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CIRCULAR EXTERNA 33 DE 2015

(abril 30)

Diario Oficial No. 49.501 de 4 de mayo de 2015

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 1 de 2021>

PARA: Operadores Portuarios, Sociedades Portuarias Regionales, Sociedades Portuarias de Servicio Público, Sociedades Portuarias de Servicio Privado, Sociedades Beneficiarias de Autorizaciones Temporales, Homologaciones y Licencias Portuarias, Portuarias Fluviales y Empresas de Transporte Fluvial.
Concesionarios Férreos, Operadores Férreos, Concesionarios Aeroportuarios, Concesionarios de Infraestructura Carretera, Terminales de Transporte Terrestre, Empresas de Transporte Aéreo, Empresas de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor habilitadas en el Radio de Operación Nacional (pasajeros, carga, especial y mixto), municipal, distrital o metropolitano (servicio individual y colectivo), Operadores de Transporte Masivo, Operadores de Transporte Multimodal (OTM), Empresas de Transporte por Cable, Organismos y Autoridades de Tránsito, Centros de Enseñanza Automovilística (CEA), Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC), Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), Centros Integrales de Atención (CIA), y Organismos Acreditadores y Certificadores y, en general, todas aquellas empresas que desarrollan actividad de Transporte Público.
DE: Superintendente de Puertos y Transporte
ASUNTO: Se amplía el plazo de registro de la certificación de ingresos brutos correspondiente al año 2014, derivados de la actividad de transporte, infraestructura, servicios conexos y complementarios que perciba el sujeto supervisado por la Superintendencia, en el software TAUX hasta el 30 de junio del 2015.

En uso de las facultades de Vigilancia, Inspección y Control asignadas a la Superintendencia de Puertos y Transporte en virtud de los Decretos 101 y 1016 de 2000, modificados por el Decreto 2741 de 2001, en cumplimiento del numeral 2, artículo 27 de la Ley 1ª de 1991 y del artículo 89 de la Ley 1450 de junio 16 de 2011, esta Superintendencia, mediante Circular Externa número 00000006 del 30 de enero de 2015, solicitó a la totalidad de los sujetos destinatarios de los fines misionales de vigilancia, inspección y control el registro de la certificación de ingresos brutos correspondiente al año 2014, en la página web de la Superintendencia de Puertos y Transporte www.supertransporte.gov.co, hasta el 30 de abril de 2015.

Con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación de registrar la información financiera y dado que se han presentado algunas intermitencias en nuestros sistemas, mediante la presente circular se amplía el plazo previsto con la Circular Externa No. 00000006 del 30 de enero de 2015, hasta el día 30 de junio de 2015.

La presente circular rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Abril 30 de 2015.

Cordialmente,

El Superintendente de Puertos y Transporte,

JAVIER ANTONIO JARAMILLO RAMÍREZ.

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