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CIRCULAR 95 DE 2023

(diciembre 29)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DEL TRABAJO

Bogotá D.C.,

PARA:DIRECTORES, JEFES DE OFICINA, SUBDIRECTORES, DIRECTORES TERRITORIALES, SERVIDORES PÚBLICOS VINCULADOS CON NOMBRAMIENTO PROVISIONAL
DE:SECRETARIO GENERAL
ASUNTO:Valoración laboral de servidores públicos provisionales II semestre y anual 2023 - Concertación de 2024.

Atendiendo lo dispuesto en la Resolución No. 4493 del 1 de noviembre de 2016, se debe realizar la valoración de los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados de los servidores públicos vinculados con nombramiento provisional en el Ministerio del Trabajo, para el Segundo Semestre periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2023, consolidar la Valoración Anual para la vigencia 2023 y Concertar objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados para la vigencia 2024.

La valoración de los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados de los servidores públicos vinculados con nombramiento provisional, tiene como finalidad implementar acciones de mejoramiento en el desempeño laboral individual e institucional, que permitan a la Entidad, en el marco del Sistema Integrado de Gestión, optimizar la gestión administrativa y misional, para brindar productos y servicios que respondan a las necesidades y expectativas de los ciudadanos.

El procedimiento para la valoración de los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados se realiza de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Fecha de Evaluación: La fecha límite para la valoración es el 15 de enero de 2024.

2. Metodología: Es una labor conjunta en la cual el evaluador deberá valorar los resultados y aportes en el ejercicio laboral de los servidores públicos vinculados con nombramiento provisional.

3. Evaluadores: La evaluación la realizará:

- El Secretario General - Director - Jefe de Oficina - Subdirector - Director Territorial, según corresponda.

- Los Conductores serán evaluados por el Subdirector Administrativo y Financiero del Ministerio.

4. Componentes de la Valoración 2023

4.1 Valoración del SEGUNDO SEMESTRE de los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados, periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2023.

- Valoración de los compromisos laborales

En el Formato de Valoración, debe registrarse el Porcentaje (%) de cumplimiento alcanzado por cada compromiso laboral. - La sumatoria de todos los porcentajes debe ser de máximo 50%.

En la columna de observaciones se registran las evidencias del desempeño, que permitan la verificación del cumplimiento.

- Valoración de la competencia comportamental y conducta asociada

Previo el análisis correspondiente del evaluador, se registra con una (X) si la Competencia es una fortaleza o una competencia por mejorar.

- Comunicación de la Valoración Semestral del 1 de julio al 31 de diciembre de 2023

La Valoración SEMESTRAL, será COMUNICADA por el evaluador en constancia se firma en la casilla del Formato de Valoración - Esta evaluación NO Tiene Recursos. . .

4.2 Valoración ANUAL de los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

Es la CONSOLIDACION de todas las Valoraciones que se han tenido durante el año 2023.

En el Formato de Valoración, debe registrarse el Porcentaje (%) de cumplimiento alcanzado en el año 2023 por cada compromiso laboral.

Corresponde a la suma de las dos Valoraciones semestrales, o de todas las parciales eventuales, y la realiza el Evaluador a 31 de diciembre de 2023.

En la columna de observaciones se registran las evidencias del desempeño, que permitan la verificación del cumplimiento de lo pactado y/o la entrega de productos o resultados por el evaluado.

En el Formato de Valoración, se evalúa la competencia comportamental y conducta asociada.

Previo el análisis correspondiente del evaluador, se registra con una (X) si la Competencia es una fortaleza o una competencia por mejorar.

- Calificación Negociadores Sindicales

La Resolución No. 2363 del 19 de julio de 2023, adopta los acuerdos sindicales consolidados en el acta de cierre de negociación de fecha 11 de julio de 2023, que en su artículo cuarto reglamentó:

"ARTÍCULO 4. CALIFICACIÓN NEGOCIADORES. El Ministerio del Trabajo con el fin de no afectar las calificaciones para los servidores públicos de carrera y valoración para los servidores públicos nombrados en provisionalidad, de la comisión negociadora durante el periodo de negociación les dará la calificación máxima como complemento de la circular 038 y 049 de 2021 para la vigencia 2023 - 2025".

- Calificación de miembros de comités: COPASST, Comité de Convivencia, Brigada de Emergencia y Grupo de Apoyo de Bienestar y Comisión de Personal.

Los servidores públicos que pertenezcan a los siguientes comités: COPASST, Comité de Convivencia, Brigada de Emergencia y Grupo de Apoyo de Bienestar y Comisión de Personal, tendrán un compromiso laboral por el desempeño de dicha actividad que tendrá un porcentaje equivalente al Quince (15%) por ciento del total de compromisos laborales.

Al momento de la valoración de desempeño laboral semestral o anual, se otorgará, por parte del evaluador, un cien (100%) en el cumplimiento sobre el compromiso pactado en el artículo anterior, siempre y cuando asista a todas las sesiones del año.

4.3. Notificación de la Valoración Anual del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023

La Valoración ANUAL será NOTIFICADA por el evaluador, en constancia se firma en la casilla del Formato de Valoración - Esta evaluación Tiene Recursos.

Los responsables de evaluar deben hacerlo dentro de los plazos establecidos, los servidores públicos objeto de evaluación tienen la obligación de solicitarla, dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento del plazo previsto para evaluar.

Las evidencias del desempeño podrán ser aportadas por el evaluador o el evaluado y junto con los antecedentes que se elaboren para obtener la calificación anual, se conservarán en el archivo de gestión de cada dependencia de acuerdo con las tablas de retención documental.

4.4. Recursos contra la Valoración anual del 2023

Los niveles de calificación ya sea, insatisfactorio, bueno o destacado solamente aplican a la Valoración Anual. Lo anterior, obedeciendo a que la Valoración semestral es un estado de avance de los compromisos del servidor público.

Los recursos en contra de esta calificación se presentarán y tramitarán en los términos dispuestos por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA, ley 1437 de 2011.

5. CONCERTACIÓN 2024 de los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados de los servidores públicos vinculados con nombramiento provisional en el Ministerio del Trabajo

Acorde con la Resolución No. 4493 del 1 de noviembre de 2016, el procedimiento para la valoración de los servidores públicos vinculados con nombramiento provisional se inicia con la Etapa de Concertación de los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados, que van a ser desarrollados durante cada vigencia.

Esta actividad se desarrollará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

- La fecha límite para la Concertación es el 15 de enero de 2024

- Esta etapa será realizada de manera concertada por el Jefe Inmediato y el Evaluado, utilizando la hoja de Concertación del Formato Excel establecido.

- Para el registro se deben definir los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados, que permitan alcanzar logros determinados en la vigencia 2024.

- Se debe establecer para cada Objetivo, Responsabilidad, Producto y Servicio Esperado, los soportes tangibles que le permitirán al evaluado demostrar el cumplimiento, como un resultado observable, verificable y concreto

6. Reporte de la VALORACION 2023 Y CONCERTACIÓN 2024 de los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados de los servidores públicos vinculados con nombramiento provisional en el Ministerio del Trabajo

Los Instrumentos hacen parte integral de la Valoración de los objetivos, responsabilidades, productos y servicios esperados de los servidores públicos vinculados mediante nombramiento provisional, y deben reposar debidamente firmados en la historia laboral de cada uno de los evaluados.

Es responsabilidad del Director - Jefe de Oficina - Subdirector - Director Territorial, según corresponda, hacer llegar a la Subdirección de Gestión del Talento Humano los siguientes Formatos Escaneados en PDF y debidamente firmados;

- Formato de Valoración del II Semestre 2023.

- Formato de Consolidación de la Valoración anual 2023

- Formato de Concertación 2024

Estos tres (3) Formatos debidamente diligenciados y firmados, deben remitirse a la Subdirección de Gestión del Talento Humano, únicamente al correo evaluacionesyvaloraciones@mintrabajo.gov.co para registro e incorporación en historia laboral, a más tardar el 31 de enero de 2024.

La Subdirección de Gestión del Talento Humano realizará el acompañamiento a las solicitudes e inquietudes de cada Dependencia, para lo cual deberán remitirse a -los correos electrónicos, lforrero@mintrabajo.gov.co

lrojasr@mintrabajo.qov.co y jcaballero@mintrabajo.gov.co

Atentamente,

GUILLERMO ANDRES ROJAS FORERO

Secretario General

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