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CIRCULAR 35 DE 2007

(20 noviembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

Para: Directores Regionales y Coordinadores de Asistencia Técnica.

Asunto: Programa de Atención en Cuidado, Nutrición y Educación Inicial a la Primera Infancia. Convenio 030 MEN-ICBF.

Marco de Referencia.

La ley 1098 de 1996 en sus artículos 5° -Naturaleza de las Normas Contenidas en este Código-, 8° - Interés Superior de los Niños, las Niñas y los Adolescentes-,[1 10° - Corresponsabilidad- y 29° - Derecho al Desarrollo Integral en la Primera Infancia- ha entregado un mandato muy claro al Estado, la Familia y a la Sociedad destinado a garantizar los derechos de la primer infancia. Tal y como se establece en los artículos anteriormente mencionados, las normas del código son de orden público y de carácter irrenunciable, determinan la prevalencia de los derechos de los niños y las niñas sobre los de cualquier otra persona, y establece la atención en salud y nutrición, el esquema completo de vacunación, la protección contra los peligros físicos, la educación inicial y el registro civil como derechos impostergables de la primera-infancia.

De igual forma el Plan Nacional de Desarrollo en sus artículos 1° y 6° hace especial énfasis a la atención integral de la primera infancia, fijando en este último las metas de atención durante el presente cuatrienio:

“La ampliación de coberturas (en formación de capital humano) se trabajará desde la educación inicial hasta la educación superior, con metas tales como atender 400.000 nuevos niños de 3 y 4 años durante el cuatrienio, mayoritariamente de los niveles 1 y 2 del Sisbén, en arreglos institucionales entre el Ministerio de Educación Nacional y el ICBF.”

Bajo este marco de referencia el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y el Ministerio de Educación Nacional suscribieron el convenio 030 de 2007, con el objeto de “aunar esfuerzos en recursos financieros, técnicos y humanos para la atención en cuidado, nutrición y educación inicial de niños y niñas menores de 5 años, de los niveles l y ll de Sisben, en el marco de las obligaciones establecidas por el Código de infancia y Adolescencia, específicamente en desarrollo de su artículo 29 - Derecho al desarrollo integral de la primera infancia”.

En él se definen las tres modalidades de atención a la primera infancia, las cuales responden a las necesidades de atención de la población de primera infancia en el país, dando cumplimiento al Código de la Infancia y la Adolescencia y al Plan Nacional de Desarrollo: Estado Comunitario, desarrollo para todos.

Modalidades de Atención

El Programa de Atención en Cuidado, Nutrición y Educación inicial es desarrollado para aumentar las coberturas en formación de capital humano, donde se reconoce los primeros 6 años de vida como fundamentales en el desarrollo de las personas. Considerando la diversidad existente en el país, estas modalidades de atención buscan responder a esta diversidad actuando en entornos urbanos y rurales, así como respetar las características socioculturales de las poblaciones a atender. Se ha definido que esta ampliación de cobertura se realizará mediante las siguientes tres modalidades, priorizando la atención de niños y niñas menores de 5 años de los niveles I y II del SISBEN:

- Atención en entorno comunitario: Se desarrolla con los hogares comunitarios de bienestar y está encaminada a optimizar su componente educativo, complementando el cuidado y la nutrición que allí reciben actualmente los niños y niñas.

- Atención en entorno familiar: Está dirigida a los niños y niñas de las zonas rurales dispersas que no pueden acceder diariamente a un centro infantil. Su desarrollo busca cualificar y acompañar a la familia como el principal agente educativo de la población en primera infancia de estas zonas.

- Atención en entorno institucional: Ofrece la atención integral en cuidado, nutrición y educación inicial, mediante la prestación de estos servicios a través de operadores especializados.

Su implementación, y particularmente la modalidad de entorno comunitario, no puede ser vista como una actividad adicional a las contempladas dentro de los contratos de aporte suscritos con las asociaciones de madres comunitarias. Igualmente sus características no son sujeto de modificación, ya que lo que estas persiguen es alcanzar un mejoramiento cualitativo en la atención a la primera infancia, y si bien este programa es actualmente un piloto, cualquier ajuste futuro se realizará soportado en la evaluación que se realizará sobre las modalidades de atención.

Acciones a Seguir

La meta al 2010 de atención integral a la primera infancia, tal y como lo determina el Plan Nacional de Desarrollo, es de 400.000 niños y niñas. Por esta razón es necesario entender las responsabilidades que tenemos todos y cada uno de los actores involucrados en este programa. Para lograr esta meta debemos contar con la participación de quienes somos corresponsables de la atención a la primera infancia (Estado, Familia y Sociedad). En esta medida debemos tomar las acciones necesarias para permitir que este proceso sea apropiado por sus actores.

De esta forma es responsabilidad de los Directores Regionales y su Equipo Técnico en el ICBF adelantar las tareas de información, sensibilización y socialización del Programa, con el objeto que permitan su conocimiento y comprensión al interior de las Regionales y Centros Zonales, con la participación de las entidades contratistas. Es responsabilidad de las Entidades Contratistas garantizar la participación de los Hogares Comunitarios de Bienestar en la modalidad del entorno comunitario seleccionados dentro de la respectiva entidad territorial.

Es responsabilidad de las madres comunitarias cumplir los lineamientos entregados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, para la atención en la modalidad de entorno comunitario, tal y como se siguen aquellas entregadas para los diferentes programas de atención del Instituto. Igualmente deseamos que participen activamente y muy motivadas en su implementación y evaluación.

Les acompaño para su conocimiento, copia de la circular enviada a las Asociaciones de Hogares Comunitarios de Bienestar y Madres Comunitarias, cuyo asusto <sic> es el Programa de Atención en cuidado, Nutrición y Educación Inicial a la Primera Infancia.

Cordialmente,

ELVIRA FORERO HERNANDEZ

Directora General

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