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DECRETO 2680 DE 1999

(diciembre 28)

Diario Oficial No 43.834, del 30 de diciembre de 1999

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

<NOTA DE VIGENCIA: Derogado por el Decreto 4406 de 2004>

Por el cual se modifican las disposiciones aplicables al Registro de Importación.

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 7a. de 1991,

DECRETA:

ARTICULO 1o. El registro de importación ante el Ministerio de Comercio Exterior, será obligatorio exclusivamente para las importaciones de bienes sometidas al régimen de licencia previa, descripciones mínimas, visto bueno y para las realizadas al amparo de un Programa Especial de importación-exportación.

ARTICULO 2o. Se entiende por visto bueno los trámites previos a la importación para aquellos productos sometidos a:

. Registro sanitario o autorización previa de carácter sanitario.

. Norma técnica obligatoria.

. Permiso fitosanitario o zoosanitario o que requieren licencia o registro de venta.

. Certificado de emisiones de prueba dinámica.

. Cupo por salvaguardias cuantitativas.

. Control por protección de la capa de ozono.

. Política de absorción de producción nacional.

ARTICULO 3o. Adicional a los permisos mencionados en el artículo anterior, para los efectos del presente decreto se entienden sometidos a visto bueno previo a la importación:

. Los recursos pesqueros.

. Los vehículos o sus componentes no sometidos a norma técnica obligatoria.

. Los equipos de vigilancia y seguridad privada.

. Los isótopos radioactivos y material radioactivo.

. Las prendas privativas de la Fuerza Pública.

. Los hidrocarburos y gasolina.

ARTICULO 4o. El presente decreto rige a partir del primero de marzo del año 2000 y modifica en lo pertinente la Resolución 1 de 1995 del Consejo Superior de Comercio Exterior.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 1999

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito

Público

Carlos Felipe Jaramillo Jiménez.

La Ministra de Comercio Exterior

Marta Lucía Ramírez de Rincón

      

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