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CIRCULAR EXTERNA 20204000000205 DE 2020

(abril 24)

Diario Oficial No. 51.295 de 24 de abril de 2020

SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

Para: Empresas de Vigilancia y Seguridad Privada, Cooperativas de Vigilancia y Seguridad Privada, Departamentos de Seguridad, y Transportadoras de Valores.

De:

Orlando Alfonso Clavijo Clavijo
Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada

Asunto:

Obligación de Registro y Actualización de Información en el Formato de Vehículos del Aplicativo de Reporte de Novedades de los Vigilados Renova.

Fecha:

24 de abril de 2020

El Superintendente de Vigilancia y seguridad Privada, en uso de sus facultades legales, y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Decreto Ley 356 de 1994 Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada” emite la presente circular dirigida los servicios de Vigilancia y Seguridad Privada.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 74 ibídem enuncia que los servicios de vigilancia y seguridad privada deben observar en el desarrollo de sus actividades ciertos principios, que a través de la colaboración con el ente de control en el recaudo de información operativa, se orientan a la salvaguarda de la seguridad ciudadana.

En su orden, el numeral 16 dispone: “Colaborar con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada en la labor de inspección, proporcionando toda la información operativa, administrativa y financiera que esta requiera para el desarrollo de sus funciones.”

El artículo 104 ibídem, señala: Información a La Autoridad. Salvo lo dispuesto en otros artículos una vez obtenida o renovada la licencia de funcionamiento, los servicios de vigilancia y seguridad privada deben llevar un registro actualizado y comunicar a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, las novedades que se presenten en materia de personal, armamento, equipo y demás medios utilizados, así como la relación de usuarios, indicando razón social y dirección. (…) La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada podrá establecer mecanismos ágiles que faciliten el suministro de esta información.”

Teniendo en cuenta las anteriores disposiciones, esta Superintendencia implementó un mecanismo ágil y eficiente para facilitar el suministro de información por parte de los servicios de vigilancia y seguridad privada, y estableció el aplicativo de reporte de novedades de los vigilados RENOVA, herramienta para intercambio fluido y en tiempo real de información con la Entidad, útil para la generación de estrategias en el ejercicio del control, inspección y vigilancia.

En ese orden, esta Entidad invita a empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada, departamentos de seguridad y empresas de transporte de valores, a registrar y actualizar la información como placa, tipo de vehículo, estado, etc., de los vehículos (automotores y motocicletas utilizados en el desarrollo de la actividad (supervisión y control), en el aplicativo de reporte de novedades de los vigilados RENOVA.

La presente circular rige a partir de su publicación a cargo del Secretario General de la entidad.

El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada,

Orlando A. Clavijo Clavijo.

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