de establecer las siguientes funciones y disciplinas académicas para desempeñar el cargo de Auxiliar Operativo Nivel Asistencial Grado 02.

I. IDENTIFICACIÓN

CARGO: Auxiliar Operativo Nivel Asistencial Grado 02.

DEPENDENCIA: Dirección de Recursos Físicos.

CARGO DEL JEFE INMEDIATO: Director.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES:

1. Transportar y trasladar en el vehículo de la Entidad el archivo documental, bienes muebles y demás elementos que requieran las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República.

2. Atender los requerimientos de transporte de visitantes internacionales a eventos organizados por la Entidad.

3. Responder y mantener en perfecto estado el equipo de herramientas, señales, repuestos del vehículo asignado y aseada la bodega de repuestos.

4. Trasladar los vehículos al taller para el mantenimiento preventivo y correctivo o a la estación de servicio para el suministro de combustible, cuando se requiera.

5. Tener conocimiento para manejar vehículos mecánicos, automáticos, diésel, de pasajeros y de carga.

6. Velar por el buen estado mecánico y estético del vehículo asignado, no exponerlo a situaciones de inseguridad y peligro.

7. Cumplir con el horario y rutas establecidas por el jefe.

8. Las demás funciones asignadas según la naturaleza del cargo.

III. REQUISITOS:

EDUCACIÓN:

Aprobación de dos (2) años de educación secundaria y acreditar licencia de conducción.

EXPERIENCIA

Dos (2) años de experiencia relacionada con el cargo.

ARTÍCULO 5o. Adicionar la Resolución Orgánica 5044 del 9 de marzo de 2000 en su artículo 35, en el sentido de incluir los perfiles de Economía, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública, Ingeniería Industrial y demás disciplinas afines con la naturaleza del cargo, para desempeñar el cargo de Profesional Especializado, Nivel Profesional, Grado 03 en la Dirección de Gestión del Talento Humano, Gerencia del Talento Humano.

REQUISITOS:

EDUCACIÓN

TÍTULO PROFESIONAL EN:

Economía, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública, Ingeniería Industrial y demás disciplinas afines con la naturaleza del cargo.

FORMACIÓN AVANZADA EN:

Título de formación avanzada o de posgrado en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

EXPERIENCIA

Dos (2) años de experiencia profesional específica o relacionada con el cargo.

ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona en lo pertinente la Resolución Orgánica 5044 del 9 de marzo de 2000.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 2010.

El Contralor General (E),

ROBERTO PABLO HOYOS BOTERO.

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