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RESOLUCIÓN 47 DE 2020
(febrero 17)
Diario Oficial No. 51.231 de 18 de febrero 2020
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 la Resolución 240 de 2020>
Por medio de la cual se aclara la Resolución 0045 de 2020, “por la cual se actualizan los Documentos Tipo para el proceso de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 1798 de 2019”.
EL DIRECTOR GENERAL,
en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el Decreto ley 4170 de 2011 y el Decreto 342 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, indica que, en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto.
Que el artículo 3o de la Resolución 0045 de 2020 dispone que empieza a regir desde el 10 de marzo de 2019, cuando en realidad entra en vigencia a partir del 10 de marzo del año 2020.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 6 la Resolución 240 de 2020> Aclarar el artículo 3o de la Resolución 0045 del 14 de febrero de 2020, el cual quedará así:
Artículo 3o. Vigencia y derogatoria. Esta resolución rige desde el 10 de marzo de 2020, deroga la Resolución 1798 de 2019 y aplica en los procesos de contratación de licitación de obra pública de infraestructura de transporte.
PARÁGRAFO. Los procedimientos de licitación que antes del 10 de marzo del año 2020 hayan publicado aviso de convocatoria, continuarán rigiéndose por los Documentos Tipo - Versión 1, incluidos en la Resolución 1798 de 2019.
ARTÍCULO 2o. Incorpórese el anterior artículo, al artículo 3o de la Resolución 0045 de 2020.
Dada en Bogotá, D. C., a 17 de febrero de 2020.
Comuníquese y cúmplase.
El Director General,
José Andrés O'Meara Riveira.