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DECRETO 411 DE 2009

(febrero 10)

Diario Oficial No. 47.259 de 10 de febrero de 2009

MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 20 de 2013>

Por el cual se modifica el inciso 4o del artículo 7o del Decreto 279 de 2009, “por el cual se reglamenta el artículo 24 de la Ley 1285 de 2009, por medio de la cual se reforma la Ley 270 de 1996. Estatutaria de la Administración de Justicia”.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 20 de 2013> Modifíquese el inciso 4o del artículo 7o del Decreto 279 de 2009, el cual quedará así:

“(…)

Serán tenidas en cuenta las postulaciones de personas vinculadas a los temas de administración de justicia, que se realicen dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de este decreto”.

ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 20 de 2013> El presente decreto rige a partir de la fecha para su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de febrero de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

FABIO VALENCIA COSSIO.

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