Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
CIRCULAR EXTERNA 2022151000000057-5 DE 2022
(octubre 21)
Diario Oficial No. 52.194 de 21 de octubre de 2022
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 2025500030000003-5 de 2025>
Para: | Entidades Territoriales y Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Subsidiado y Contributivo |
Para: | Entidades Territoriales y Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Subsidiado y Contributivo |
De: | Superintendencia Nacional de Salud |
Asunto: | Modificación y ampliación del plazo para el cargue de la información del resultado de la auditoría del aseguramiento y prestación de servicios correspondiente al primer semestre de la vigencia 2022 a través de la Guía de Auditoría y del Informe de Auditoría (Gaudi). |
Fecha: | 21-10-2022 |
I. ANTECEDENTES
La Superintendencia Nacional de Salud, a través de la Circular Externa número 2022151000000046-5 del 29 de abril de 2022, modificó y adicionó de forma excepcional la Circular número 001 del 9 de enero de 2020, en lo referente a las generalidades y a los periodos para la ejecución de las auditorías y los plazos para el cargue de la información en la herramienta tecnológica Gaudi por parte de las entidades territoriales.
La citada circular externa en las Tablas números 2 y 4 estableció los siguientes plazos para la ejecución y cargue de la información producto de la aplicación de la Guía de Auditoría y del Informe de Auditoría (Gaudi) a cargo de los departamentos, distritos y municipios y, en el caso del reporte correspondiente al primer semestre de la vigencia 2022, definió:
- Para departamentos y distritos:
Período objeto de auditoría | Plazos máximos para cargue de información |
Enero 1 de 2022 a junio 30 de 2022 | 31 de octubre de 2022 |
- Para municipios:
Período objeto de auditoría | Plazos para primer cargue de información por los municipios | Plazos para revisión de la información por el departamento | Plazos para ajustes a la información por los municipios | Plazos máximos para cargue de información avalada por el departamento. |
Enero 1 de 2022 a junio 30 de 2022 | Del 1 de agosto de 2022 al 15 de septiembre de 2022 | Del 16 a 30 de septiembre de 2022 | Del 1 a 15 octubre de 2022 | 31 de octubre de 2022 |
En el desarrollo de las auditorías por parte de las entidades territoriales del orden municipal, se han encontrado situaciones que han dificultado el cumplimiento de la ejecución de las auditorías en los plazos estipulados, entre otras, la relacionada con la suspensión de la operación de la herramienta tecnológica Gaudi teniendo en cuenta los mantenimientos realizados al mismo durante los días 25 al 29 de agosto de 2022 entre las 00:00 y 24:00 horas.
Adicionalmente, las entidades territoriales han elevado múltiples solicitudes a esta Superintendencia para que se amplíen los plazos del reporte de la información correspondiente al primer semestre 2022 en la herramienta tecnológica Gaudi.
En virtud de lo anterior y en aras de garantizar el cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia Nacional de Salud a través de la Circular número 001 de 2020 modificada y adicionada por la Circular Externa número 2022151000000046-5 de 2022, es necesario modificar y ampliar los plazos establecidos en esta última respecto del reporte de la información correspondiente al primer semestre de la vigencia 2022.
II. MODIFICACIONES
Primera. Modifíquese el acápite “VI. PLAZOS Y PERÍODOS DE AUDITORÍA” de la Circular Externa número 001 de 2020, el cual quedará así:
I. PLAZOS Y PERIODOS DE REPORTE DE AUDITORÍA
Los periodos objeto de auditoría y los plazos para el cargue de la información a través de la herramienta Gaudi por parte de las entidades territoriales a la Superintendencia Nacional de Salud serán las siguientes:
1. Para departamentos y distritos:
Tabla 1. Plazos para departamentos y distritos
Período objeto de auditoría | Plazos máximos para cargue de información |
Enero 1 a junio 30 | 30 de septiembre |
Julio 1 a diciembre 31 | 31 de marzo |
De manera excepcional, el periodo correspondiente a la vigencia 2021 y el primer semestre del año 2022 se realizará así:
Tabla 2. Plazos para departamentos y distritos excepcional
Período objeto de auditoría | Plazos máximos para cargue de información |
Enero 1 de 2021 a diciembre 31 de 2021 | 31 de julio de 2022 |
Enero 1 de 2022 a junio 30 de 2022 | 18 de noviembre de 2022 |
Para el periodo de auditoría del segundo semestre de 2022 y en adelante se reportará de acuerdo con lo estipulado en la Tabla 1.
2. Para municipios:
Tabla 3. Plazos para municipios
Período objeto de auditoría | Plazos para primer cargue de información por los municipios | Plazos para revisión de la información por el departamento | Plazos para ajustes a la información por los municipios | Plazos máximos para cargue de información avalada por el departamento |
Enero 1 a junio 30 | Julio 1 a agosto 15 | Agosto 16 a 31 | Septiembre 1 a 15 | 30 de septiembre |
Julio 1 a diciembre 31 | Enero 1 a febrero 15 | Febrero 16 a 28 | Marzo 1 a 15 | 31 de marzo |
El reporte del año 2021 y primer semestre de 2022 se presentará así:
Tabla 4. Plazos para municipios excepcional
Período objeto de auditoría | Plazos para primer cargue de información por los municipios | Plazos para revisión de la información por el departamento | Plazos para ajustes a la información por los municipios | Plazos máximos para cargue de información avalada por el departamento |
Enero 1 de 2021 a diciembre 31 de 2021 | Del 1 de mayo del 2022 al 15 de junio de 2022 | Del 16 a 30 de junio de 2022 | Del 1 a 15 julio de 2022 | 31 de julio de 2022 |
Enero 1 de 2022 a junio 30 de 2022 | Del 1 de agosto de 2022 al 27 de octubre de 2022 | Del 28 de octubre al 11 de noviembre de 2022 | Del 12 al 25 de noviembre de 2022 | 30 de noviembre de 2022 |
Para el periodo de auditoría del segundo semestre de 2022 y periodos siguientes se reportará de acuerdo con lo estipulado en la tabla 3.
III. VIGENCIA
La presente Circular rige a partir de su publicación y promulgación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente la Circular Externa número 001 de 2020, modificada previamente por la Circular Externa número 2022151000000046-5.
Dada en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2022.
El Superintendente Nacional de Salud,
Ulahy Beltrán López