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RESOLUCIÓN 3335 DE 2007

(diciembre 19)

Diario Oficial No. 46.854 de 27 de diciembre de 2007

CAJA DE PREVISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES

Por la cual se formalizan los trámites de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES CAPRECOM,

en ejercicio de sus facultades legales, estatutarias y en especial las conferidas por el artículo 21, numeral 1 del Acuerdo 024 de 1996, proferido por la Junta Directiva y aprobado por el Decreto 456 del 25 de febrero de 1997, y

CONSIDERANDO:

– Que con el fin de darle cumplimiento a la Ley 489 de 1998, que dispone en su artículo 18 la supresión y simplificación de trámites, se creó mediante la Resolución 2476 del 30 de diciembre de 2005 el Grupo Interno Antitrámites y Atención Efectiva al Ciudadano - GIAA en Caprecom, en desarrollo de los principios de celeridad y economía previstos en la Constitución Política y en la ley;

– Que el Congreso de la República expidió la Ley 962 de 2005 “por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos”, la cual fue publicada en el Diario Oficial número 45.963;

– Que esta ley creó el SUIT (Sistema Unico de Información de Trámites), cuyo funcionamiento es coordinado por el Departamento Administrativo de la Función Pública;

– Que una vez identificados los trámites existentes en los diferentes procesos la organización se dio paso a su documentación, difusión del marco legal y procedimiento de la entidad;

– Que luego de un trabajo conjunto con el Departamento Administrativo de la Función Pública se realizó un proceso de racionalización de los trámites inscritos con indicación del estado anterior, resultado que se pretendía obtener y resultado de los beneficios al usuario como consecuencia de la optimización del trámite;

– Que luego de darle análisis a la viabilidad de su optimización y supresión, se ingresó su información al sistema de información SUIT de la Agenda de Conectividad;

– Que una vez aprobados los trámites ingresados fueron publicados en la página del Portal del Estado (PEC) www.gobiernoenlinea.gov.co para permitir la consulta de los ciudadanos a la información correspondiente a cada uno de ellos,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Establecer los siguientes trámites como los correspondientes a la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom:

1. Afiliación a la Administradora de Régimen Subsidiado - ARS - de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones –Caprecom:

El cual consiste en: “Si usted es una persona natural perteneciente al Sistema de Información de Beneficiarios Sisbén, que ha sido notificada por parte del ente territorial o Secretaría de Salud para la escogencia de una Administradora de Régimen Subsidiado - ARS -, y está interesado en afiliarse a la Caja de Previsión Social de Comunicaciones –Caprecom”.

2. Autorización de medicamentos NO incluidos dentro del Plan Obligatorio de Salud –POS:

El cual consiste en: “Si usted es un beneficiario de nuestra Administradora del Régimen Subsidiado -ARS y requiere una autorización de medicamentos NO POS (no incluidos dentro del Plan Obligatorio de Salud), debe solicitar autorización en la Caja de Previsión Social de Comunicaciones Caprecom”.

3. Autorización de servicios del Plan Obligatorio de Salud –POS:

El cual consiste en: “Si usted es un usuario o beneficiario del Plan Obligatorio de Salud -POS- puede solicitar la autorización para acceder a los servicios en salud de la Administradora del Régimen Subsidiado -ARS- de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones – Caprecom”.

4. Presentación de novedades ante la Administradora de Régimen Subsidiado –ARS:

El cual consiste en: “Si usted es persona natural afiliada a nuestra Administradora de Régimen Subsidiado -ARS- y requiere hacer un cambio de su actual estado con la entidad, puede acudir a la Oficina Regional de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones –Caprecom”.

5. Solicitud de auxilio funerario:

El cual consiste en: “Si usted es una persona natural o jurídica y demuestra el pago de los gastos causados con ocasión del fallecimiento de un pensionado o de un cotizante, debe presentar la solicitud de pago y anexar la documentación requerida a la Oficina de Prestaciones Económicas de Caprecom”.

6. Solicitud de certificación de semanas cotizadas para pensión al Fondo de Pensiones de CAPRECOM – FONCAP:

El cual consisten: “Si usted es una persona natural y requiere solicitar la certificación de semanas cotizadas para pensión, puede hacerlo en el Fondo de Pensiones de Caprecom – Foncap”

7. Solicitud de certificaciones para cálculo de bonos pensionales:

El cual consiste en: “Si usted es una persona natural y tiene los requisitos legales para obtener la pensión, debe mediante solicitud escrita acudir ante su(s) empleador(es) para la expedición de las correspondientes certificaciones laborales para cálculo de bono pensional y luego realizar el trámite ante la administradora de pensión a la cual estuvo afiliado para reconocimiento del cálculo de su bono pensional”.

8. Solicitud de indemnización sustitutiva de pensión de sobrevivientes:

El cual consiste en: “Si usted es persona natural beneficiaria de un afiliado al Sistema General de Pensiones y considera que tiene derecho a una Indemnización Sustitutiva de Pensión de Sobrevivientes, requiere para el reconocimiento de la prestación presentar la solicitud ante la oficina de prestaciones económicas del nivel central de Caprecom”.

9. Solicitud de indemnización sustitutiva de pensión de vejez:

El cual consiste en: “Si usted es persona natural afiliada al Sistema General de Pensiones y considera que tiene derecho a una Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez, requiere para el reconocimiento de la prestación presentar la solicitud ante la oficina de prestaciones económicas del nivel central de Caprecom. Dicha indemnización aplica en el caso cuando no se reúnen los requisitos para adquirir la Pensión de Vejez, es decir, que no reúne el mínimo de semanas requeridas para adquirir el derecho y tiene la edad legal, pero no tiene capacidad de pago para seguir cotizando al sistema general de pensiones”.

10. Solicitud de traslado de empresa promotora de salud de un pensionado del sector de las comunicaciones:

El cual consiste en: “Si usted es un pensionado por Caprecom del sector de las comunicaciones y requiere el traslado de E.P.S, puede realizarlo en la oficina de Radicación y Archivo de pensionados”.

11. Solicitud de Pensión Convencional:

El cual consiste en: “Si usted es persona que tiene convención colectiva y se encuentra afiliada al Sistema General de Pensiones debe presentar la solicitud de Pensión Convencional ante la Caja de Previsión Social de Comunicaciones – Caprecom”.

12. Solicitud de pensión especial de vejez:

El cual consiste en: “Si usted es persona natural que se encuentra afiliada al Sistema General de Pensiones y considera que tiene derecho a una pensión especial de vejez, requiere para el reconocimiento de la prestación presentar la solicitud ante la oficina de prestaciones económicas del nivel central ante la Caja de Previsión Social de Comunicaciones - Caprecom, Advertencia: Este beneficio se suspenderá si usted se reincorpora a la fuerza laboral. En caso en que la pareja haya fallecido y usted tiene la patria potestad del inválido, podrá pensionarse con los requisitos y en las condiciones establecidas en la Ley 797 de 2003”.

13. Solicitud indemnización sustitutiva de pensión de invalidez:

El cual consiste en: “Si usted es persona natural afiliada al Sistema General de Pensiones y considera que tiene derecho a una Indemnización Sustitutiva de Pensión de Invalidez, requiere para el reconocimiento de la prestación presentar la solicitud ante la oficina de prestaciones económicas del nivel central de Caprecom. Dicha indemnización aplica cuando el afiliado que al momento de invalidarse no hubiere reunido los requisitos exigidos para la pensión de invalidez, para lo cual tendrá derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a la que le hubiera correspondido en el caso de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez”.

14. Solicitud pensión de invalidez:

El cual consiste en: “Si usted es persona natural afiliada al Sistema General de Pensiones y tiene derecho a una Pensión de Invalidez, requiere para el reconocimiento de la prestación presentar la solicitud ante la oficina de prestaciones económicas del nivel central de Caja de Previsión Social de Comunicaciones Caprecom”.

15. Solicitud pensión de jubilación:

El cual consiste en: “Si usted es persona natural que se encuentra afiliada al Sistema General de Pensiones y considera que tiene derecho a una Pensión de Jubilación, requiere, para el reconocimiento de la prestación, presentar la solicitud ante la oficina de prestaciones económicas del nivel central de Caprecom”.

16. Solicitud pensión de sobrevivientes:

El cual consiste en: “Si usted es persona natural beneficiaria de un afiliado al Sistema General de Pensiones y considera que tiene derecho a la pensión de sobrevivientes, requiere para el reconocimiento de la prestación presentar la solicitud ante la oficina de prestaciones económicas del nivel central de Caprecom”.

17. Solicitud pensión de vejez:

El cual consiste en: “Si usted es persona natural que se encuentra afiliada al Sistema General de Pensiones y considera que tiene derecho a una Pensión de Vejez, requiere para el reconocimiento de la prestación presentar la solicitud ante la oficina de prestaciones económicas del nivel central de Caprecom”.

ARTÍCULO 2o. Corresponde a la Subdirección EPS-s y a la Subdirección de Prestaciones Económicas hacer seguimiento y velar por el cumplimiento de estos trámites.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2007.

El Director General,

CARLOS TADEO GIRALDO GÓMEZ.

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