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CIRCULAR EXTERNA 19 DE 2015
(noviembre 12)
Diario Oficial No. 49.694 de 12 de noviembre de 2015
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Para: | Representantes legales, miembros de Junta Directiva u órgano equivalente, revisores fiscales y profesionales de la Contaduría Pública de las entidades sometidas a inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud |
De: | Superintendente Nacional de Salud |
Asunto: | Solicitud Estado de situación financiera de apertura 1o de enero de 2015 proceso de convergencia a NIIF para Pymes - Grupo 2 |
Fecha: | 12 de noviembre de 2015 |
I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
La Ley 1314 de 2009 regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, señala las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y determina las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.
El artículo 6o de la referida ley establece que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, expedirán de manera conjunta, principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información.
A su vez, el artículo 10 ibídem dispuso, que “(…) en desarrollo de las funciones de inspección, control o vigilancia, corresponde a las autoridades de supervisión: 1. Vigilar que los entes económicos bajo inspección, vigilancia o control, así como sus administradores, funcionarios y profesionales de aseguramiento de información, cumplan con las normas en materia de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de información, y aplicar las sanciones a que haya lugar por infracciones a las mismas. 2. Expedir normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información. Estas actuaciones administrativas, deberán producirse dentro de los límites fijados en la Constitución, en la presente ley y en las normas que la reglamenten y desarrollen. (…)”.
Dicha ley fue reglamentada entre otros, por el Decreto 3022 de 2013, mediante el cual se estableció el marco técnico normativo de información financiera para los preparadores de información que integran el Grupo 2, dentro de los cuales se encuentran entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud. Este Decreto incorporó en el ordenamiento jurídico colombiano las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para las Pymes.
El numeral 6 del artículo 3o del referido decreto, establece que a partir del 1o de enero de 2016 cesará la aplicación de las normas contables vigentes (Decretos 2649 y 2650 de 1993 y demás normas contables) y comenzará, para todos los efectos, la aplicación del nuevo marco técnico normativo para las empresas del Grupo 2.
En ese sentido, el numeral 4 del artículo 3o del Decreto 3022 de 2013, define el período de transición para la aplicación del nuevo marco técnico normativo a las entidades que conforman el Grupo 2 en los siguientes términos: “… es el año anterior a la aplicación del nuevo marco técnico normativo durante el cual deberá llevarse la contabilidad para todos los efectos legales de acuerdo con la normatividad vigente al momento de la expedición del presente Decreto y, simultáneamente, obtener información de acuerdo con el nuevo marco normativo de información financiera, con el fin de permitir la construcción de información financiera que pueda ser utilizada para fines comparativos en los estados financieros en los que se aplique por primera vez el nuevo marco técnico normativo…”.
En cumplimiento de la anterior disposición, se hace necesario que la Superintendencia Nacional de Salud requiera a las entidades vigiladas que hacen parte del Grupo 2, con fundamento en la fecha de transición 1o de enero de 2015, la información financiera contenida en el numeral 3 artículo 3o del Decreto 3022 de 2013.
II. ANTECEDENTES
A través de la Circular 000012 del 6 de julio de 2015 la Superintendencia Nacional de Salud solicitó, a una muestra de las entidades vigiladas, el Estado de Situación Financiera de Apertura a 1o de enero de 2015 con el fin de realizar un proceso consultivo y de orientación en el proceso de convergencia a NIIF para Pymes- Grupo 2. Este proceso se llevó a cabo con el apoyo de expertos del Banco Mundial.
Una vez terminado el proceso de recepción, análisis de la información y de la realización del proceso de consulta, se procede a la solicitud de la información para las demás entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud que hacen parte del grupo dos.
III. INSTRUCCIONES
En consideración a lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009 y los artículos 6o y 7o del Decreto 2462 de 2013, imparte las siguientes instrucciones a las entidades clasificadas en el Grupo 2 definido en el Decreto 3022 de 2013, modificado por los Decretos 2129 y 2267 de 2014.
Las instrucciones de que trata la presente Circular Externa deberán ser de aplicación para aquellas entidades que no fueron requeridas por esta Superintendencia mediante la Circular 000012 del 6 de julio de 2015.
PRIMERA: Requerir a las entidades vigiladas por esta Superintendencia que se encuentren clasificadas dentro del Grupo 2, con corte al 1o de enero de 2015 la presentación del Estado de Situación Financiera de apertura preparado bajo el nuevo marco normativo definido en el Decreto 3022 de 2013, modificado por los Decretos 2129 y 2267 de 2014.
La presentación de esta información comprende el envío de lo siguiente:
1. Archivo Tipo 180 Datos Generales.
2. Archivo Tipo 181 Estado de Situación Financiera de Apertura.
3. Archivo Tipo 182 Estado de Situación Financiera de Apertura Consolidado.
4. Archivo Tipo 183 Conciliación Patrimonial saldos PCGA anteriores – Saldo NIIF para las Pymes.
5. Archivo Tipo 184 Conciliación Patrimonial Consolidado saldos PCGA anteriores – Saldo NIIF para las Pymes.
6. Archivo Tipo 185 Políticas Contables y Revelaciones.
A excepción de lo permitido en el párrafo 9.3 de las NIIF para las Pymes, una entidad controladora presentará los Archivos tipo 182 Estado de Situación Financiera de Apertura Consolidado y Archivo tipo 181 Estado de Situación Financiera de Apertura para reportar el Separado. Así mismo en aplicación del párrafo 9.25 de las NIIF para las Pymes, aquella entidad que no sea controladora pero sea una inversora en una asociada o tenga una participación en un negocio conjunto también puede elegir presentar estados financieros separados.
Los Estados Financieros Individuales serán reportados por las entidades que no tienen inversiones en la cual tenga la condición de asociada, negocio conjunto o controladora. Estas entidades reportarán el Archivo tipo 181 Estado de Situación Financiera de Apertura.
SEGUNDA: REPORTE DE LA INFORMACIÓN. Para efectos de reportar la información señalada en la instrucción Primera, las entidades deberán:
1. Realizar el cargue, a través del portal de la Superintendencia Nacional de Salud www.supersalud.gov.co en el Link “Recepción Datos Vigilados” seleccionando la opción “Adopción por primera vez grupo 2” reportando en archivo plano los siguientes formatos:
1. Archivo Tipo 180 Datos Generales.
2. Archivo Tipo 181 Estado de Situación Financiera de Apertura (aplica para el Estado de Situación Financiera de Apertura Individual y Separado).
3. Archivo Tipo 182 Estado de Situación Financiera de Apertura Consolidado.
4. Archivo Tipo 183 Conciliación Patrimonial saldos PCGA anteriores – Saldo NIIF para las Pymes.
5. Archivo Tipo 184 Conciliación Patrimonial Consolidado saldos PCGA anteriores – Saldo NIIF para las Pymes.
2. La entidad deberá reportar un archivo con extensión .PDF, las políticas contables para el proceso de adopción por primera vez y las políticas contables permanentes, de acuerdo al marco técnico normativo para los preparadores de información financiera para Pymes Grupo 2. El documento reportado con las políticas contables debe contener la siguiente estructura:
-- Información general de la entidad reportante.
-- Bases de elaboración y políticas contables específicas utilizadas en la apertura y permanentes.
-- Revelaciones.
El cargue de este archivo se realizará a través del portal de la Superintendencia Nacional de Salud www.supersalud.gov.co en el Link “Recepción Datos Vigilados”, a través de la opción “Adopción por Primera Vez Grupo 2” con la siguiente denominación:
Archivo Tipo 185 Políticas Contables y Revelaciones
El cargue de la información a que hace referencia la presente instrucción, deberá estar respaldado con la firma digital del Representante Legal y el Contador Público de la entidad.
Para efectos del cargue de la información, se atenderán las inquietudes a partir del 17 de noviembre de 2015 en la línea telefónica 4817000 extensiones: 13104 – 13006 – 13005 13202 – 14104 – 14203 – 14006 y al correo electrónico: soporteesfagrupo2@supersalud.gov.co
Con el objetivo de facilitar el diligenciamiento y cargue de la información solicitada, la Superintendencia Nacional de Salud dispondrá a través del portal www.supersalud.gov.co / Información NIIF/Información relacionada, el documento denominado “Instrucciones y orientación proceso de diligenciamiento y cargue Adopción por Primera Vez Grupo 2 NIIF para las Pymes”, donde las entidades podrán descargar las plantillas diseñadas en formato Excel, las cuales contienen las respectivas fórmulas y validaciones para los archivos tipo relacionados a continuación:
1. Archivo Tipo 180 Datos Generales.
2. Archivo Tipo 181 Estado de Situación Financiera de Apertura (aplica para el Estado de Situación Financiera de Apertura Individual y Separado).
3. Archivo Tipo 182 Estado de Situación Financiera de Apertura Consolidado.
4. Archivo Tipo 183 Conciliación Patrimonial saldos PCGA anteriores – Saldo NIIF para las Pymes.
5. Archivo Tipo 184 Conciliación Patrimonial Consolidado saldos PCGA anteriores – Saldo NIIF para las Pymes.
Una vez diligenciadas las plantillas en el archivo Excel podrá convertirlos en archivos con extensión .CSV y continuar con el proceso de cargue a través del portal de la Superintendencia Nacional de Salud.
TERCERA: PLAZO. A partir del 30 noviembre de 2015 y a más tardar hasta el 11 de diciembre de 2015, las entidades podrán realizar el cargue de información señalado en la Segunda instrucción de esta Circular Externa a través del portal habilitado por la Superintendencia Nacional de Salud.
CUARTA: VIGENCIA. La presente Circular Externa rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
12 de noviembre de 2015.
El Superintendente Nacional de Salud,
NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ.
ARCHIVO TIPO 180
Datos Generales
Nombre del archivo: NITDVMESANO180.TXT
Campo | Dato | Descripción | Longitud máxima | Registro permitido |
1 | NIT | Número de NIT sin dígito de verificación de la empresa reportante | 16 | Numérico |
2 | Dígito verificación | Número del dígito de verificación del NIT de la entidad | 1 | Numérico |
3 | Tipo de archivo | Escriba 180 | 3 | Numérico |
4 | Entidad | Sigla o nombre abreviado que identifica la razón social | 100 | Alfanumérico |
5 | Código departamento | Código del departamento de domicilio de la entidad reportante | 2 | Tabla de división político administrativa DANE |
6 | Código municipio | Código del municipio de domicilio de la entidad reportante | 5 | Tabla de división político administrativa DANE |
7 | Dirección del domicilio | Domicilio principal de la entidad reportante | 150 | Alfanumérico |
8 | Nombre del representante legal | Apellidos y nombre del representante legal | 100 | Alfanumérico |
9 | Tipo de documento | Tipo de documento de identificación del representante legal | 2 | Texto Registre el que corresponda de las siguientes opciones: CC=Cédula de ciudadanía CE=Cédula de extranjería OT=Otra/Otro |
10 | Identificación del representante legal | Número de documento de identificación del representante legal | 16 | Alfanumérico |
11 | Correo electrónico del representante legal | Dirección de correo electrónico del representante legal | 100 | Alfanumérico |
12 | Nombre del contador público | Apellidos y nombres del contador público | 100 | Alfanumérico |
13 | Tipo de documento | Tipo de documento de identificación del contador público | 2 | Texto Registre el que corresponda de las siguientes opciones: CC=Cédula de ciudadanía CE=Cédula de extranjería OT=Otra/Otro |
14 | Identificación del contador público | Documento de identificación del contador público | 16 | Alfanumérico |
15 | Tarjeta profesional del contador público | Número de la tarjeta profesional del contador público | 20 | Alfanumérico |
16 | Correo electrónico del contador público | Dirección de correo electrónico del contador público | 100 | Alfanumérico |
17 | Nombre del revisor fiscal | Apellidos y nombres del revisor fiscal | 100 | Alfanumérico |
18 | Tipo de documento | Tipo de documento de identificación del revisor fiscal | 2 | Texto Registre el que corresponda de las siguientes opciones: CC=Cédula de ciudadanía CE=Cédula de extranjería OT=Otra/Otro |
19 | Identificación del revisor fiscal | Documento de identificación del revisor fiscal | 16 | Alfanumérico |
Campo | Dato | Descripción | Longitud máxima | Registro permitido |
20 | Tarjeta profesional del revisor fiscal | Número de la tarjeta profesional del revisor fiscal | 20 | Alfanumérico |
21 | Correo electrónico del revisor fiscal | Dirección de correo electrónico del revisor fiscal | 100 | Alfanumérico |
ARCHIVO TIPO 181
Estado de Situación Financiera de Apertura
Nombre del archivo: NITDVMESANO181.TXT | MILES DE $ | |||
Campo | Dato | Descripción | Longitud máxima | Registro permitido |
1 | NIT | Número de NIT sin dígito de verificación de la empresa reportante | 16 | Numérico |
2 | Dígito verificación | Número del dígito de verificación del NIT de la entidad | 1 | Numérico |
3 | Tipo de archivo | Escriba 181 | 3 | Numérico |
4 | Tipo de informe elaborado | Tipo de Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA) a presentar | 3 | EFS = Estado Financiero Separado EFI = Estado Financiero Individual |
5 | Concepto taxonomía NIIF para las Pymes | Corresponde al numeral asignado en la Tabla de Taxonomía ESFA para cada denominación o concepto definido en la NIIF para las Pymes, adaptada al español en la versión del año 2014 | 3 | Ver Tabla de Taxonomía ESFA |
6 | Reclasificaciones por convergencia a NIIF para las Pymes - débitos | Corresponde al traslado de un concepto del anterior marco contable a los conceptos bajo NIIF Pymes sin diferencia de valor. Este proceso no afecta la cuenta del patrimonio “Ganancias Acumuladas” | 15 | Numérico |
7 | Reclasificaciones por convergencia a NIIF para las Pymes - créditos | Corresponde al traslado de un concepto del anterior marco contable a los conceptos bajo NIIF Pymes sin diferencia de valor. Este proceso no afecta la cuenta del patrimonio “Ganancias Acumuladas” | 15 | Numérico |
8 | Ajustes por errores en PCGA anteriores débitos | Corresponde al valor de los ajustes de naturaleza débito, derivados de los errores evidenciados en la aplicación del anterior marco normativo | 15 | Numérico |
9 | Ajustes por errores en PCGA anteriores créditos | Corresponde al valor de los ajustes de naturaleza crédito, derivados de los errores evidenciados en la aplicación del anterior marco normativo | 15 | Numérico |
10 | Ajustes por convergencia a NIIF para las Pymes - débitos | Corresponde al valor de los ajustes de naturaleza débito efectuados, para incorporar activos bajo el nuevo marco normativo, darlos de baja o eliminarlos, si la norma lo permite y valorarlos o medirlos de acuerdo con los nuevos requerimientos y políticas definidas. La contrapartida de estos ajustes será contra la cuenta de patrimonio “Ganancias Acumuladas” | 15 | Numérico |
11 | Ajustes por convergencia a NIIF para las Pymes - créditos | Corresponde al valor de los ajustes de naturaleza crédito efectuados, para incorporar activos bajo el nuevo marco normativo, darlos de baja o eliminarlos, si la norma lo permite y valorarlos o medirlos de acuerdo con los nuevos requerimientos y políticas definidas. La contrapartida de estos ajustes será contra la cuenta de patrimonio “Ganancias Acumuladas” | 15 | Numérico |
12 | Saldos NIIF para las Pymes - Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA) al 1o de enero de 2015 | Corresponde a los saldos contables obtenidos en el Estado de Situación Financiera de apertura, tras la realización de las reclasificaciones y ajustes a los saldos contables medidos y reconocidos con los PCGA anteriores | 15 | Numérico |
ARCHIVO TIPO 182
Estado de Situación Financiera de Apertura Consolidado
Nombre del archivo: NITDVMESANO182.TXT | MILES DE $ | |||
Campo | Dato | Descripción | Longitud máxima | Registro permitido |
1 | NIT | Número de NIT sin dígito de verificación de la empresa reportante | 16 | Numérico |
2 | Dígito verificación | Número del dígito de verificación del NIT de la entidad | 1 | Numérico |
3 | Tipo de archivo | Escriba 182 | 3 | Numérico |
4 | Tipo de informe elaborado | Tipo de Estado de Situación Financiera de apertura - ESFA a presentar | 3 | EFC = Estado Financiero Consolidado |
5 | Concepto taxonomía NIIF para las Pymes | Corresponde al numeral asignado en la Tabla de Taxonomía ESFA para cada denominación o concepto definido en la NIIF para las Pymes, adaptada al español en la versión del año 2014 | 3 | Ver Tabla de Taxonomía ESFA |
6 | Reclasificaciones por convergencia a NIIF para las Pymes - débitos | Corresponde al traslado de un concepto del anterior marco contable a los conceptos bajo NIIF Pymes sin diferencia de valor. Este proceso no afecta la cuenta del patrimonio “Ganancias Acumuladas” | 15 | Numérico |
Nombre del archivo: NITDVMESANO182.TXT | MILES DE $ | |||
Campo | Dato | Descripción | Longitud máxima | Registro permitido |
7 | Reclasificaciones por convergencia a NIIF para las Pymes - créditos | Corresponde al traslado de un concepto del anterior marco contable a los conceptos bajo NIIF Pymes sin diferencia de valor. Este proceso no afecta la cuenta del patrimonio “Ganancias Acumuladas” | 15 | Numérico |
8 | Ajustes por errores en PCGA anteriores débitos | Corresponde al valor de los ajustes de naturaleza débito, derivados de los errores evidenciados en la aplicación del anterior marco normativo | 15 | Numérico |
9 | Ajustes por errores en PCGA anteriores créditos | Corresponde al valor de los ajustes de naturaleza crédito, derivados de los errores evidenciados en la aplicación del anterior marco normativo | 15 | Numérico |
10 | Ajustes por convergencia a NIIF para las Pymes - débitos | Corresponde al valor de los ajustes de naturaleza débito efectuados, para incorporar activos bajo el nuevo marco normativo, darlos de baja o eliminarlos, si la norma lo permite y valorarlos o medirlos de acuerdo con los nuevos requerimientos y políticas definidas. La contrapartida de estos ajustes será contra la cuenta de patrimonio “Ganancias Acumuladas” | 15 | Numérico |
11 | Ajustes por convergencia a NIIF para las Pymes - créditos | Corresponde al valor de los ajustes de naturaleza crédito efectuados, para incorporar activos bajo el nuevo marco normativo, darlos de baja o eliminarlos, si la norma lo permite y valorarlos o medirlos de acuerdo con los nuevos requerimientos y políticas definidas. La contrapartida de estos ajustes será contra la cuenta de patrimonio “Ganancias Acumuladas” | 15 | Numérico |
12 | Saldos NIIF para las Pymes - Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA) al 1o de enero de 2015 | Corresponde a los saldos contables obtenidos en el Estado de Situación Financiera de apertura, tras la realización de las reclasificaciones y ajustes a los saldos contables medidos y reconocidos con los PCGA anteriores | 15 | Numérico |
Archivo Tipo 183
Conciliación Patrimonial saldos PCGA anteriores -Saldo NIIF para las Pymes
Nombre del archivo: NITDVMESANO183.TXT | MILES DE $ | |||
Campo | Dato | Descripción | Longitud máxima | Registro permitido |
1 | NIT | Número de NIT sin dígito de verificación de la empresa reportante | 16 | Numérico |
2 | Dígito verificación | Número del dígito de verificación del NIT de la entidad | 1 | Numérico |
3 | Tipo de archivo | Escriba 183 | 3 | Numérico |
4 | Tipo de informe elaborado | Tipo de Estado de Situación Financiera de apertura - ESFA a presentar | 3 | EFS = Estado Financiero Separado EFI = Estado Financiero Individual |
5 | Concepto conciliación patrimonial saldos contables PCGA anteriores frente a NIIF para las Pymes | Corresponde al numeral asignado en la Tabla de Conciliación Patrimonial saldos PCGA anteriores - Saldo NIIF para las Pymes, para cada concepto de la conciliación patrimonial | 3 | Ver Tabla de Conciliación Patrimonial saldos PCGA anteriores -Saldo NIIF para las Pymes |
6 | Valor | Valor correspondiente a cada concepto de la conciliación patrimonial al comparar el saldo contable de PCGA anteriores al 31 de diciembre de 2014 frente a la NIIF para las Pymes al 1o de enero de 2015 | 15 | Numérico |
7 | Explicación del ajuste | Indique una breve explicación del ajuste para cada uno de los conceptos del campo 5 por efecto de los ajustes tanto en activos como en pasivos tras la aplicación del nuevo marco normativo | 200 | Alfanumérico |
Archivo Tipo 184
Conciliación Patrimonial Consolidado saldos PCGA anteriores - Saldo NIIF para las Pymes
Nombre del archivo: NITDVMESANO184.TXT | MILES DE $ | |||
Campo | Dato | Descripción | Longitud máxima | Registro permitido |
1 | NIT | Número de NIT sin dígito de verificación de la empresa reportante | 16 | Numérico |
2 | Dígito verificación | Número del dígito de verificación del NIT de la entidad | 1 | Numérico |
3 | Tipo de archivo | Escriba 184 | 3 | Numérico |
4 | Tipo de informe elaborado | Tipo de Estado de Situación Financiera de apertura - ESFA a presentar | 3 | EFC = Estado Financiero Consolidado |
5 | Concepto conciliación patrimonial saldos contables PCGA anteriores frente a NIIF para las Pymes | Corresponde al numeral asignado en la Tabla de Conciliación Patrimonial saldos PCGA anteriores - Saldo NIIF para las Pymes, para cada concepto de la conciliación patrimonial | 3 | Ver Tabla de Conciliación Patrimonial saldos PCGA anteriores -Saldo NIIF para las Pymes |
6 | Valor | Valor correspondiente a cada concepto de la conciliación patrimonial al comparar el saldo contable de PCGA anteriores al 31 de diciembre de 2014 frente a la NIIF para las Pymes al 1o de enero de 2015 | 15 | Numérico |
7 | Detalle del ajuste | Indique una breve explicación del ajuste para cada uno de los conceptos del campo 5 por efecto de los ajustes tanto en activos como en pasivos tras la aplicación del nuevo marco normativo | 200 | Alfanumérico |
Tabla de Conciliación Patrimonial Saldos PCGA Anteriores -Saldo NIIF para las Pymes
Registro | Concepto |
5 | Saldo del patrimonio PCGA anteriores 31/12/2014 |
10 | Total Incremento (disminución) de Activos |
15 | Ajuste a valor razonable de cuentas por cobrar |
16 | Ajuste a valor razonable de otros activos financieros diferentes de cuentas por cobrar |
20 | Ajuste deterioro de cuentas por cobrar |
25 | Ajuste a costo amortizado de activos financieros |
30 | Ajuste de otros instrumentos financieros a valor razonable |
35 | Ajuste de inversiones en subsidiarias, negocios conjunto y asociadas al valor razonable como costo atribuido |
40 | Ajuste de inversiones en subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos al costo |
45 | Ajuste deterioro de valor de inversiones en subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos |
50 | Ajuste por instrumentos financieros derivados |
55 | Ajuste de inventarios a valor neto de realización menos costo de la venta |
60 | Ajuste deterioro de valor de propiedades, planta y equipo |
65 | Ajuste de propiedades, planta y equipo a costo |
70 | Ajuste de propiedades, planta y equipo a valor razonable como costo atribuido |
75 | Ajuste reconocimiento de arrendamientos financieros |
80 | Ajuste deterioro de valor de intangibles |
85 | Ajuste de intangibles a costo |
90 | Ajuste de intangibles a valor razonable como costo atribuido |
95 | Ajuste contratos de concesión |
100 | Ajuste de intangibles que no cumplen criterios de reconocimiento |
105 | Ajuste crédito mercantil |
110 | Ajuste deterioro de valor de propiedades de inversión |
115 | Ajuste de propiedades de inversión a costo |
120 | Ajuste de propiedades de inversión a valor razonable como costo atribuido |
130 | Ajuste a valor razonable menos costos de venta de activos biológicos |
135 | Ajuste en el costo de intangibles |
140 | Ajuste reconocimiento de activos por impuesto diferido |
145 | Ajuste por baja de activos contingentes |
150 | Otros |
155 | Total Incremento (disminución) de Pasivos |
160 | Ajuste a Valor razonable de cuentas por pagar |
161 | Ajuste a Valor razonable de otros pasivos financieros |
165 | Ajuste a costo amortizado de otros pasivos financieros |
170 | Ajuste de partidas por amortizar de pasivos pensionales |
175 | Ajuste de reconocimiento de cálculos actuariales pasivos pensionales y otros pasivos a largo plazo |
180 | Ajuste por reconocimiento de contratos onerosos |
185 | Ajuste a provisiones de litigios u otras estimaciones-implícitas o legales |
190 | Ajuste reconocimiento de pasivos por impuestos diferidos |
195 | Ajuste por baja de pasivos contingentes |
200 | Modificación en Otros Pasivos |
205 | Total modificación por Efecto de errores en aplicación de PCGA anteriores (neto) |
210 | Aumentos (disminuciones) por errores PCGA Anteriores en activos (neto) |
215 | Disminuciones (Aumentos) por errores PCGA Anteriores en pasivos (neto) |
220 | Saldo del patrimonio NIIF para las Pymes |
225 | Variación absoluta ($) |
Tabla de Taxonomía ESFA
Registro | Concepto |
5 | Efectivo y equivalentes al efectivo |
10 | Cuentas comerciales por cobrar y otras cuentas por cobrar corrientes |
15 | Inventarios corrientes |
20 | Activos por impuestos corrientes, corriente |
25 | Activos biológicos corrientes, al costo menos depreciación acumulada y deterioro de valor |
30 | Activos biológicos corrientes, al valor razonable |
35 | Otros activos financieros corrientes |
40 | Otros activos no financieros corrientes |
45 | Activos corrientes |
50 | Propiedades, planta y equipo |
55 | Propiedad de inversión |
60 | Plusvalía |
Registro | Concepto |
65 | Activos intangibles distintos de la plusvalía |
70 | Inversiones en asociadas |
75 | Inversiones en negocios conjuntos |
80 | Activos biológicos no corrientes, al costo menos depreciación acumulada y deterioro del valor |
85 | Activos biológicos no corrientes, al valor razonable |
90 | Cuentas comerciales por cobrar y otras cuentas por cobrar no corrientes |
95 | Inventarios no corrientes |
100 | Activos por impuestos diferidos |
105 | Activos por impuestos corrientes, no corriente |
110 | Otros activos financieros no corrientes |
115 | Otros activos no financieros no corrientes |
120 | Activos no corrientes |
125 | Activos |
130 | Provisiones corrientes por beneficios a los empleados |
135 | Otras provisiones corrientes |
140 | Disposiciones actuales |
145 | Cuentas por pagar comerciales y otras cuentas por pagar |
150 | Pasivos por impuestos corrientes, corriente |
155 | Otros pasivos financieros corrientes |
160 | Préstamos corrientes |
165 | Parte corriente de préstamos no corrientes |
170 | Otros pasivos no financieros corrientes |
175 | Pasivos corrientes |
180 | Provisiones no corrientes por beneficios a los empleados |
185 | Otras provisiones no corrientes |
190 | Provisiones no corrientes |
195 | Cuentas comerciales por pagar y otras cuentas por pagar no corrientes |
200 | Pasivo por impuestos diferidos |
205 | Pasivos por impuestos corrientes, no corriente |
210 | Otros pasivos financieros no corrientes |
215 | Parte no corriente de préstamos no corrientes |
220 | Otros pasivos no financieros no corrientes |
225 | Pasivos no corrientes |
230 | Pasivos |
235 | Capital emitido |
240 | Ganancias acumuladas |
245 | Prima de emisión |
250 | Acciones propias en cartera |
255 | Inversión suplementaria al capital asignado |
260 | Otras participaciones en el patrimonio |
265 | Otras reservas |
270 | Patrimonio atribuible a los propietarios de la controladora |
275 | Participaciones no controladoras |
280 | Patrimonio |
285 | Patrimonio y pasivos |