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CIRCULAR 65 DE 2009

(octubre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

DE: PROCURADOR GENERAL DE LA NACION.

PARA: ALCALDES MUNICIPALES Y DISTRITALES.

ASUNTO: RECURSOS DE GRATUIDAD DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES.

El Procurador General de la Nación, en aplicación de las disposiciones constitucionales previstas en los artículos 118, 277 y 278 de la Constitución Política de Colombia, que le confieren funciones preventivas, de intervención y disciplinarias, descritas en el Decreto Ley 262 de 2000 y Ley 734 de 2002, y teniendo en cuenta la defensa de los derechos fundamentales, defensa del patrimonio público y la lucha contra la corrupción, REQUIERE a las autoridades municipales y distritales, en el siguiente sentido:

Teniendo en cuenta que los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) de Gratuidad, están orientados a apoyar el acceso y permanencia de los estudiantes de los niveles I y II del SISBEN, en situación de desplazamiento, Indígenas y con necesidades educativas especiales, la Procuraduría General de la Nación, se permite RECORDAR, la obligación de girar de manera inmediata los recursos de Gratuidad de los establecimientos educativos beneficiados, de conformidad con la matrícula reconocida, la cual fue remitida a cada Alcaldía por la Oficina Asesora de Planeación y Finanzas del Ministerio de Educación Nacional y publicada en la página WEB www.mineducacion.qov.co.

Igualmente, tener en cuenta, la obligatoriedad de remitir al Departamento y al Ministerio de Educación Nacional la información sobre los giros realizados, de conformidad con la Circular 05 de 2009, emitida por el Ministerio de Educación Nacional, con el fin de orientar a las entidades territoriales en el manejo y destinación de estos recursos.

Por consiguiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único, el incumplimiento de los deberes por parte de los servidores públicos, constituye FALTA GRAVISIMA.

En este sentido, hago un llamado a los Alcaldes Municipales y Distritales, para que se verifique el estado de cumplimiento de lo requerido por el Ministerio de Educación Nacional.

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO

Procurador General de la Nación

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