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CIRCULAR 8 DE 2007
(octubre 2)
Diario Oficial No. 46.811 de 13 de noviembre de 2007
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Para: | Directores de Centros de Conciliación y/o Arbitraje y directores de entidades avaladas para formar conciliadores. |
De: | Viceministro de Justicia |
Asunto: | Requisitos de los certificados de capacitación en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos. |
Estimado(as) doctores(as):
El artículo 6o del Decreto 3756 del 27 de septiembre de 2007 por el cual se establecen los requisitos para obtener el aval que autoriza para formar conciliadores y se fijan las directrices para la capacitación en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos dice:
“Certificados. Las entidades avaladas para formar conciliadores certificarán solamente a las personas que aprueben los cursos. El certificado que expidan deberá tener los requisitos que señale el Ministerio del Interior y de Justicia”.
En documento anexo se establecen los requisitos que deben cumplir los certificados de capacitación en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos a los que se refiere el artículo 91 de la Ley 446 de 1998 y los artículos 6o, 7o y 11 de la Ley 640 de 2001.
La presente circular rige a partir de la fecha de expedición y será publicada en el Sistema de Información de la Conciliación para su conocimiento.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 octubre de 2007.
GUILLERMO FRANCISCO REYES GONZÁLEZ
Viceministro de Justicia
Ministerio de Justicia y del Derecho.
CERTIFICADOS DE LA CAPACITACION EN MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS EXPEDIDOS POR LAS ENTIDADES AVALADAS PARA FORMAR CONCILIADORES A LOS ABOGADOS.
CERTIFICADOS DE LA CAPACITACION EN MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS EXPEDIDOS POR LAS ENTIDADES AVALADAS PARA FORMAR CONCILIADORES A LOS ESTUDIANTES Y JUDICANTES DE DERECHO.
CERTIFICADOS DE LA CAPACITACION EN MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS EXPEDIDOS POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA Y LAS ENTIDADES AVALADAS PARA FORMAR CONCILIADORES A LOS FUNCIONARIOS CONCILIADORES.