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CIRCULAR EXTERNA 17 DE 2014

(marzo 25)

Diario Oficial No. 49.105 de 27 de marzo de 2014

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

PARA: SECRETARÍAS DE SALUD MUNICIPALES, DISTRITALES Y DEPARTAMENTALES – REFERENTES PARA LA GESTIÓN DE DISCAPACIDAD
DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
ASUNTO: IMPLEMENTACIÓN DE LA “CAMPAÑA NACIONAL PARA EL REGISTRO DE LAS PERSONAS CON TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTA”
FECHA: 25 de marzo de 2014

Este Ministerio en calidad de Organismo Rector del Sistema Nacional de Discapacidad y en el marco de las disposiciones previstas en las Leyes 1145 de 2007, 1346 de 2009 y 1618 de 2013, lidera la “Campaña nacional para el registro de las personas con trastornos del espectro autista”, a realizarse del 1o al 30 de abril de 2014, como mecanismo para mantener actualizado el Registro de Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad – RLCPD, enfocado a los trastornos del espectro autista. Dicha campaña se adelanta teniendo en cuenta que:

– La Asamblea General de las Naciones Unidas declaró por unanimidad el 2 de abril como Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo (A/RES/62/139) para poner de relieve la necesidad de ayudar a mejorar las condiciones de vida de los niños y adultos con trastorno del espectro autista.

– Mediante Ley 1618 de 2013 se establecieron disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, previendo en su artículo 10 que tienen derecho a la salud, por lo que como medida las entidades públicas deben “Promover el sistema de registro de localización y caracterización de las personas con discapacidad (…)”.

– Con el fin de promover el goce de los derechos de las personas con discapacidad, grupo del que hace parte la población con trastornos del espectro autista, este Ministerio se vincula a la conmemoración del “Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo” con una campaña nacional que promueva la inclusión y actualización de datos de personas con el mencionado trastorno, en el Registro para la Localización y Caracterización de personas con discapacidad – RLCPCD.

La “Campaña nacional para el registro de las personas con trastornos del espectro autista”, tendrá los siguientes objetivos y fases:

1. Objetivos. Como objetivos de la campaña se tienen los siguientes:

-- Lograr el registro y/o actualización de las personas con trastornos del espectro autista – TEA.

-- Lograr un acercamiento a los diagnósticos relacionados con estos trastornos, en el país.

-- Visibilizar a la población con TEA para la toma de decisiones que conlleve al ejercicio de sus derechos.

2. Fases. La campaña se desarrollará en las siguientes fases:

2.1 Preliminar. La Oficina de Promoción Social de este Ministerio informará a las secretarias de salud departamentales, distritales, direcciones locales de salud o quien haga sus veces, el número y datos de las instituciones, entidades y organizaciones que realizan la identificación y registro de la población con trastornos del espectro autista (TEA), denominadas Unidades Generadoras de Datos (UGD) en producción.

Lo anterior, como complemento del listado con que cuentan las secretarias de salud, de las Unidades Generadoras de Datos (UGD) con que cuentan las secretarías de salud.

2.2 Informe de metodología. Las secretarías de salud departamentales deberán informar la metodología que aplicarán para el desarrollo de la campaña, antes del treinta y uno (31) de marzo del año en curso, para lo cual deberán articular previamente con las secretarías municipales, las Entidades Promotoras de Salud (EPS), Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), con las organizaciones de la sociedad civil y con organizaciones “de y para” personas con trastornos del espectro autista y enviar a este Ministerio la siguiente información:

-- Estrategias territoriales que permitan lograr la canalización a las diferentes Unidades Generadoras de Datos (UGD) activas en cada municipio y distrito, para alcanzar el registro del 100% de las personas con trastornos del espectro autista (TEA).

-- El número de personas con trastornos del espectro autista (TEA), que se encuentran allí focalizadas, con corte a veintiocho (28) de febrero del año en curso.

-- Información respecto al número de las Organizaciones “de y para” personas con trastornos del espectro autista (TEA) y datos de contacto en el departamento.

La información se remitirá a este Ministerio, a los siguientes correos electrónicos: ccastano@minsalud.gov.co, con copia a csuarez@minsalud.gov.co y a apalacios@minsalud.gov.co, antes del treinta y uno (31) de marzo del año en curso.

2.3 Registro de información. Del 1o al 30 de abril del presente año, las personas focalizadas en la campaña deberán ser reportadas por las destinatarias de la presente circular en el Registro de Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad (RLCPD). Esta información deberá estar acorde con los Códigos de Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE 10, relacionados con trastornos del espectro autista (TEA), así:

-- F84.0 Trastorno Autista

-- F84.2 Trastorno de Rett

-- F84.3 Trastorno desintegrativo infantil

-- F84.5 Trastorno de Asperger

-- F84.9 Trastorno generalizado del desarrollo no especificado

Este Ministerio evaluará el resultado de la “Campaña nacional para el registro de las personas con trastornos del espectro autista”, con el fin de promover la implementación de estrategias de cobertura en salud a dicho grupo poblacional.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de marzo de 2014.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

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