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DECRETO 838 DE 1989

(abril 24)

Diario oficial No 38.791, de 24 de abril de 1989

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 14 del Decreto 1666 de 1991>.

MINISTRO DE GOBIERNO

Por el cual se modifica el Decreto 2632 del 21 de diciembre de 1988

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 120 de la Constitución Política.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 14 del Decreto 1666 de 1991> El artículo 1o. del Decreto 2632 de 1988, quedará así:

"ARTÍCULO 1o. Las normas de este Decreto, con las excepciones en él indicadas se aplican a los empleados oficiales de los ministerios, departamentos administrativos, unidades administrativas especiales, superintendencias, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta asimiladas al régimen legal aplicable a las empresas industriales y comerciales del Estado, del orden nacional, así como a los miembros de las juntas o consejos directivos o superiores de entidades descentralizadas del orden nacional que tengan la calidad de empleados oficiales".

ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 14 del Decreto 1666 de 1991> Derógase la regla tercera (3a.) del artículo 6o. del Decreto 2632 de 1988.

ARTÍCULO 3o. <Decreto derogado por el artículo 14 del Decreto 1666 de 1991> Las comisiones de estudio en el exterior de los empleados oficiales del orden nacional, reguladas en el Capítulo V del Decreto 2632 de 1988, serán conferidas por las mismas autoridades y organismos competentes para conferir comisiones del servicio en el exterior.

ARTÍCULO 4o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el Decreto 2632 de 1988.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.E., a 24 de abril de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Gobierno,

RAÚL OREJUELA BUENO;

El Ministro de Relaciones Exteriores,

JULIO LONDOÑO PAREDES;

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA;

El Ministro de Defensa Nacional,

General MANUEL JAIME GUERRERO PAZ;

El Ministro de Agricultura,

GABRIEL ROSAS VEGA

El Ministro de Desarrollo Económico,

CARLOS ARTURO MARULANDA

El Ministro de Minas y Energía,

OSCAR MEJÍA VALLEJO

El Ministro de Educación Nacional,

MANUEL FRANCISCO BECERRA BARNEY

La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,

MARÍA TERESA FORERO DE SAADE;

El Ministro de Salud,

EDUARDO DÍAZ URIBE,

El Ministro de Comunicaciones,

CARLOS LEMOS SIMMONDS;

La Ministra de Obras Públicas y Transporte

LUZ PRISCILA CEVALLOS ORDÓÑEZ

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

GERMÁN MONTOYA VELEZ

La Jefe del Departamento Nacional de Planeación,

MARÍA MERCEDES CUELLAR DE MARTÍNEZ;

El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,

ALFONSO GONZÁLEZ CARO

El jefe del Departamento Administrativo de Seguridad,

General MIGUEL MAZA MÁRQUEZ

El Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil,

YEZID CASTAÑO GONZÁLEZ

El jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías

JOSÉ NOÉ RÍOS MUÑOZ

El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas,

BARLAHAN HENAO HOYOS

El jefe del Departamento Administrativo del servicio Civil,

JOAQUÍN BARRETO RUIZ

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