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RESOLUCIÓN 54 DE 2014
(abril 1o)
Diario Oficial No. 49.177 de 9 de junio de 2014
CENTRO NACIONAL DE MEMORIA HISTÓRICA
Por la cual se adopta la estrategia radial del Centro de Memoria Histórica.
EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE MEMORIA HISTÓRICA,
en uso de sus facultades legales, estatutarias y especialmente las consagradas en la Ley 489 de 1998, artículo 9o del Decreto 4803 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 146 de la Ley 1448 de 2011 se creó el Centro Nacional de Memoria Histórica, como establecimiento público del orden nacional, adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera.
Qué de conformidad con el artículo 148 de la mencionada ley, el Centro Nacional de Memoria Histórica tiene dentro de sus funciones las de Desarrollar e implementar las acciones en materia de memoria histórica, las cuales se concretan, entre otras, en fomentar a través de los programas y entidades existentes la investigación histórica sobre el conflicto armado en Colombia y contribuir a la difusión de sus resultados, promover actividades participativas y formativas sobre temas relacionados con el conflicto armado interno, con enfoque diferencial, y realizar exhibiciones o muestras, eventos de difusión y de concientización sobre el valor de los derechos humanos[1].
Que así mismo, a la luz de lo establecido en el artículo 5o del Decreto 4803 de 2011[2], por el cual se establece la estructura del Centro de Memoria Histórica, la Entidad es responsable de servir como plataforma de apoyo gestión intercambio y difusión de iniciativas locales, regionales y nacionales en los temas de memoria histórica, promoviendo la participación de las víctimas, con enfoque diferencial.
Que de igual forma, debe oficiar como espacio de apoyo a las entidades públicas y privadas en el marco de las iniciativas ciudadanas en temas de memoria histórica oficiar como centro de acopio producción y difusión de memorias y esclarecimiento histórico de las violaciones ocurridas en el marco del conflicto armado interno, y así mismo debe velar por la difusión amplia y masiva de los resultados de las investigaciones, buscando que los diferentes enfoques, perspectivas y conclusiones sean conocidos por la sociedad en un ambiente de respeto y pluralidad por la búsqueda de la verdad.
Que con fundamento en lo expuesto, y el Centro Nacional de Memoria Histórica se ha convertido en una plataforma de promoción, visibilización e inclusión de las diferentes iniciativas de memoria del conflicto armado en el país y tras la presentación a la ciudadanía del informe de memoria y conflicto “¡Basta Ya! Colombia memorias de guerra y dignidad se ha evidenciado un gran interés en las actividades y productos generados por la Entidad en los medios de comunicación, las organizaciones de víctimas, la academia, las entidades estatales, entre otros sectores del nivel nacional e internacional, esto quiere decir, que se hace importante fortalecer el proceso de difusión y distribución del mismo para garantizar su apropiación[3].
Que no obstante lo anterior, desde el año 2013 a la fecha se ha trabajado en la divulgación de los contenidos del Centro en todos los ámbitos posibles enviando informes a bibliotecas públicas o universitarias, coordinando la entrega con universidades, facultades de derecho y comunicación, con colegios públicos focalizados por el Centro Nacional de Memoria Histórica y con todo aquel ciudadano o ciudadana que esté interesado en conocer sobre las publicaciones y la labor del Centro[4].
Que dentro de la estrategia de apropiación en medios radiales que requiere la Entidad, se necesita coordinar con las emisoras comunitarias universitarias o de interés público el mecanismo de difusión de dicho informe, así como la producción de piezas radiales programas y elementos radiofónicos que permitan avanzar en la creación y puesta en marcha de un espacio mediático propio del Centro y que con el tiempo sea la plataforma para la creación de una emisora virtual de cohorte institucional donde se pueda hacer la divulgación de los productos creados por el Centro y su diálogo con la sociedad civil[5].
Que a la luz de lo expuesto, resulta claro que la Entidad debe adoptar políticas de difusión de memorias y esclarecimiento histórico de las violaciones ocurridas en el marco del conflicto armado interno y así mismo, debe velar por la difusión amplia y masiva de los resultados de las investigaciones empleando para ello herramientas idóneas entre las cuales se encuentra la radiodifusión en diversos organismos públicos y privados de los resultados de la gestión de la Entidad, para lo cual se requiere de la participación activa en este tipo de escenarios que se dispongan para el Centro Nacional de Memoria Histórica, definiendo acciones concretas mediante la entrega de los insumos, información, apoyo operativo y demás aspectos necesarios para materializar la difusión y apropiación social de los resultados de la gestión.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar la estrategia radial para la difusión de las diferentes memorias del conflicto armado con emisoras comunitarias, universitarias y demás escenarios disponibles para tal fin, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución.
PARÁGRAFO. Para los efectos previstos en el presente artículo, la profesional especializada con funciones en el tema de divulgación y comunicaciones llevará un registro de las entidades con las cuales se implementen medidas y se adopten herramientas concretas para materializar la estrategia radial del Centro de Memoria Histórica, y coordinará las acciones necesarias para garantizar la implementación de la estrategia adoptada mediante el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2o. Comunicar el contenido de la presente resolución a las Direcciones del Centro de Memoria Histórica, por conducto de la Dirección Administrativa y Financiera.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige partir de la fecha de su expedición y publicación en el Diario Oficial.
Publíquese, comuníquese, y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1o de abril de 2014.
El Director General,
GONZALO SÁNCHEZ GÓMEZ.
* * *
1 | Numerales 4, 5 y 6 del artículo 145 de la Ley 1448 de 2011. |
2 | Numerales 4, 5, 6 y 10 del artículo 5o del Decreto 4803 de 2011. |
3 | Memorando número 20140225-200-755-03 de la Coordinadora del Grupo de Trabajo de Comunicaciones. |
4 | Ibídem. |
5 | Ib. |