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DECRETO 4662 DE 2006

(diciembre 27)

Diario Oficial No. 46.494 de 27 de diciembre de 2006

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 33 del Decreto 2078 de 2012>

Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vigilancia
de Medicamentos y Alimentos, Invima.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en sesión del 24 de agosto de 2006, tal como consta en el Acta número 04 de 2006, el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 33 del Decreto 2078 de 2012> Adiciónase el siguiente parágrafo al artículo 1o del Decreto 211 de 2004 el cual quedará así:

“Parágrafo. Organización Regional. El Director General, previa autorización del Consejo Directivo del Invima, podrá crear y conformar Grupos de Trabajo en el territorio nacional determinando su sede y jurisdicción, para el desarrollo de los planes programas y proyectos institucionales, atendiendo la racionalización de los recursos y de acuerdo con las necesidades del servicio”.

ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 33 del Decreto 2078 de 2012>  El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 211 de 2004.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

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