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RESOLUCIÓN 268 DE 2016

(diciembre 21)

Diario Oficial No. 50.302 de 22 de julio de 2017

CENTRO DE MEMORIA HISTÓRICA

Por la cual se efectúan unas delegaciones de funciones.

EL DIRECTOR GENERAL (E),

en uso de las facultades legales contempladas en el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y, en especial, las previstas en el Decreto número 4803 del 20 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.8.4.4.5 del Decreto número 1068 de 2015 establece que los contratos de prestación de servicios con personas naturales o jurídicas, solo se podrán celebrar cuando no exista personal de planta con capacidad para realizar las actividades que se contratarán.

Que de conformidad con la disposición en comento, se entiende que no existe personal de planta en el respectivo organismo, entidad, ente público o persona jurídica, cuando es imposible atender la actividad con personal de planta, porque de acuerdo con los manuales específicos, no existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestación del servicio, o cuando el desarrollo de la actividad requiere un grado de especialización que implica la contratación del servicio, o cuando aun existiendo personal en la planta, este no sea suficiente, la inexistencia de personal suficiente deberá acreditarse por el jefe del respectivo organismo.

Que con sujeción a dicho artículo, tampoco se podrán celebrar estos contratos cuando existan relaciones contractuales vigentes con objeto igual al del contrato que se pretende suscribir, salvo autorización expresa del jefe del respectivo órgano, ente o entidad contratante. Esta autorización estará precedida de la sustentación sobre las especiales características y necesidades técnicas de las contrataciones a realizar.

Que mediante la Resolución número 221 del 11 de noviembre de 2015, el Director General del Centro Nacional de Memoria Histórica efectuó unas delegaciones y asignaciones de funciones, específicamente en lo que alude a la facultad de ordenar el gasto en el(la) Director(a) Administrativo(a) y Financiero(a), el(la) Director(a) de Acuerdos de la Verdad, el(la) Director(a) del Museo de la Memoria, el(la) Director(a) de Archivo de Derechos Humanos, el(la) Director(a) para la Construcción de la Memoria Histórica, y el(la) Asesor(a) de Cooperación Internacional.

Que mediante la Resolución número 046 del 26 de febrero de 2016 se modificó parcialmente la Resolución número 221 de 2015 exceptuando de aquellas delegaciones los contratos y convenios cuando la entidad actúe como donante, comodante, o vendedora de bienes inmuebles, así como los contratos o convenios interadministrativos cuya ejecución no sea de carácter administrativa de la Entidad, los convenios de Asociación donde estén involucradas Entidades Públicas, así como los convenios de cooperación internacional, los cuales solo pueden ser celebrados por el Director General del Centro Nacional de Memoria Histórica, razón por la cual la Oficina Asesora Jurídica es la encargada de adelantar el trámite de la gestión precontractual, contractual y poscontractual de estos contratos o convenios.

Que mediante la Resolución número 256 del 16 de diciembre de 2016, se modificaron las Resoluciones número 221 de 2015 y 046 de 2016, en el sentido de reasignar la delegación en la ordenación del gasto de los asuntos relativos a Grupos Transversales de Enfoque Diferencial, Estrategia Nación-Territorio, Participación y Pedagogía en el Asesor de la Dirección General en asuntos de Planeación Institucional, así como los convenios de pasantías con Universidades Públicas o Privadas relacionados con tales proyectos, los cuales se encontraban a cargo de la Asesora de Cooperación Internacional, para ser radicada en cabeza del Asesor de la Dirección General en asuntos de Planeación Institucional, con efectos a partir del primero (1o) de enero de 2017.

Que como quiera que la ordenación del gasto al interior de la Entidad se encuentra delegada en los términos previamente señalados y, en consecuencia, la suscripción de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión referidos en el artículo 2.8.4.4.5. del Decreto número 1068 de 2015, es de la órbita exclusiva de los servidores públicos destinatarios de dichas delegaciones, se estima necesario delegar expresamente en tales ordenadores la competencia para certificar la inexistencia o insuficiencia del personal de planta para atender la necesidad expuesta en los respectivos estudios previos para la contratación de servicios personales, previa consulta con el área, grupo o funcionario de Talento Humano de la Dirección Administrativa y Financiera .

Que de igual manera, y con sujeción a los principios de la función administrativa descritos en el artículo 209 de la Constitución Política, en particular los de economía y eficiencia, se estima necesario delegar expresamente en los ordenadores del gasto del Centro Nacional de Memoria Histórica la competencia para autorizar la suscripción de contratos de prestación de servicios personales cuando existan relaciones contractuales vigentes con objeto igual al del contrato que se pretende suscribir, precedido de la sustentación sobre las especiales características y necesidades técnicas de las contrataciones a realizar.

Que a su vez, y en consideración a las delegaciones efectuadas mediante las Resoluciones número 221 de 2015, 043 y 256 de 2016, se procede a delegar expresamente en los ordenadores del gasto del Centro Nacional de Memoria Histórica la competencia para expedir certificaciones y constancias de todos los contratos y convenios que sean de su competencia, sin perjuicio del apoyo en su trámite y gestión por parte de la Dirección Administrativa y Financiera.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

PRIMERO. Delegar en los ordenadores del gasto del Centro Nacional de Memoria Histórica la competencia para certificar la inexistencia o insuficiencia del personal de planta para la contratación de servicios personales, en los términos del artículo 2.8.4.4.5. del Decreto número 1068 de 2015 o de la norma que lo modifique o subrogue, previa consulta con el área, grupo o funcionario de Talento Humano de la Dirección Administrativa y Financiera.

SEGUNDO. Delegar en los ordenadores del gasto del Centro Nacional de Memoria Histórica la competencia para autorizar la suscripción de contratos de prestación de servicios personales cuando existan relaciones contractuales vigentes con objeto igual al del contrato que se pretende suscribir, precedido de la sustentación sobre las especiales características y necesidades técnicas de las contrataciones a realizar.

TERCERO. Delegar expresamente en los ordenadores del gasto del Centro Nacional de Memoria Histórica la competencia para expedir certificaciones y constancias de todos los contratos y convenios que sean de su competencia, sin perjuicio del apoyo en su trámite y gestión por parte de la Dirección Administrativa y Financiera.

CUARTO. Las facultades aquí delegadas podrán ser reasumidas por el Director General del Centro Nacional de Memoria Histórica en cualquier momento, sin perjuicio de la competencia que le asiste al mismo para ejercer la vigilancia e inspección necesaria para velar porque los fines de la delegación se cumplan en los términos de ley.

QUINTO. Comunicar por conducto de la Dirección Administrativa y Financiera el contenido de la presente resolución a las Direcciones de Acuerdos de la Verdad, de Construcción para la Memoria, de Archivo de Derechos Humanos, de Museo de la Memoria, al Asesor(a) de la Dirección General en asuntos de Planeación Institucional, y a la Oficina Asesora Jurídica.

SEXTO. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2016.

El Director General (E),

ÁLVARO VILLARRAGA SARMIENTO.

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