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CIRCULAR MINISTERIAL 30 DE 2016

(mayo 18)

Diario Oficial No. 49.878 de 19 de mayo de 2016

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Para: Secretarios Departamentales, Distritales y Municipales de Salud, Gerentes de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y Representantes Legales de las Entidades Responsables del Pago de los Servicios de Salud.
De: Ministro de Salud y Protección Social.
Asunto: Cumplimiento de la Resolución 5596 de 2015 sobre Triage.

El Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Resolución 5596 de 2015, definió los criterios técnicos para el Sistema de Selección y Clasificación de Pacientes en los Servicios de Urgencias “Triage”. El propósito del “Triage” es determinar la prioridad con la cual se atenderán los usuarios en los servicios de urgencias que se basa en sus necesidades terapéuticas y en los recursos disponibles.

La precitada resolución estableció que los prestadores de salud que tengan habilitado el servicio de urgencias, tienen un plazo de seis (6) meses, es decir hasta el 24 de junio del presente año, para implementar o ajustar el “Triage” a los criterios definidos en la resolución. En este orden de ideas, corresponde a las IPS cumplir en el estándar de “procesos prioritarios”, con el proceso de selección y clasificación de pacientes “Triage”, de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Resolución 5596 de 2015.

Así mismo, corresponde a las Entidades Responsables del Pago de los Servicios de Salud establecer estrategias para informar a la población a su cargo sobre el uso racional de los servicios de urgencias y el funcionamiento del “Triage”. Además, deberán verificar que las IPS con las que suscriban acuerdos de voluntades, tengan implementado el mismo.

Finalmente, las entidades departamentales y distritales de salud, en el marco de sus competencias, verificarán que las IPS que tengan habilitado el servicio de urgencias, cumplan con lo establecido en la Resolución 5596 de 2015.

Dada en Bogotá, D.C. a 18 de mayo de 2016.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE

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