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CIRCULAR CONJUNTA 22 DE 2015
(mayo 28)
Diario Oficial No. 49.526 de 29 de mayo de 2015
MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Para: | Entidades promotoras de salud del régimen contributivo y subsidiado, instituciones prestadoras de servicios de salud públicas y privadas y entidades territoriales |
De: | Ministro de Salud y Protección Social y Superintendente Nacional de Salud |
Asunto: | Modificación fecha de organización mesa de saneamiento de cartera y aclaración de cuentas señalada en la Circular Conjunta número 030 de 2 de septiembre de 2013 – periodo enero-marzo 2015 |
Fecha: | Bogotá, D. C., 28 de mayo de 2015 |
La Circular Conjunta número 030 del 2 de septiembre de 2013, en el literal a) del apartado II del numeral 4.3., establece como responsabilidad de los Departamentos y/o Secretarías de Salud Departamentales, convocar y dirigir las mesas de saneamiento de cartera y aclaración de cuentas de su jurisdicción. Adicionalmente, el literal c) del citado apartado y numeral, dispone que las referidas entidades territoriales deben organizar anualmente cuatro mesas de saneamiento de cartera, posterior a la publicación de los resultados del cruce de información de cada trimestre, en las siguientes fechas:
Mesa | Fecha | Período de información |
1 | A más tardar el 28 de febrero | Período octubre-diciembre año anterior |
2 | A más tardar el 30 de mayo | Período enero-marzo |
3 | A más tardar el 30 de agosto | Período abril-junio |
4 | A más tardar el 30 de noviembre | Período julio-septiembre |
Sin embargo, por razones de actualización tecnológica y migración de la infraestructura que soporta los aplicativos misionales de este Ministerio, llevada a cabo como resultado de la vinculación obligatoria al Acuerdo Marco de Precios CCE-134-1-AMP-2014, en virtud de lo establecido en el artículo 46 del Decreto número 1510 de 2013, no se ha finalizado el procesamiento de la información reportada por las ERP e IPS correspondiente al primer trimestre de 2015 (enero-marzo). Por consiguiente, se hace necesario modificar por única vez la fecha para realizar la mesa de saneamiento de cartera y aclaración de cuentas del reporte de información del trimestre en mención, a más tardar el 30 de junio de 2015.
Las demás fechas de celebración de las mesas para la presente vigencia se mantienen en los términos de la Circular Conjunta 030 de 2013.
Publíquese y cúmplase.
28 de mayo de 2015.
El Ministro de Salud y Protección Social,
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.
El Superintendente Nacional de Salud,
NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ.