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DECISIÓN 552 DE 2003

(25 junio)

<Fuente: Página de internet entidad emisora>

Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,

VISTOS: Los artículos 1 y 16 del Acuerdo de Cartagena, en su texto codificado a través de la Decisión 406; el Capítulo sobre Relaciones Externas incorporado al Acuerdo de Cartagena mediante el artículo 4 del Protocolo de Sucre; y la Decisión 458 que aprueba los Lineamientos de la Política Exterior Común;

CONSIDERANDO:

Que los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa de los Países Miembros de la Comunidad Andina reunidos en Lima, el 17 de junio de 2002, suscribieron el “Compromiso de Lima: Carta Andina para la Paz y la Seguridad, Limitación y Control de los gastos destinados a la Defensa Externa”, mediante el cual convinieron en adoptar, entre otras, medidas urgentes para combatir el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, dada su vinculación con el problema mundial de las drogas, el terrorismo, la delincuencia transnacional organizada y las actividades mercenarias y otras conductas criminales;

Que, con base en los mandatos ministeriales, el Grupo de Alto Nivel en materia de Seguridad y Fomento de la Confianza de la Comunidad Andina, creado en el mencionado Compromiso de Lima, acordó durante su primera reunión, realizada en Bogotá el 28 de febrero de 2003, impulsar el diseño e implementación de un Plan Andino para Prevenir, Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, posteriormente refrendado en la X Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores el 11 de marzo de 2003;

Que el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos constituye una grave amenaza a la paz, la seguridad, la gobernabilidad, la estabilidad y el orden democrático institucional de los Países Miembros de la Comunidad Andina y atenta asimismo contra la aspiración de nuestras sociedades a alcanzar mayores niveles de desarrollo político, económico, social y cultural, sostenibles en el largo plazo;

Que el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos es un problema de alcance global vinculado con el terrorismo y otras formas de violencia política, el problema mundial de las drogas, la delincuencia transnacional organizada, las actividades mercenarias y otras conductas criminales, flagelos todos que los Países Miembros de la Comunidad Andina están resueltos a combatir;

Que los Países Miembros se encuentran comprometidos con la observancia del Derecho Internacional y con los principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas, particularmente el respeto de la soberanía nacional, la no intervención en los asuntos internos de los Estados Miembros, el derecho de legítima defensa individual y colectiva establecido en el Artículo 51 de dicha Carta, el derecho a la autodeterminación de los pueblos y el derecho de los Estados Miembros a desarrollar sus propios sistemas de defensa para garantizar la seguridad nacional;

Que los Países Miembros de la Comunidad Andina acordaron implementar el Programa de Acción de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, adoptado en Nueva York en julio de 2001;

Que los Países Miembros de la Comunidad Andina han ratificado la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados, suscrita en Washington en noviembre de 1997;

Que los Países Miembros de la Comunidad Andina respaldaron las recomendaciones del Seminario Regional para América Latina y el Caribe de evaluación y seguimiento de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, realizado en Santiago en noviembre de 2001;

Que los Países Miembros de la Comunidad Andina aprobaron el Reglamento Modelo de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (“CICAD”), con el fin de establecer una serie de medidas y procedimientos armonizados para vigilar y controlar el comercio internacional de armas de fuego, sus partes y componentes y municiones para evitar el tráfico ilícito de las mismas, así como su desviación para usos y propósitos ilegales;

Que el problema de la proliferación de armas ilícitas solo puede ser solucionado en forma extensiva, amplia e integrada mediante el fortalecimiento de las capacidades de regular y cumplir con todos los aspectos que gobiernan la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso legal de este tipo de armas, así como el establecimiento de mecanismos de cooperación comunitarios para tales efectos; y,

Que la Secretaría General ha presentado la Propuesta 102/Rev. 1 sobre el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos;

DECIDE:

ARTÍCULO ÚNICO. Establecer el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, contenido en el documento anexo a la presente Decisión.

Dada en el Recinto Quirama, Departamento de Antioquia, República de Colombia, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil tres.

ANEXO I.

PLAN ANDINO PARA LA PREVENCIÓN, COMBATE Y ERRADICACIÓN
DEL TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS PEQUEÑAS Y LIGERAS EN
TODOS SUS ASPECTOS.

DEFINICIONES

Para efectos de la implementación del presente Plan se entenderá por:

a) Actores privados: empresas y/o entidades privadas, así como personas naturales, que fabriquen, importen, exporten, transfieran, comercialicen, sirvan de intermediarios, transporten, tengan, oculten, usurpen, porten o requieran el uso de armas pequeñas y ligeras para su normal operación.

b) Actores públicos: instituciones públicas vinculadas con el diseño o la implementación de las políticas, estrategias o acciones relacionadas con el presente Plan, incluidas las Fuerzas Militares, Fuerzas de Policía, Organismos Nacionales de Seguridad, los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior o Gobierno, Justicia, el Poder Judicial, Autoridades Aduaneras y de Migración, entre otras.

c) Armas pequeñas y ligeras: las armas pequeñas son las destinadas al uso personal y las ligeras las destinadas al uso de varias personas que forman un equipo. En la categoría de armas pequeñas están incluidos: los revólveres y las pistolas automáticas y semiautomáticas, las escopetas, los fusiles y las carabinas, las pistolas ametralladoras, los fusiles de asalto y las ametralladoras ligeras, así como las armas del mismo tipo, de fabricación informal. La categoría de armas ligeras comprende: las ametralladoras pesadas, los lanzagranadas portátiles bajo el cañón y montados, los cañones antiaéreos portátiles, los cañones antitanques portátiles, los cañones sin retroceso, los sistemas de lanzadores portátiles de cohetes y misiles antitanques, los sistemas de lanzadores portátiles de misiles antiaéreos y los morteros de calibres inferiores a 100 milímetros, así como las armas del mismo tipo, de fabricación informal. Las municiones y los explosivos forman parte integrante de las armas pequeñas y las armas ligeras utilizadas en los conflictos y comprenden: los cartuchos (balas) de armas pequeñas, los proyectiles y misiles para armas ligeras, las granadas antipersonal y antitanque de mano, las minas terrestres, los explosivos y los contenedores móviles con misiles o proyectiles de sistemas antiaéreos y antitanques para una sola acción.

d) Instituciones responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de las leyes: autoridades nacionales competentes en materia de control, vigilancia y aplicación de la legislación comunitaria andina y nacional relacionada con el presente Plan, incluidos los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior o Gobierno, Justicia, Ministerio Público, el Poder Judicial, así como las Fuerzas Militares, las Fuerzas de Policía, Autoridades Aduaneras y de Migraciones, entre otras, según su competencia.

e) Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional-: es el mecanismo encargado de impulsar la implementación del presente Plan en cada País Miembro. Podrá contar con una Presidencia y una Secretaría Técnica, a fin de facilitar el logro de sus objetivos, y estar integrado por representantes de, entre otros, los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior o Gobierno, Justicia, el Poder Judicial, las Fuerzas Militares, las Fuerzas de Policía, Autoridades Aduaneras y de Migraciones, así como de la sociedad civil.

f) Seguridad: desde una perspectiva andina la seguridad es entendida como la situación en la que el Estado y la sociedad se encuentran protegidos frente a amenazas o riesgos susceptibles de afectar el desarrollo integral y el bienestar de sus ciudadanos, así como el libre ejercicio de sus derechos y libertades en un contexto de plena vigencia democrática. En ese sentido, la seguridad es un concepto de carácter multidimensional y comprehensivo que abarca asuntos de índole política, económica, social y cultural, y se ve reflejada en las políticas en ámbitos tan diversos como los del fortalecimiento de la institucionalidad democrática y el estado de derecho, la defensa, la salud, el ambiente, la economía, el desarrollo económico y la prevención de desastres naturales, entre otros.

g) Sociedad civil: la entidad social colectiva en la cual los ciudadanos se relacionan entre sí y con el Estado. Desde esta perspectiva, estaría compuesta por una inmensa diversidad de organizaciones, incluidos los movimientos sociales, las asociaciones profesionales o voluntarias, las organizaciones de base, las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos, las cooperativas, las instituciones académicas y filantrópicas, las comunidades locales, las organizaciones de género y de juventudes, así como las organizaciones de carácter religioso, entre otras. En algunos casos los medios de comunicación independientes y el sector informal también son considerados parte de la sociedad civil. Dentro de los roles adscritos a la sociedad civil se encuentran, entre otros, los de participar en el proceso de toma de decisiones al interior de la Comunidad Andina e impulsar la rendición de cuentas por parte de los aparatos estatales, con miras a establecer una gobernabilidad efectiva. Para efectos del presente instrumento, la sociedad civil incluiría el amplio espectro de organizaciones que cuenten con el mandato de coadyuvar a la capacitación, la investigación teórica y aplicada, la facilitación de políticas públicas, la asistencia social y de desarrollo, el monitoreo y la evaluación de la temática vinculada a la seguridad.

OBJETIVOS:

1. Elaborar, implementar y sustentar una estrategia integral para la prevención, combate y erradicación del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, la cual deberá tomar en cuenta los vínculos existentes entre el tráfico ilícito y la proliferación de dichas armas y la seguridad, el terrorismo, la corrupción y el problema mundial de las drogas, así como el objetivo de largo plazo de alcanzar la paz, la estabilidad y el desarrollo en la Subregión;

2. Fortalecer la capacidad de los Países Miembros para implementar medidas contra la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras, así como para identificar, confiscar y, cuando corresponda, destruir este tipo de armamento;

3. Propiciar el desarrollo de una cultura de paz a través de programas educativos y de difusión dirigidos a generar una conciencia ciudadana sobre la problemática de la proliferación, circulación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras, que involucren a todos los sectores de la sociedad;

4. Institucionalizar programas nacionales y subregionales, así como los mecanismos de acción correspondientes, para prevenir, controlar y erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos; y,

5. Desarrollar este Plan dentro del marco del pleno respeto de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

PRINCIPIOS:

Para el logro de los objetivos del presente Plan, se tendrán en cuenta los siguientes principios:

1. Integralidad: Es integral porque comprende todos los aspectos relacionados con la problemática de la proliferación y el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras.

2. Responsabilidad Compartida: Se sustenta en la responsabilidad compartida de todos los actores vinculados con esta problemática y en la búsqueda conjunta de soluciones en los ámbitos subregional andino, regional, hemisférico y mundial.

3. Respeto al Derecho Internacional: Respeta plenamente los principios y normas del derecho internacional.

4. Respeto a la jurisdicción interna de los Estados: Respeta plenamente la soberanía e integridad territoriales, así como la no intervención en los asuntos internos.

5. Solidaridad: Se instrumenta a través de la cooperación y de la solidaridad entre los pueblos.

6. Complementariedad: Contribuye al desarrollo de las políticas nacionales sobre la materia y de la Política Exterior Común, para la profundización del proceso andino de integración.

MECANISMOS:

1. El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores es el órgano responsable de la definición, coordinación y seguimiento de la Política Comunitaria de Seguridad Andina y, en ese marco, del Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos. Para tales efectos, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores se reunirá, cuando lo considere pertinente, con sus homólogos de Defensa.

2. El Grupo de Alto Nivel en materia de Seguridad y Fomento de la Confianza, de conformidad con lo establecido por el “Compromiso de Lima”, será el órgano ejecutivo de la Política Comunitaria de Seguridad Andina y, en ese marco, del presente Plan.

3. Establecer un Comité Operativo encargado de coordinar, armonizar e implementar los esfuerzos para prevenir, combatir y erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos. Los Países Miembros designarán tres representantes ante dicho Comité.

El Comité creará los grupos de trabajo especializados que estime pertinente. Dichos grupos de trabajo estarán integrados por las autoridades competentes en la materia de dos o más Países Miembros. Los países no participantes podrán solicitar su incorporación en cualquier momento.

4. La Secretaría General de la Comunidad Andina, particularmente la unidad responsable, actuará como Secretaría Técnica del presente Plan.

MODALIDADES DE ACCIÓN:

1. Abordar de manera integral la problemática de la proliferación ilícita de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

2. Intercambiar información y cooperar en todos los asuntos relacionados con las armas pequeñas y ligeras ilícitas en todos sus aspectos.

3. Promover la investigación, elaboración y recopilación de información y estadísticas en la Subregión, así como el diálogo y la cooperación entre los gobiernos y la sociedad civil.

4. Impulsar el desarrollo de una Agenda Coordinada de Acción, concreta e integrada en materia de seguridad en la subregión andina.

5. Intercambiar experiencias y organizar cursos, con miras a mejorar el nivel de capacitación de los funcionarios de los Países Miembros de la Comunidad Andina.

6. Impulsar campañas de toma de conciencia sobre los peligros y efectos negativos del uso indiscriminado y tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras.

LINEAMIENTOS DE ACCIÓN:

A. En el ámbito nacional:

De conformidad con la Agenda Coordinada de Acción y de su Plan Operativo anexo, a nivel nacional, los Países Miembros, con base en las legislaciones nacionales, y las normas, reglamentos y procedimientos administrativos y operativos, controlarán la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras y adoptarán, dentro de sus posibilidades, entre otras, las siguientes medidas:

1. Fortalecer o establecer mecanismos de coordinación nacional con la infraestructura institucional correspondiente, responsables de la orientación de políticas, la investigación y el monitoreo de todos los aspectos de la proliferación, control y tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras.

2. Incrementar la capacidad de las instituciones y de los funcionarios responsables de la prevención, combate y erradicación de la proliferación ilícita de armas pequeñas y ligeras, así como el mejoramiento de sus equipos y recursos para lograr resultados concretos en el mediano y largo plazo.

3. Recomendar la adopción, a la brevedad posible y cuando corresponda, de las medidas de carácter legislativo y de otra naturaleza necesarias para tipificar como delito penal bajo las leyes nacionales, la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras.

4. Desarrollar e implementar, cuando corresponda, programas nacionales para:

a) El manejo responsable de las armas pequeñas y ligeras lícitas;

b) La entrega voluntaria de armas pequeñas y ligeras ilícitas;

c) La identificación y la destrucción de las armas pequeñas y ligeras ilícitas, por parte de las autoridades nacionales competentes, y de los excedentes de inventario, de las armas obsoletas o de aquellas confiscadas que reposen en poder del Estado, a menos que se haya autorizado oficialmente otro destino y siempre que las armas se hayan marcado y registrado en la forma debida;

d) La generación de conciencia ciudadana sobre el problema de la proliferación y tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras;

e) La adopción de normas o reglamentos nacionales apropiados para mejorar y reforzar las leyes que regulan la posesión lícita por parte de civiles de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados;

f) El control transparente de las transferencias de armas pequeñas y ligeras por parte de productores, comercializadores, corredores, y otros agentes, así como la embarcación y el tránsito;

g) La participación activa de la sociedad civil en la formulación e implementación de un programa de acción nacional para abordar el problema de manera integral y sostenible; y,

h) La concienciación, capacitación y entrenamiento de los actores públicos y privados vinculados con la implementación de las medidas necesarias para prevenir, combatir y erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

5. Promover la suscripción y entrada en vigencia de acuerdos bilaterales o multilaterales de carácter vinculante con países vecinos o con terceros países, o su adhesión a los mismos, a efectos de establecer un sistema común de control efectivo, incluidos el registro y confiscación de armas pequeñas y ligeras ilícitas en las zonas de frontera.

6. Diseñar e implementar políticas y medidas proactivas dirigidas a generar las condiciones políticas, económicas, sociales y culturales que reduzcan la demanda y uso ilícito de armas pequeñas y ligeras por parte de individuos, grupos de individuos o comunidades.

B. En el ámbito subregional andino:

1. Crear un Comité Operativo encargado de coordinar y armonizar los esfuerzos para prevenir, combatir y erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

2. Establecer un mecanismo de intercambio de información, dirigido a promover la armonización de los estándares de capacitación y de las legislaciones nacionales vigentes de las autoridades competentes en la materia de los Países Miembros. Dicho mecanismo podrá contar con la asesoría técnica de los organismos internacionales especializados en la materia.

3. Promover la codificación y armonización de legislaciones que regulan la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras, de conformidad con la Constitución Nacional de cada País Miembro. Los estándares mínimos comunes definidos por los Países Miembros deberán incluir, pero no limitarse a, el marcaje de las armas fabricadas en la Subregión, registro y control sobre las importaciones, exportaciones y comercio lícito de dichos materiales.

4. Fortalecer la cooperación subregional y hemisférica entre las autoridades nacionales competentes encargadas de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de las leyes vinculadas con las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos. Dichos esfuerzos deberán incluir, pero no limitarse a, la capacitación y el intercambio de información para apoyar acciones comunes y coordinadas de control y reducción del tráfico ilícito transfronterizo de armas pequeñas y ligeras, y la suscripción de acuerdos para tales efectos.

5. Velar por que los fabricantes, comercializadores, intermediarios y traficantes ilícitos de armas pequeñas y ligeras, así como a quienes transfieran este tipo de armamento a individuos o grupos al margen de la ley en violación de la reglamentación nacional, subregional o hemisférica en la materia, sean debidamente sancionados.

6. Comprometerse a mantener un diálogo permanente con la sociedad civil de los Países Miembros de la Comunidad Andina, que incluya a los más diversos actores y agentes, públicos y privados, a fin de generar acciones cooperativas que faciliten la prevención, combate y erradicación del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

7. Procurar que todos los programas para la prevención, combate y erradicación del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras se complementen con programas de desarrollo a todos los niveles con el fin de reducir la demanda local de armas.

C. En el ámbito internacional:

1. Concertar, en el marco de la Política Exterior Común Andina, posiciones conjuntas en los diversos foros internacionales vinculados con la materia e impulsar estrategias para la universalización de mecanismos de cooperación sobre la misma; y,

2. Presentar y difundir el presente Plan Andino, así como sus logros y avances, en las Reuniones Bienales de Estados sobre la Implementación del Programa de Acción de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos.

IMPLEMENTACIÓN:

Para efectos de la ejecución del presente Plan los Países Miembros acuerdan asimismo implementar la Agenda Coordinada de Acción y su Plan Operativo anexos.

ANEXO II.

AGENDA COORDINADA DE ACCIÓN.

Con el propósito de promover el tratamiento integral de la problemática planteada por el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos; y definir e implementar una Agenda Coordinada de Acción para la Subregión que promueva la seguridad ciudadana y andina, y asegure que todos los Países Miembros cuenten con las normas, reglamentos y procedimientos administrativos requeridos para ejercer un efectivo control sobre el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

Acordamos:

1. Marco Institucional

1.1. Promover la búsqueda compartida de soluciones sustentables a la problemática planteada por el tráfico ilícito de las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, a través de la implementación sostenida de acciones concertadas y coordinadas de mediano y largo plazo.

1.2. Establecer y hacer operativo un Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- en cada País Miembro, responsable de diseñar e implementar las medidas necesarias para encarar dicha problemática y velar por la cabal ejecución de esta Agenda Coordinada de Acción a nivel nacional.

1.3. Encomendar a la unidad responsable en la Secretaría General de la Comunidad Andina, de conformidad con los mandatos establecidos en el Compromiso de Lima, la coordinación subregional de la Agenda Coordinada de Acción.

2. Cooperación y Coordinación Subregional

2.1. Asegurar la sostenibilidad, en el mediano y largo plazo, de su compromiso con el logro de los objetivos consagrados en el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, a través de la unidad responsable en la Secretaría General.

2.2. Elaborar, implementar y sustentar una estrategia integral para el combate contra la proliferación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras, la cual deberá tomar en cuenta los vínculos existentes entre el tráfico ilícito y la proliferación de dichas armas y la seguridad, el terrorismo, la corrupción y el problema mundial de las drogas, así como el objetivo de mediano y largo plazo de alcanzar la paz, la estabilidad y el desarrollo en la Subregión.

2.3. Promover la cooperación y el intercambio de información entre los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, las instituciones responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación de las leyes y del presente Plan, y las organizaciones internacionales pertinentes vinculadas a la materia, con el propósito de abordar de manera coordinada la problemática de la proliferación ilícita de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

2.4. Cooperar con los expertos y con representantes de la sociedad civil interesados en la materia, con el fin de prevenir, combatir y erradicar el problema de la proliferación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

2.5. Promover la búsqueda conjunta de apoyo internacional para implementar la Agenda Coordinada de Acción.

3. Medidas Legislativas

3.1. Recomendar la incorporación a la legislación nacional, cuando sea necesario y con carácter prioritario, de disposiciones reglamentarias sobre los siguientes aspectos:

3.1.1. Tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso de armas pequeñas y ligeras.

3.1.2. Fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, marcaje, registro y control de armas pequeñas y ligeras.

3.1.3. Control efectivo de fabricantes, comercializadores, intermediarios, financiadores y transportadores de armas pequeñas y ligeras.

3.1.4. Incautación y confiscación por parte del Estado de todas las armas pequeñas y ligeras fabricadas, transportadas o que se encuentren en tránsito sin, o en violación de, las licencias, permisos o autorizaciones escritas correspondientes, así como la aplicación de las sanciones previstas en las legislaciones nacionales.

3.1.5. Lavado de activos vinculados al tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

3.2. Tipificar como delito penal bajo la legislación nacional la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras, incluidas las armas de fabricación casera.

3.3. Promover la armonización legislativa y el establecimiento de estándares mínimos para regular la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras.

3.4. Impulsar la adopción de las medidas de carácter legislativo o de otra naturaleza necesarias para combatir los delitos relacionados con el terrorismo, el problema mundial de las drogas y la corrupción, vinculados con el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

4. Medidas Operativas y de Fortalecimiento Institucional

4.1. Recomendar el diseño e implementación, por parte de cada Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional-, de un Plan Nacional sobre la materia.

4.2. Establecer o desarrollar las bases de datos nacionales y los sistemas de comunicación, incluidos los equipos especializados, para monitorear y controlar la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras en el territorio nacional y a través de las fronteras, de conformidad con el Plan Operativo para la Implementación de la presente Agenda.

4.3. Desarrollar o mejorar los programas nacionales de capacitación para fortalecer a las instituciones responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción.

4.4. Establecer, de considerarlo necesario, grupos de trabajo especializados conformados por las autoridades nacionales responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción.

4.5. Fortalecer la capacidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina para coordinar la implementación de la Agenda Coordinada de Acción, a través de la unidad responsable.

4.6. Apoyar y promover programas de intercambio y capacitación entre la Secretaría General, los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y líderes comunitarios o representantes de la sociedad civil, dirigidos a fortalecer su capacidad y a asegurar un diálogo constructivo que se traduzca en acciones concretas.

4.7. Propiciar el eficaz aprovechamiento del conocimiento y la experiencia acumulados, incluidos aquellos de la sociedad civil, para abordar el problema del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

4.8. Promover la cooperación subregional entre las instituciones nacionales responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción, así como con otras agencias e instituciones internacionales pertinentes, con el fin de combatir el crimen transnacional, incrementar la seguridad y fomentar la comprensión mutua entre las comunidades fronterizas. Dicha cooperación podría incluir, entre otras acciones, el fortalecimiento de las medidas del fomento de la confianza en la subregión andina.

4.9. Propiciar el desarrollo de la capacidad de investigación a nivel subregional para apoyar a los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, mediante la puesta en marcha de programas de investigación, a mediano y largo plazo, sobre la materia.

5. Control, Confiscación, Sanción, Distribución, Recolección y Destrucción

5.1. Fortalecer la capacidad de las instituciones nacionales competentes para controlar y dar cuenta de las armas en posesión del Estado, a través de, entre otros, la verificación y actualización de sus registros y/o inventarios de armas pequeñas y ligeras.

5.2. Asegurar la estricta rendición de cuentas al organismo nacional competente y el seguimiento efectivo de todas las armas distribuidas y de propiedad del Estado.

5.3. Garantizar el almacenamiento seguro de las armas en posesión del Estado.

5.4. Establecer un mecanismo efectivo para el almacenamiento de las armas pequeñas y ligeras ilícitas confiscadas o recuperadas por el Estado, en espera del resultado de las investigaciones que las liberarán para su destrucción o, de considerarlo pertinente, su traspaso al Estado.

5.5. Identificar y destruir inventarios excedentes u obsoletos de armas pequeñas y ligeras en posesión del Estado.

5.6. Garantizar y mantener actualizado el registro de importadores, comercializadores, intermediarios y armeros de armas pequeñas y ligeras, que permita el control de estos agentes y de sus operaciones comerciales en la Subregión, así como de las empresas de seguridad privada, mineras y otras que requieren el uso de armas pequeñas y ligeras para su normal operación y, las personas naturales.

5.7. Garantizar la estricta rendición de cuentas al organismo nacional competente y el control efectivo de todas las armas de propiedad, porte y tenencia de fabricantes, importadores, comercializadores, intermediarios, armeros y usuarios, incluidas las empresas de seguridad privada, mineras y otras que requieren el uso de armas pequeñas y ligeras para su normal operación y, las personas naturales.

5.8. Propiciar el trabajo conjunto entre las instituciones responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción y las comunidades locales, con el propósito de identificar y erradicar los almacenamientos ilegales de armas.

5.9. Promover programas voluntarios de entrega y recolección de armas.

5.10. Asegurar la destrucción de las armas ilícitas recolectadas o incautadas o, de considerarlo pertinente, su traspaso al Estado.

5.11. Promover programas de legalización de armas pequeñas y ligeras, con el propósito de incrementar y actualizar las bases de datos nacionales.

6. Intercambio, Archivo y Actualización de la Información

6.1. Difundir las políticas, reglamentos y legislación relacionados con las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

6.2. Promover el intercambio de información y la uniformidad de las bases de datos nacionales, a través de los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y la unidad responsable de la Secretaría General.

6.3. Fomentar, de considerarlo necesario, el intercambio de información entre los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y las instituciones nacionales responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de las leyes sobre, entre otros, los individuos, las organizaciones criminales y sus asociados, los tipos de armas pequeñas y ligeras, las fuentes, las rutas de distribución, los destinos, métodos de transporte y apoyo financiero de dichas organizaciones o individuos. El intercambio de información podrá enfocar, asimismo, actividades criminales como el terrorismo y el tráfico de drogas ilícitas vinculados con la materia.

7. Conciencia Ciudadana

7.1. Propiciar el desarrollo de una cultura de paz.

7.2. Diseñar e implementar programas de educación y de generación de conciencia ciudadana sobre la problemática de las armas pequeñas y ligeras ilícitas en todos sus aspectos, que involucren a todos los sectores de la sociedad.

7.3. Diseñar e implementar programas de educación y de generación de conciencia ciudadana sobre el manejo, almacenamiento y uso responsables de las armas de fuego.

7.4. Promover la inclusión de, así como la cooperación con, todos los sectores de la sociedad, incluido el sector empresarial, para prevenir y erradicar el problema de las armas pequeñas y ligeras ilícitas en todos sus aspectos.

ANEXO III.

PLAN OPERATIVO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA AGENDA COORDINADA DE ACCIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA.

INTRODUCCIÓN

De conformidad con los objetivos consagrados en el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos y su Agenda Coordinada de Acción adoptados en junio de 2003, el presente Plan Operativo establece las acciones comunitarias dirigidas a desarrollar las capacidades técnicas e institucionales de nuestras sociedades para afrontar de manera integral la problemática vinculada con las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, así como para promover y facilitar la cooperación y el intercambio de información y experiencias al interior de la Subregión, a fin de garantizar el compromiso creciente y sostenido de los Países Miembros de la Comunidad Andina con el logro de dichos objetivos.

PLAN OPERATIVO

1. Marco institucional

Los Países Miembros acordaron:

1.1 “Promover la búsqueda compartida de soluciones sustentables a la problemática planteada por el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, a través de la implementación sostenida de acciones concertadas y coordinadas de mediano y largo plazo.”

1.2 “Establecer y hacer operativo un Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- en cada País Miembro, responsable de diseñar e implementar las medidas necesarias para encarar dicha problemática y velar por la cabal ejecución de la Agenda Coordinada de Acción a nivel nacional.”

EJECUCIÓN:

Los Países Miembros se comprometen a establecer un Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional-, en un plazo de cuatro meses a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción.

Para tales efectos, los Países Miembros realizarán, en un plazo máximo de tres meses a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, un seminario/taller o reuniones interinstitucionales dirigidas a establecer y fortalecer el Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- sobre armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos. Dicho Comité contará con las siguientes funciones:

a) Coordinar con la Secretaría General la ejecución de la Agenda Coordinada de Acción;

b) Coordinar y trabajar conjuntamente con los otros Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-;

c) Coordinar y trabajar conjuntamente con la sociedad civil;

d) Facilitar el intercambio y la difusión de información;

e) Conducir y facilitar la investigación de los temas previamente decididos por el Comité;

f) Identificar y aprovechar las experiencias adquiridas;

g) Incrementar la capacidad para abordar de manera sostenible el problema de las armas pequeñas y ligeras; y,

h) Las demás funciones que estime pertinente.

1.3 “Encomendar a la unidad responsable en la Secretaría General de la Comunidad Andina, de conformidad con los mandatos establecidos en el Compromiso de Lima, la coordinación subregional de la Agenda Coordinada de Acción.”

Ejecución:

La Secretaría General de la Comunidad Andina, particularmente la unidad responsable, actuará como Secretaría Técnica y tendrá las siguientes funciones:

a) Promover, en coordinación con el Comité Operativo, la ejecución de la Agenda Coordinada de Acción, incluida la programación anual de reuniones y de trabajos conjuntos;

b) Coordinar y trabajar conjuntamente con los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-;

c) Trabajar conjuntamente con las organizaciones regionales e internacionales pertinentes;

d) Elaborar un inventario de las líneas de cooperación existentes en la materia y canalizar tal información a los Países Miembros a través del Comité Operativo y de los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-;

e) Apoyar la coordinación y el trabajo conjunto con la sociedad civil;

f) Apoyar el intercambio y la difusión de información;

g) Promover y facilitar la investigación de acuerdo con los requerimientos del Comité Operativo;

h) Identificar y aprovechar las experiencias adquiridas; e,

i) Fortalecer la capacidad para abordar de manera sostenible el problema de las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

2. Cooperación y Coordinación Subregional

Los Países Miembros acordaron:

2.1 “Asegurar la sostenibilidad, en el mediano y largo plazo, de su compromiso con el logro de los objetivos consagrados en el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, a través de la unidad responsable en la Secretaría General.”

EJECUCIÓN:

Los Países Miembros, con el apoyo de la Secretaría General, sostendrán una Conferencia Ministerial anual, de preferencia en el país que ejerza la Presidencia de la Comunidad Andina, con el objeto de evaluar los avances en la implementación del Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, y de formular los lineamientos para seguir impulsando su ejecución.

2.2 “Elaborar, implementar y sustentar una estrategia integral para el combate contra la proliferación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras, la cual deberá tomar en cuenta los vínculos existentes entre el tráfico ilícito y la proliferación de dichas armas y la seguridad, el terrorismo, la corrupción y el problema mundial de las drogas, así como el objetivo de mediano y largo plazo de alcanzar la paz, la estabilidad y el desarrollo en la Subregión.”

Ejecución:

Se desarrollarán, entre otras, las siguientes actividades:

a) La Secretaría General, con la asistencia de los Comités de Coordinación Nacional
-Puntos Focales Nacionales-, elaborará planes anuales a fin de implementar la Agenda Coordinada de Acción.

b) Realizar un foro anual de reflexión y debate de las debilidades y fortalezas para la implementación de la Agenda Coordinada de Acción. Dicho foro se celebrará, sucesivamente, en cada uno de los Países Miembros y reunirá a participantes provenientes de los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, la Secretaría General y otras organizaciones internacionales pertinentes, así como expertos y representantes de la sociedad civil.

c) La Conferencia Ministerial mencionada en la ejecución del numeral 2.1, también estará dirigida a evaluar los resultados de la estrategia comunitaria y a formular lineamientos para seguir impulsándola.

d) Apoyo a la investigación y a los programas educativos que tienen por objeto mejorar la comprensión de la sociedad en su conjunto, de los vínculos existentes entre la proliferación de armas pequeñas y los conflictos, así como entre el control de dichas armas y la paz, la estabilidad y el bienestar subregionales.

e) Apoyo a los proyectos de desarrollo a todo nivel susceptibles de reducir la demanda local de armas pequeñas y ligeras y de brindar alternativas viables de progreso a los habitantes de las zonas fronterizas.

2.3 “Promover la cooperación y el intercambio de información entre los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, las instituciones responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación de las leyes y del presente Plan, y las organizaciones internacionales pertinentes vinculadas a la materia, con el propósito de abordar de manera coordinada la problemática de la proliferación ilícita de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”

EJECUCIÓN:

Promover la cooperación y el intercambio de información mediante, entre otros:

a) La realización de un seminario/taller anual para el personal de los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y la Secretaría General de la Comunidad Andina, dirigido a promover los trabajos conjuntos y a evaluar la estrategia común del presente Plan.

b) La publicación y difusión, por parte de la Secretaría General, de un Boletín Semestral -el cual podría inclusive ser virtual- que sirva como un medio para el intercambio de información e ideas entre los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, las autoridades nacionales responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación del presente Plan Andino en la Subregión, organizaciones internacionales pertinentes y la sociedad civil.

c) La promoción de programas de intercambio de personal entre los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y con otras agencias y organizaciones, incluidas las de la sociedad civil, con el propósito de compartir información y experiencias.

d) La promoción activa de trabajos conjuntos e intercambio de información entre los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y centros académicos, institutos especializados, centros de investigación, el sector empresarial, líderes y expertos de las comunidades locales, y otras fuentes de conocimiento sobre la materia.

e) La creación de un mecanismo de diálogo con la sociedad civil por parte de los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, mediante el cual las instituciones, organizaciones y representantes de la sociedad civil interesados puedan interactuar con el objeto de incrementar la cooperación y el intercambio de información.

2.4 “Cooperar con los expertos y con representantes de la sociedad civil interesados en la materia, con el fin de prevenir, combatir y erradicar el problema de la proliferación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”

EJECUCIÓN:

Promover la cooperación mediante, entre otros:

a) Recomendar a la sociedad civil que incorpore la temática de las armas pequeñas y ligeras en la agenda de sus encuentros subregionales pertinentes que aborden, entre otros, los siguientes aspectos de la seguridad: desarrollo socio-económico; gobernabilidad y corrupción; inestabilidad política y terrorismo; resolución de conflictos; lucha contra el crimen organizado; lucha contra el problema mundial de las drogas; refugiados y migraciones, etc.

b) El intercambio de información y de experiencias adquiridas entre expertos, representantes de la sociedad civil y otras instituciones de la Subregión involucradas en la materia.

c) El apoyo a las iniciativas del sector empresarial, de las comunidades locales y de otros actores involucrados, dirigidos a disminuir la dinámica de la proliferación de armas pequeñas y ligeras así como a minimizar sus efectos en la sociedad.

d) La realización de una reunión consultiva anual de la Secretaría General con expertos, representantes de la sociedad civil, del sector empresarial y de comunidades locales, dirigida a intercambiar experiencias sobre temas y actividades relacionados con la problemática de las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, con miras a preparar la Conferencia Ministerial de evaluación sobre el particular.

2.5 “Promover la búsqueda conjunta de apoyo internacional para implementar la Agenda Coordinada de Acción.”

Ejecución:

La Secretaría General de la Comunidad Andina gestionará ante los países amigos y organismos internacionales cooperantes los recursos técnicos y financieros para apoyar el desarrollo del marco institucional y la ejecución de la Agenda Coordinada de Acción, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Anexo IV del presente Plan Operativo.

Los Países Miembros, de acuerdo a sus capacidades, contribuirán a financiar las actividades de sus Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y reforzarán el presupuesto institucional de la Secretaría General de la Comunidad Andina en lo pertinente.

3. Medidas Legislativas

Los Países Miembros acordaron:

3.1 “Recomendar la incorporación a la legislación nacional, cuando sea necesario y con carácter prioritario, disposiciones reglamentarias sobre los siguientes aspectos:

3.1.1 Tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso de armas pequeñas y ligeras.

3.1.2 Fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, marcaje, registro y control de armas pequeñas y ligeras.

3.1.3 Control efectivo de fabricantes, comercializadores, intermediarios, financiadores y transportadores de armas pequeñas y ligeras.

3.1.4 Incautación, confiscación y sanción por parte del Estado de todas las armas pequeñas y ligeras fabricadas, transportadas o que se encuentren en tránsito sin, o en violación de, las licencias, permisos o autorizaciones escritas correspondientes, así como aplicar la sanción prevista en las legislaciones nacionales.

3.1.5 Lavado de activos vinculados al tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”

3.2 “Tipificar como delito penal bajo la legislación nacional la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras, incluidas las armas de fabricación casera.”

3.3 “Promover la armonización legislativa y el establecimiento de estándares mínimos para regular la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras.”

3.4 “Impulsar la adopción de las medidas de carácter legislativo o de otra naturaleza necesarias para combatir los delitos relacionados con el problema mundial de las drogas, el terrorismo y la corrupción, vinculados con el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”

Ejecución:

a) Los Países Miembros se comprometen a remitir a la Secretaría General, en un plazo máximo de un mes a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, copias de la legislación nacional vigente sobre la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

b) La Secretaría General, en un plazo máximo de tres meses a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, realizará un estudio comparativo de las mencionadas legislaciones nacionales y elaborará una propuesta para el establecimiento de estándares mínimos a nivel subregional.

c) La Secretaría General realizará, en colaboración con los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y en un plazo máximo de seis meses a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, un seminario/taller subregional dirigido a establecer los estándares mínimos requeridos en las legislaciones nacionales y a diseñar un programa para la revisión de las legislaciones, monitoreo de los avances y plazos para la implementación de las acciones contempladas en los numerales 3.2, 3.3 y 3.4 de la Agenda Coordinada de Acción. Asimismo, el seminario/taller estará dirigido a evaluar el establecimiento de un mecanismo de control comunitario sobre el problema de las armas pequeñas y ligeras, así como de un programa para la lucha contra la corrupción, en un plazo máximo de nueve meses a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción. Las conclusiones y recomendaciones del seminario/taller deberán ser presentadas a la consideración de la Conferencia Ministerial de evaluación.

d) Los Países Miembros se comprometen además, en un plazo máximo de dieciséis meses a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, a revisar sus legislaciones nacionales correspondientes con el propósito de verificar la incorporación a las mismas de todas las disposiciones recomendadas en los numerales 3.2, 3.3 y 3.4 de la mencionada Agenda, tomando en cuenta los estándares mínimos establecidos de conformidad con el numeral 3.1, de acuerdo con los mecanismos legales y constitucionales vigentes en cada País.

4. Medidas Operativas y de Fortalecimiento Institucional

Los Países Miembros acordaron:

4.1 “Recomendar el diseño e implementación, por parte de cada Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional-, de un Plan Nacional sobre la materia.”

Ejecución:

Los Países Miembros diseñarán e implementarán, a través de cada Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- y de considerarlo necesario, un Plan Nacional sobre la materia. Para tales efectos, solicitarán el apoyo técnico y financiero a la comunidad internacional.

4.2 “Establecer o desarrollar las bases de datos nacionales y los sistemas de comunicación, incluidos los equipos especializados, para monitorear y controlar la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras en el territorio nacional y a través de las fronteras, de conformidad con el Plan Operativo para la Implementación de la presente Agenda.”

4.3 “Desarrollar o mejorar los programas nacionales de capacitación para fortalecer a las instituciones responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción.”

4.4 “Establecer, de considerarlo necesario, grupos de trabajo especializados conformados por las autoridades nacionales responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción.”

Ejecución:

En un plazo máximo de cuatro meses a partir de su establecimiento, cada Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- realizará tres reuniones interinstitucionales dirigidas a identificar los requerimientos de capacitación y posibles programas sobre el particular; el establecimiento de la base de datos nacional; y, el fortalecimiento o desarrollo de los sistemas de comunicación.

Las mencionadas bases de datos estarán situadas en cada Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- e incluirán, sin limitarse a, la siguiente información sobre: fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos; igualmente, aquellas robadas, perdidas, incautadas y recuperadas, así como las destruidas y programadas para su destrucción. Cada Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- informará a la Secretaría General sobre las acciones que emprenderá para poner en marcha sus programas de capacitación y de instalación de la base de datos nacional.

4.5 “Fortalecer la capacidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina para coordinar la implementación de la Agenda Coordinada de Acción, a través de la unidad responsable.”

4.6 “Apoyar y promover programas de intercambio y capacitación entre la Secretaría General, los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y líderes comunitarios o representantes de la sociedad civil, dirigidos a fortalecer su capacidad y a asegurar un diálogo constructivo que se traduzca en acciones concretas.”

4.7 “Propiciar el eficaz aprovechamiento del conocimiento y la experiencia acumulados, incluidos aquellos de la sociedad civil, para abordar el problema del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”

Ejecución:

Para tales efectos, los Países Miembros se comprometen a:

a) Realizar un seminario/taller subregional por año, dirigido a fortalecer la capacidad de todos los actores vinculados con la implementación de la Agenda Coordinada de Acción, con el fin de intercambiar ideas y revisar las metodologías acordadas. Dichos seminarios/talleres se celebrarán, sucesivamente, en cada uno de los Países Miembros y reunirán a participantes provenientes de los Puntos Focales Nacionales -Comité de Coordinación Nacional- y de la Secretaría General.

b) Aprovechar eficazmente el conocimiento y la experiencia acumulados para fortalecer la capacidad de los Puntos Focales Nacionales -Comité de Coordinación Nacional- y de la Secretaría General.

4.8 “Promover la cooperación subregional entre las instituciones nacionales responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción, así como con otras agencias e instituciones internacionales pertinentes, con el fin de combatir el crimen transnacional, incrementar la seguridad y fomentar la comprensión mutua entre las comunidades fronterizas. Dicha cooperación podría incluir, entre otras acciones, el fortalecimiento de las medidas de fomento de la confianza en la Subregión.”

EJECUCIÓN:

La Secretaría General realizará, en coordinación con los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, en un plazo máximo de seis meses a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, un seminario/taller subregional con el fin de identificar:

a) Los requerimientos de capacitación para la Subregión, los cuales podrían conducir a la realización de cursos de entrenamiento dirigidos a las autoridades nacionales responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación del presente Plan Andino y otras organizaciones internacionales pertinentes en las áreas de acción prioritarias.

b) Las zonas de frontera donde operan las instituciones nacionales e internacionales, con miras a promover la cooperación y la coordinación de los esfuerzos dirigidos a incrementar la seguridad.

Los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- implementarán, con el apoyo de la Secretaría General, los acuerdos alcanzados durante el seminario/taller.

4.9 “Propiciar el desarrollo de la capacidad de investigación a nivel subregional para apoyar a los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, mediante la puesta en marcha de programas de investigación, a mediano y largo plazo, sobre la materia.”

EJECUCIÓN:

En tal sentido los Países Miembros se comprometen a:

a) Promover e impulsar programas de investigación de largo plazo acerca de la dinámica de la proliferación de armas pequeñas y ligeras y sus efectos sobre la seguridad.

b) Propiciar la cooperación en materia de investigación entre los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, expertos, sector académico, institutos especializados, centros de investigación, así como de otros especialistas de la Subregión, incluidos el sector empresarial y la comunidad en general.

5. Control, Confiscación, Sanción, Distribución, Recolección y Destrucción

Los Países Miembros acordaron:

5.1 “Fortalecer la capacidad de las instituciones nacionales competentes para controlar las armas en posesión del Estado, a través de, entre otros, la verificación y actualización de sus registros y/o inventarios de armas pequeñas y ligeras.”

5.2 “Asegurar la estricta rendición de cuentas al organismo nacional competente y el seguimiento efectivo de todas las armas distribuidas y de propiedad del Estado.”

5.3 “Garantizar el almacenamiento seguro de las armas en posesión del Estado.”

5.4 “Establecer un mecanismo efectivo para el almacenamiento de las armas pequeñas y ligeras ilícitas confiscadas o recuperadas por el Estado, en espera del resultado de las investigaciones que las liberarán para su destrucción.”

5.5 “Identificar y destruir inventarios excedentes u obsoletos de armas pequeñas y ligeras en posesión del Estado.”

EJECUCIÓN:

La Secretaría General organizará, en coordinación con los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, en un plazo máximo de nueve meses a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, una reunión de expertos públicos y privados para definir los lineamientos de política dirigidos a garantizar un efectivo control, veeduría, almacenamiento seguro y destrucción o eliminación responsable de las armas pequeñas y ligeras de propiedad o en posesión del Estado. También se deberán establecer los lineamientos y procedimientos para asegurar que los excedentes de inventario de dicho armamento serán almacenados de manera segura, destruidos o eliminados en forma responsable.

Los Países Miembros establecerán, de conformidad con los acuerdos alcanzados durante la mencionada reunión, un mecanismo de verificación dirigido a asegurar el cabal cumplimiento de dichos lineamientos.

Los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y la Secretaría General deberán coordinar con las autoridades nacionales competentes el desarrollo de programas de fortalecimiento de sus capacidades, contratación de expertos y búsqueda conjunta de cooperación internacional para alcanzar los objetivos anteriormente mencionados.

5.6 “Garantizar y mantener actualizado el registro de importadores, comercializadores, intermediarios y armeros de armas pequeñas y ligeras, que permita el control de estos agentes y de sus operaciones comerciales en la Subregión, así como de las empresas de seguridad privada, mineras y otras que requieren el uso de armas pequeñas y ligeras para su normal operación y, las personas naturales.”

5.7 “Garantizar la estricta rendición de cuentas al organismo nacional competente y el control efectivo de todas las armas de propiedad, porte y tenencia de fabricantes, importadores, comercializadores, intermediarios, armeros y usuarios, incluidas las empresas de seguridad privada, mineras y otras que requieren el uso de armas pequeñas y ligeras para su normal operación y, las personas naturales.”

5.8 “Propiciar el trabajo conjunto entre las instituciones responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción y las comunidades locales, con el propósito de identificar y erradicar los almacenamientos ilegales de armas.”

5.9 “Promover programas voluntarios de entrega y recolección de armas.”

5.10 “Asegurar la destrucción de las armas ilícitas recolectadas o incautadas o, de considerarlo pertinente, su traspaso al Estado.”

5.11 “Promover programas de legalización de armas pequeñas y ligeras, con el propósito de incrementar y actualizar las bases de datos nacionales.”

EJECUCIÓN:

La Secretaría General convocará, en coordinación con los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, en un plazo máximo de nueve meses a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, a una reunión de autoridades competentes en la materia, dirigido a identificar e implementar alternativas viables para asegurar la estricta rendición de cuentas al organismo nacional competente y el control efectivo de todas las armas de propiedad, porte y tenencia de fabricantes, importadores, comercializadores, intermediarios, armeros y usuarios, personas jurídicas y naturales, mediante, entre otros, el registro y/o inventario, recolección, almacenamiento seguro, destrucción o eliminación responsable de armas pequeñas y ligeras.

Los Países Miembros establecerán, de conformidad con los acuerdos alcanzados durante la mencionada reunión, un mecanismo de verificación dirigido a asegurar el cabal cumplimiento de dichos lineamientos.

Los Países Miembros deberán garantizar la destrucción o el traspaso al Estado de las armas pequeñas y ligeras incautadas o capturadas. Asimismo deberán asegurar el trabajo conjunto de las autoridades nacionales responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación del presente Plan Andino con las comunidades locales, a fin de facilitar la remoción y destrucción de las armas pequeñas y ligeras voluntariamente entregadas, así como la detección de almacenamientos ilegales de éstas.

Los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y la Secretaría General deberán coordinar con las autoridades nacionales competentes el desarrollo de programas de fortalecimiento de sus capacidades, contratación de expertos y búsqueda conjunta de cooperación internacional dirigida a contribuir en la recolección, captura, incautación y destrucción o traspaso al Estado de las armas pequeñas y ligeras ilícitas.

6. Intercambio, Archivo y Actualización de la Información

Los Países Miembros acordaron:

6.1 “Difundir las políticas, legislación y reglamentos relacionados con las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”

6.2 “Promover el intercambio de información y la uniformidad de las bases de datos nacionales, a través de los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y la unidad responsable de la Secretaría General.”

EJECUCIÓN:

Los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- deberán asegurar que las políticas, legislación y reglamentos pertinentes son de conocimiento y acceso público, para lo cual remitirán, a su vez, copia de éstas a la Secretaría General. La Secretaría General, por su parte, publicará y difundirá un compendio subregional de las mismas.

Los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- serán los encargados de administrar el acceso a información contenida en las bases de datos nacionales. Para ello, se establecerá un mecanismo subregional dirigido a garantizar el intercambio, la actualización y la transmisión de información entre los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, la Secretaría General y los representantes de la sociedad civil, según corresponda.

6.3 “Fomentar, de considerarlo necesario, el intercambio de información entre dos o más Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y las instituciones nacionales responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de las leyes sobre, entre otros, los individuos, las organizaciones criminales y sus asociados, los tipos de armas pequeñas y ligeras, las fuentes, las rutas de distribución, los destinos, métodos de transporte y apoyo financiero de dichas organizaciones o individuos. El intercambio de información podrá enfocar, asimismo, actividades criminales como el terrorismo y el tráfico de drogas ilícitas vinculados con la materia.”

EJECUCIÓN:

La Secretaría General, en coordinación con los Comités de Coordinación Nacional

-Puntos Focales Nacionales- que lo consideren necesario, realizará un seminario/taller subregional dirigido a acordar mecanismos de intercambio de información confidencial sobre, entre otros, los individuos, las organizaciones criminales y sus asociados, los tipos de armas pequeñas y ligeras, las fuentes, las rutas de distribución, los destinos, métodos de transporte y apoyo financiero de dichas organizaciones o individuos y la difusión de dicha información. El seminario/taller también podrá estar dirigido a diseñar y proponer un sistema de reporte de información sobre actividades criminales, particularmente aquellas relacionadas con el terrorismo y el tráfico de drogas ilícitas vinculadas con la materia.

7. Conciencia Ciudadana

Los Países Miembros acordaron:

7.1 “Propiciar el desarrollo de una cultura de paz.”

7.2 “Diseñar e implementar programas de educación y de generación de conciencia ciudadana sobre el problema de las armas pequeñas y ligeras ilícitas, que involucren a todos los sectores de la sociedad.”

7.3 “Diseñar e implementar programas de educación y de generación de conciencia ciudadana sobre el manejo, almacenamiento y uso responsables de las armas de fuego.”

7.4 “Promover la cooperación y la inclusión de todos los sectores de la sociedad en la prevención, combate y erradicación de la problemática relacionada con las armas pequeñas y ligeras ilícitas.”

EJECUCIÓN:

Los Países Miembros se comprometen a promover programas nacionales de educación con el fin de reducir la demanda social de armas, de contribuir a su manejo responsable y de condenar la violencia. Dichos programas deberán incluir, pero no limitarse a, la ejecución de campañas de generación de conciencia ciudadana a través de los medios de comunicación audiovisuales y escritos.

Los Países Miembros deberán dar prioridad al apoyo a programas locales gubernamentales y no gubernamentales de generación de conciencia ciudadana que compartan los mismos objetivos e involucrar al sector privado en acciones y programas educativos a nivel nacional y subregional para la prevención y rechazo del crimen y de la corrupción vinculados con esta problemática.

Los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- realizarán anualmente un foro consultivo nacional dirigido a todos los sectores de la sociedad, a través de un debate libre y abierto en torno a la proliferación de armas pequeñas y ligeras y sus efectos en la sociedad, así como sobre la necesidad de combatir el terrorismo, la corrupción y el problema mundial de las drogas y los delitos relacionados vinculados con esta problemática.

ANEXO IV.

LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN ANDINO PARA LA PREVENCIÓN, COMBATE Y ERRADICACIÓN DEL TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS PEQUEÑAS Y LIGERAS EN TODOS SUS ASPECTOS.

Asistencia General

Los Países Miembros de la Comunidad Andina, tras aprobar su Agenda Coordinada de Acción y su Plan Operativo para la prevención, combate y erradicación del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, realizan el siguiente llamado a la comunidad internacional para que:

1. Observe el debido respeto a las agendas subregionales y regionales, sus prioridades, procesos e iniciativas.

2. Apoye activamente las iniciativas y procesos subregionales.

3. Asegure la vigencia de políticas transparentes y de controles estrictos sobre la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

4. Contribuya a mantener la vigencia, en el largo plazo, del compromiso de controlar y reducir la proliferación mundial de armas pequeñas y ligeras, combatir el terrorismo, la corrupción y el problema mundial de las drogas y los delitos relacionados.

5. Apoye el desarrollo de programas liderados por el sector empresarial y la sociedad civil en general, dirigidos a reducir el impacto social de las armas pequeñas y ligeras.

6. Coadyuve y promueva iniciativas de paz y aliente los esfuerzos dirigidos a prevenir, manejar y resolver los conflictos, así como a fomentar el desarrollo económico y social con el objetivo de largo plazo de alcanzar la paz, la estabilidad y el desarrollo sostenible.

7. Aliente la implementación efectiva de programas socio-económicos de lucha contra la pobreza, mejoramiento persistente de la calidad de vida y el desarrollo sostenible.

8. Promueva los principios, valores y prácticas democráticas.

Asistencia Técnica y Financiera

1. La Secretaría General coordinará la búsqueda conjunta de fuentes de cooperación y apoyo internacionales para asegurar la implementación de la Agenda Coordinada de Acción.

2. Se suscribirán acuerdos entre la Secretaría General o los Países Miembros y las fuentes internacionales de cooperación para el desarrollo de los proyectos e iniciativas en la materia.

3. En respaldo de la Agenda Coordinada de Acción, la comunidad internacional podría brindar la asistencia técnica y financiera necesaria para:

3.1 Seminarios/talleres, mesas redondas, reuniones y encuentros ministeriales.

3.2 Programas de capacitación nacionales y subregionales.

3.3 Operaciones conjuntas.

3.4 Establecer las bases de datos nacionales, los sistemas de comunicación, incluidos los equipos especializados, así como adelantar un proceso de armonización de los mismos, entre aquellos Países Miembros que lo estimen pertinente.

3.5 Promover y mantener, en el largo plazo, la capacidad de investigación en la Subregión.

3.6 Apoyar los programas de destrucción de armas pequeñas y ligeras incautadas o confiscadas y que se encuentren en posesión del Estado, así como de los excedentes de inventario que se consideren obsoletos.

3.7 Implementar programas dirigidos a incrementar el conocimiento y fomentar la generación de una conciencia ciudadana a nivel local, nacional y subregional en torno a la problemática de las armas pequeñas y ligeras; foros nacionales y subregionales de reflexión y debate; y, programas voluntarios de recolección de armas e iniciativas lideradas por la comunidad.

3.8 Incrementar la capacidad de respuesta de las autoridades nacionales competentes, los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y la Secretaría General.

3.9 Desarrollar programas para combatir el terrorismo, la corrupción y el problema mundial de las drogas y los delitos relacionados vinculados con esta problemática, así como para reducir la demanda y frenar la violencia y la proliferación de las armas pequeñas y ligeras ilícitas en todos sus aspectos.

Nota

Las instituciones nacionales que participarían en las actividades interinstitucionales realizadas por los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- podrían incluir, entre otras: Ministerio de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior o Gobierno, Justicia, Ministerio Público, el Poder Judicial, las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Policía, Autoridades Aduaneras y de Migraciones, así como los representantes de la sociedad civil.

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