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RESOLUCIÓN 79 DE 2017
(mayo 11)
Diario Oficial No. 50.302 de 22 de julio de 2017
CENTRO DE MEMORIA HISTÓRICA
Por la cual se efectúa una delegación especial de ordenación del gasto del Centro Nacional de Memoria Histórica (CMH).
EL DIRECTOR GENERAL,
en uso de las facultades legales y estatutarias contempladas en el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el Decreto número 4803 del 20 de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la función administrativa de conformidad con los artículos 209 y 211 de la Constitución Política está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones;
Que de conformidad con el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley;
Que mediante el artículo 146 de la Ley 1448 de 2011 se creó el Centro de la Memoria Histórica, como establecimiento público del orden nacional, adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera;
Que mediante el artículo 148 de la precitada ley, se señalaron las funciones del Centro de la Memoria Histórica;
Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 9o del Decreto número 4803 de 2011, por el cual se establece la estructura del Centro de Memoria Histórica, una de las funciones a cargo del Director General es la de dirigir, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos, y ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Centro Nacional de Memoria Histórica;
Que en virtud de lo previsto en el artículo 16 ibídem, son funciones de la Dirección Administrativa y Financiera del Centro Nacional de Memoria Histórica, entre otras, dirigir y controlar las actividades relacionadas con proveedores, adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el funcionamiento del Centro, y diseñar los procesos de organización, estandarización de métodos, elaboración de manuales de funciones, y todas aquellas actividades relacionadas con la racionalización de procesos administrativos de la Entidad;
Que no obstante lo anterior, mediante la Resolución número 221 del 11 de noviembre de 2015 este Despacho delegó en cabeza de cada uno de los Directores Técnicos de la Entidad la facultad de ordenación del gasto y realizar todos los trámites inherentes a los procesos de selección y la suscripción de contratos y convenios sin límites de cuantías, así como sus adiciones hasta el máximo legal, de todos aquellos contratos y convenios que se relacionen con las funciones legales a su cargo;
Que con el propósito de cumplir con los mandatos legales y las funciones asignadas a cada una de las direcciones técnicas y demás áreas del Centro Nacional de Memoria Histórica, se requiere contratar los servicios de admisión, alistamiento y distribución urbana, departamental, nacional y de difícil acceso bajo las modalidades de mensajería expresa nacional e internacional, transporte de carga, lo cual obedece a las necesidades de transporte de publicaciones y traslado de elementos a nivel Bogotá, en donde la Entidad cuenta con cuatro (4) sedes, y entre las sedes transitorias de la Dirección de Acuerdos de la Verdad, para dar cumplimiento a la Ley 1424 de 2010;
Que dichos servicios se encuentran contemplados actualmente en el Acuerdo Marco de Precios de Servicios de Distribución CCE-441-1-AMP-2016 celebrado entre Colombia Compra Eficiente y (1) Servientrega S. A., (ii) Servicios Postales Nacionales S. A., (iii) Surenvíos S.A.S., (iv) Red Especializada en Transporte Redetrans S. A., (v) Urbano Express Logística y Mercadeo S.A.S., (vi) Portes de Colombia S.A.S., (vii) Élite Logística y Rendimiento S.A.S., (viii) TCC S.A.S., (ix) Envía Colvanes S.A.S.; y (x) RGQ Logística Group International S.A.S., como agregación de demanda de las Entidades del Estado sometidas a dicho Acuerdo, como lo es el Centro Nacional de Memoria Histórica, con sujeción a lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.2.7 del Decreto número 1082 de 2015;
Que para dicho proceso de contratación, la Entidad ha contemplado un presupuesto estimado de hasta cuarenta millones setenta y siete mil seiscientos sesenta y seis pesos ($40.077.666) moneda corriente, amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 28917 del 10 de marzo de 2017, tal como se puede apreciar en los estudios previos y demás documentos precontractuales;
Que la referida contratación se encuentra financiada por los siguientes recursos: C-4101-1500-2-0-5 Realizar el acompañamiento técnico y apoyo al desarrollo de los proyectos de investigación vigentes, correspondiente a la Dirección Técnica para la Construcción de la Memoria Histórica, por valor de $25.000.000., y C-4101-1500-4-0-1 Realizar actividades de difusión y socialización de los trabajos del CMH, correspondiente al Grupo de Comunicaciones, por valor de $15.077.666, esta última a cargo de la Dirección Administrativa y Financiera, en virtud de la Resolución número 221 de 2015;
Que de conformidad con las delegaciones efectuadas mediante la referida Resolución número 221 de 2015, y los recursos previstos para dicha contratación, la ordenación del gasto para dicho proceso de selección estaría radicada tanto en la Dirección Administrativa y Financiera como en la Dirección para la Construcción de la Memoria Histórica;
Que en atención a dicha circunstancia, y con sujeción a los principios de la función administrativa descritos en el artículo 209 de la Constitución Política, en particular los de economía y eficiencia, así como los principios contemplados en el Estatuto General de Contratación (artículo 23 de la Ley 80 de 1993), se hace necesario efectuar una delegación especial en la Dirección Administrativa y Financiera, respecto a la facultad de ordenación del gasto, realización de todos los actos y trámites inherentes al proceso de contratación para prestar los servicios de admisión, alistamiento y distribución urbana, departamental, nacional y de difícil acceso bajo las modalidades de mensajería expresa nacional e internacional, transporte de carga y demás servicios de mensajería ofrecidos en portafolio, bajo el esquema de contratación del Acuerdo Marco de Precios de servicios de distribución celebrado por la Agencia de Contratación Colombia Compra Eficiente bajo el número CCE-441-1-AMP-2016;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO. Delegar especialmente en la Dirección Administrativa y Financiera la facultad de ordenación del gasto, realización de todos los actos y trámites inherentes al proceso de contratación para prestar los servicios de admisión, alistamiento y distribución urbana, departamental, nacional y de difícil acceso bajo las modalidades de mensajería expresa nacional e internacional, transporte de carga y demás servicios de mensajería ofrecidos en portafolio, así como la suscripción de las adiciones, prórrogas o modificaciones a que haya lugar, junto con los actos necesarios para proceder a la liquidación del respectivo contrato, por un valor de hasta cuarenta millones setenta y siete mil seiscientos sesenta y seis pesos ($40.077.666.) moneda corriente, amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 28917 del 10 de marzo de 2017.
SEGUNDO. Que por virtud de la presente delegación especial no se entienden derogadas las Resoluciones números 221 de 2015, 046 de 2016 y 076 de 2017, respecto a las facultades de ordenación del gasto señaladas para las Direcciones del Centro Nacional de Memoria Histórica.
TERCERO. Las facultades aquí delegadas podrán ser reasumidas por el Director General del Centro Nacional de Memoria Histórica en cualquier momento, sin perjuicio de la competencia que le asiste al mismo para ejercer la vigilancia e inspección necesaria para velar porque los fines de la delegación se cumplan en los términos de ley.
CUARTO. Comunicar por conducto de la Dirección Administrativa y Financiera el contenido de la presente resolución a las Direcciones de Acuerdos de la Verdad, de Construcción para la Memoria, de Archivo de Derechos Humanos, Dirección del Museo, así como a la Oficina Asesora Jurídica.
QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 11 de mayo de 2017.
El Director General,
GONZALO SÁNCHEZ GÓMEZ.