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RESOLUCIÓN 333 DE 2022

(julio 27)

Diario Oficial No. 52.109 de 28 de julio de 2022

AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE

Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de agua potable y saneamiento básico.

EL DIRECTOR GENERAL,

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren la Ley 2022 de 2020, el Decreto ley 4170 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto ley 4170 de 2011 creó la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, entidad adscrita al Departamento Nacional de Planeación, como ente rector de la contratación pública, la cual tiene por objetivo desarrollar e impulsar políticas y herramientas orientadas a la organización y articulación de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública, con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado;

Que el numeral 2 del artículo 3o. del Decreto ley número 4170 de 2011 atribuye a la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente la función de desarrollar, implementar y difundir las políticas públicas, planes, programas, normas, instrumentos y herramientas que faciliten las compras y contratación pública del Estado y promuevan las mejores prácticas, la eficiencia, transparencia y competitividad del mismo, a fin de que se cumplan los principios y procesos generales que deben gobernar la actividad contractual de las entidades públicas;

Que los numerales 12 y 14 del artículo 11 del Decreto ley 4170 de 2011 atribuye a la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente el desarrollo y la implementación de estándares y documentos tipo para las diferentes etapas de la gestión contractual pública, así como el ejercicio de las demás funciones que se le asignen;

Que el artículo 1o. de la Ley 2022 de 2020, “por la cual se modifica el artículo 4o. de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones, otorgó a la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública;

Que, con el fin de desarrollar medidas de fortalecimiento, eficiencia y transparencia que permitan el aprovechamiento de grandes inversiones en materia de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que se realizarán en el país, es prioritario implementar documentos tipo para los procesos de interventoría de obras públicas de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que se adelanten por la modalidad de concurso de méritos;

Que con el propósito de promover la pluralidad de oferentes e incentivar buenas prácticas contractuales que garanticen el adecuado manejo de los recursos públicos destinados a las obras públicas de agua potable y saneamiento básico, es necesario adoptar los documentos tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de interventoría de obra pública de agua potable y saneamiento básico que adelanten las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública;

Que los requisitos establecidos en los documentos tipo constituyen buenas prácticas contractuales, y son el resultado del estudio conjunto realizado con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, con quienes se realizaron múltiples mesas de trabajo para la elaboración de estos documentos;

Que el inciso 3o. del artículo 1o. de la Ley 2022 de 2020 dispone que, con el ánimo de promover la descentralización, el empleo local, el desarrollo, los servicios e industria local, en la adopción de los documentos tipo, se tendrá en cuenta las características propias de las regiones, la cuantía, el fomento de la economía local y la naturaleza y especialidad de la contratación;

Que, con fundamento en lo anterior, estos documentos tipo no aplican a las interventorías de los contratos de que trata la Ley 1581 de 2012, esto es, para las Asociaciones Público Privadas, debido a la naturaleza y especialidad de dichos contratos. Además, que las entidades territoriales al diligenciar los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris de los documentos tipo, deben tener en cuenta las características propias de su región y definirán reglas que promuevan el desarrollo local, especialmente, en el “Anexo 5 - Minuta del Contrato”;

Que en cumplimiento del artículo 7o. de la Ley 1340 de 2009 y del artículo 2.1.2.1.9 del Decreto número 1081 de 2015, la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante oficio con Radicado número 22-233513-1-0 del 17 de junio del 2022, refiriéndose a los pliegos tipo que aquí se adoptan, consideró lo siguiente: i) la implementación de los documentos tipo en el mercado de compras públicas del país tiene efectos positivos en la competencia; ii) los documentos tipo que adopta el proyecto de resolución contienen reglas que generan una mayor presión competitiva en los concursos de méritos que se adelantan para contratar interventorías para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, lo cual significa que aumentará el tipo y el número de proponentes interesados en resultar adjudicatarios y, por consiguiente, la competencia en dicho mercado; y iii) la adopción de los mencionados documentos tipo previene la ocurrencia de conductas contrarias al régimen de la libre competencia en el marco de la contratación pública. Sin perjuicio de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, realizó recomendaciones las cuales fueron acogidas por esta entidad;

Que la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente fijó un cronograma y definió en coordinación con las entidades técnicas o especializadas el procedimiento para implementar los documentos tipo, con el propósito de facilitar su incorporación en el sistema de compra pública. Conforme a ello, las entidades especializadas -la Agencia Nacional de Contratación Pública y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio- en la mesa de trabajo adelantada virtualmente el 21 de julio del 2022, decidieron que la implementación de estos documentos tipo empezaría el 3 de octubre del 2022;

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Adáptense los documentos tipo para los procesos de selección de interventoría de obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que se adelanten por la modalidad de concurso de méritos.

ARTÍCULO 2o. DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS TIPO. Los documentos tipo contienen parámetros obligatorios para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten procesos de selección de concurso de méritos para la interventoría de obras públicas de infraestructura de agua potable y saneamiento básico. Estos documentos son:

A. DOCUMENTO BASE DEL PLIEGO TIPO

B. ANEXOS

1. Anexo 1 - Anexo técnico

2. Anexo 2 - Cronograma

3. Anexo 3 - Glosario

4. Anexo 4 - Pacto de transparencia

5. Anexo 5 - Minuta del Contrato

C. FORMATOS

1. Formato 1 - Carta de presentación de la oferta

2. Formato 2 - Conformación de proponente plural (Formato 2A- Consorcios) (Formato 2B- Unión Temporal)

3. Formato 3 - Experiencia

4. Formato 4 - Capacidad financiera y organizacional para personas extranjeras.

5. Formato 5 - Pagos al Sistema de Seguridad Social y Aportes Legales

6. Formato 6 - Vinculación de personas en condición de discapacidad

7. Formato 7 - Puntaje de Industria Nacional

8. Formato 8 - Aceptación y cumplimiento de la formación y experiencia del Personal Clave Evaluable

9. Formato 9 - Experiencia y formación adicional del Personal Clave Evaluable

10. Formato 10 - Factores de desempate

11. Formato 11 -Autorización para el tratamiento de datos personales

12. Formato 12 - Factor de sostenibilidad

13. Formato 13 - Acreditación de emprendimientos y empresas de mujeres

14. Formato 14 - Acreditación de Mipyme

D. MATRICES

1. Matriz 1 - Experiencia

2. Matriz 2 - Indicadores financieros y organizacionales

3. Matriz 3 - Riesgos

4. Matriz 4 - Lineamientos de requisitos del personal

E. FORMULARIOS

1. Formulario 1- Formulario de presupuesto oficial

PARÁGRAFO. Cuando la entidad estatal utilice el Secop II, o el sistema que haga sus veces, debe adaptar el contenido de los documentos tipo a esta plataforma.

ARTÍCULO 3o. INALTERABILIDAD DE LOS DOCUMENTOS TIPO. De conformidad con el artículo 1o. de la Ley 2022 de 2020, los documentos tipo son obligatorios en la actividad contractual de las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. En consecuencia, las entidades estatales al adelantar sus procesos de contratación solo podrán modificarlos en los aspectos en que los documentos tipo lo permitan.

ARTÍCULO 4o. OBRAS, BIENES O SERVICIOS ADICIONALES A LA INTERVENTORÍA DE OBRA PÚBLICA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO. Cuando el objeto contractual incluya la interventoría a obras, bienes o servicios adicionales a la de obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, la entidad estatal deberá aplicar los documentos tipo. Si de manera excepcional requiere incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad respecto de la interventoría de obras, bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, deberá seguir los siguientes parámetros:

1. Demostrar en los estudios previos que ha verificado las condiciones de mercado para la interventoría de las obras, bienes o servicios adicionales al componente de obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, de manera que la experiencia adicional exigida para dicha interventoría procure la pluralidad de oferentes y no limite la concurrencia al proceso de contratación.

2. Conservar los requisitos exigidos en los documentos tipo.

3. Abstenerse de pedir experiencia exclusiva con entidades estatales, experiencia previa en un territorio específico, limitada en el tiempo o que incluya volúmenes o cantidades de obras específicas.

4. Clasificar la experiencia requerida solo hasta el tercer nivel del Clasificador de Bienes y Servicios e incluir, exclusivamente, los códigos que estén relacionados directamente con el objeto a contratar.

PARÁGRAFO. En los casos que el objeto contractual incluya actividades de interventoría amparadas por otros documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, la entidad estatal aplicará reglas de combinación de experiencia previstas en el numeral 10.1.1 del documento base.

ARTÍCULO 5o. PROYECTOS QUE CONTENGAN LA EJECUCIÓN DE OBJETOS CONTRACTUALES AMPARADOS POR OTROS DOCUMENTOS TIPO. Cuando el objeto contractual incluya actividades de interventoría de obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, en conjunto con actividades de interventoría cobijadas por otros documentos tipo, la entidad deberá definir qué documento tipo aplica dependiendo de la relevancia técnica del proyecto, impacto o el valor que representan en el presupuesto oficial.

Teniendo en cuenta los criterios anteriores, la entidad estatal debe determinar cuál documento tipo aplica. Esto sin perjuicio de que deba utilizar las reglas de combinación de experiencia establecidas en los documentos tipo que se expiden a través de este acto administrativo, siempre que resulte necesario con ocasión a las distintas actividades a ejecutar en el proceso de contratación de conformidad con el parágrafo del artículo anterior.

PARÁGRAFO. La entidad justificará en el estudio previo las razones que soportan la escogencia de un determinado documento tipo.

ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y aplicará a los procesos de selección, cuyo aviso de convocatoria sea publicado a partir del 3 de octubre de 2022.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de julio 2022.

El Director General,

JORGE AUGUSTO TIRADO NAVARRO.

CONSULTAR ANEXO EN EL DIARIO OFICIAL IMPRESO O EN EL FORMATO PDF PUBLICADO EN LA WEB WWW.IMPRENTA.GOV.CO

<Consultar anexo directamente en el siguiente enlace:

https://www.colombiacompra.gov.co/content/03-documentos-tipo-de-interventoria-de-obra-publica-de-infraestructura-de-agua-potable-y

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