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RESOLUCIÓN 5081 DE 2007
(octubre 19)
Diario Oficial No. 46.790 de 23 de octubre de 2007
AERONÁUTICA CIVIL
Por medio de la cual se homologa el Curso Básico de Bombero Aeronáutico a los funcionarios que en virtud de la Resolución 01782 de 1998 obtuvieron la Licencia Técnica de Bombero Aeronáutico.
EL DIRECTOR GENERAL (E.) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL,
en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 9o, numeral 14 del Decreto 260 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 01782 de mayo 29 de 1998, se creó la Licencia Técnica de Bombero Aeronáutico para el personal que preste Servicios de Salvamento y Extinción de Incendios en los aeropuertos del país;
Que la precitada disposición estableció de manera transitoria la posibilidad de compensar algunos requisitos exigidos para la expedición de la Licencia de Bombero Aeronáutico, consistente en una experiencia específica equivalente a un año aprobado de educación secundaria, por doce meses de funciones como bombero aeronáutico y la aprobación de un examen de conocimientos ante el Centro de Estudios Aeronáuticos;
Que en virtud al carácter excepcional y la transitoriedad de la Resolución 01782 de 1998, la entidad procedió a expedir Licencia Técnica de Bombero Aeronáutico al personal que desempeñaba funciones de bombero aeronáutico, permitiéndoles posteriormente realizar procesos académicos de repaso teórico práctico conforme a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia;
Que la Ley 909 de 2004, disposición que regula el empleo público, la carrera administrativa y gerencia pública, establece como criterio orientador del ingreso y ascenso a los empleos públicos la demostración permanente de calidades académicas, experiencia y competencias requeridas para el desempeño de los empleos;
Que el Decreto 790 de 2005 estableció el Sistema Específico de Carrera Administrativa en la Unidad y el Decreto 2900 de 2005 reglamentó el precitado Decreto, en lo referente al proceso de selección, capacitación y estímulos;
Que dentro del Manual de Funciones y Requisitos vigente de la Entidad se encuentra previsto, como requisito para desempeñar cargo de bombero aeronáutico, haber realizado Curso Básico de Bombero Aeronáutico impartido por la Oficina Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas;
Que como consecuencia del régimen transitorio de la Resolución 01782 de 1998, varios funcionarios obtuvieron la Licencia de Bombero Aeronáutico a través del procedimiento de equivalencias de requisitos;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Derogar el artículo transitorio de la Resolución número 01782 del 29 de mayo de 1998, en lo que respecta al personal al cual le fue entregada la Licencia Técnica de Bombero Aeronáutico y que no había recibido el Curso Básico de Bombero Aeronáutico, exigido dentro de los requisitos.
ARTÍCULO 2o. Homologar el requisito de “Curso Básico de Bombero Aeronáutico por experiencia específica equivalente a cinco (5) años en el desempeño de funciones como bombero aeronáutico, única y exclusivamente, a los funcionarios que obtuvieron Licencia Técnica de Bombero Aeronáutico en virtud de la Resolución 01782 de 1998.
ARTÍCULO 3o. Los funcionarios que ostenten la Licencia de Bombero Aeronáutico continuarán sometidos al control y cumplimiento de requisitos y regulaciones establecidas en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia.
ARTÍCULO 4o. Las personas que ingresen a la entidad en calidad de Bombero Aeronáutico deberán acreditar integralmente los requisitos exigidos en el Manual de Funciones y Requisitos vigente, incluyendo el Curso Básico de Bombero Aeronáutico.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga cualquier disposición que le sea contraria.
Publíquese y cúmplase.
19 de octubre de 2007.
El Director General (E.),
CR. CARLOS EDUARDO MONTEALEGRE RODRÍGUEZ.
El Secretario General,
ANDRÉS FORERO LINARES.