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CIRCULAR 1 DE 2007

(3 enero)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF

Para:Directores Regionales y Seccionales
Asunto:Entrada gradual de la vigencia del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
Fecha:3 de enero de 2007

El Decreto 4652 del 27 de Diciembre de 2006, que desarrolla el artículo 216 de la ley 1098 de 2006 “Código de la Infancia y la Adolescencia”, ha definido que el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, operará gradualmente, de acuerdo con las siguientes fases:

1. Primera Fase: Distritos Judiciales de Bogotá y Cali. Iniciará su operación a más tardar el día quince (15) de marzo de 2007.

2. Segunda Fase: Distritos Judiciales de Medellín, Armenia, Pereira, Manizales, Buga, Bucaramanga, San Gil, Tunja y Santa Rosa. Iniciará su operación a más tardar el día primero (1) de enero de 2008.

3. Tercera Fase: Distritos judiciales de Cundinamarca, Antioquia, Ibagué, Neiva, Cúcuta y Pamplona. Iniciará su operación a más tardar el día primero (1) de julio de 2008.

4. Cuarta Fase: Distritos judiciales de Barranquilla, Santa Marta, Cartagena, Riohacha, Sincelejo, Montería, Valledupar y San Andrés. Iniciará su operación a más tardar el día primero (1) de enero de 2009.

5. Quinta Fase: Distritos judiciales de Villavicencio, Pasto, Quibdó, Yopal, Florencia y Arauca. Iniciará su operación a más tardar el día primero (1) de julio de 2009.

De conformidad con los artículos 142 y 143 de la Ley 1098 de 2006, a los niños, niñas y adolescentes menores de 14 años de edad que incurran en la comisión de un delito se les aplicarán medidas de verificación de la garantía de derechos y de su restablecimiento. Al tiempo que deberán vincularse a procesos de educación y de protección dentro del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, los cuales deben observar todas las garantías propias del debido proceso y el derecho de defensa.

Quienes se encuentren en conflicto con la Ley y sean menores de catorce años (14) serán puestos a disposición de Defensores de Familia y de sus equipos (trabajador social, psicólogo y nutricionista), para ser vinculados al Proceso Administrativo de Protección.

Con relación a la aplicación del principio de favorabilidad de la Ley, corresponde a los jueces de menores, para cada caso particular y concreto, analizar y resolver la situación de los menores de 14 años que se encuentren en programas de reeducación, frente a lo cual, el ICBF deberá garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes que sean puestos a disposición de los defensores de familia.

En consecuencia, cada director regional o seccional elaborará un Plan de Acción que deberá ser consultado y coordinado con la Dirección Técnica a nivel nacional y el cual contemplará:

1. La realización de un censo de los menores de 14 años que actualmente se encuentran bajo medidas de reeducación.

2. Identificación de operadores, programas y cupos disponibles para la protección y el restablecimiento de los derechos.

3. Identificación de infraestructura física y tecnológica existente, así como necesidades de adecuación para la prestación de nuevos servicios con calidad y conforme a las disposiciones de la Ley.

4. Programación de disponibilidad de Defensores y sus equipos de trabajo para garantizar el debido proceso, la atención integral, permanente, continua y oportuna.

5. Identificación de necesidades de personal para la implementación de la Ley conforme a la fase correspondiente.

6. Coordinación con las entidades regionales del Sistema Nacional de Bienestar Familiar para la garantía y protección integral de los niños, niñas y adolescentes, conforme a las responsabilidades asignadas por la Ley.

Los Defensores de Familia bajo la coordinación del Director Regional deberán:

1. Solicitar a las instituciones en donde estén ubicados niños, niñas y adolescentes que hayan infringido le ley un informe actualizado sobre la situación de cada uno de ellos, en el que se especifique el estado del proceso reeducativo, ubicación y soporte de la familia, así como el concepto de viabilidad o no de reintegro familiar y demás circunstancias de importancia para la toma de decisiones en favor del interés superior del niño, niña o adolescente.

2. Adoptar las medidas y disponer lo pertinente dentro del proceso administrativo de protección de los menores de 14 años puestos a su disposición.

En ningún caso, dejarán de atenderse con calidad y oportunidad los niños, niñas y adolescentes puestos a disposición del ICBF, bajo el argumento de falta de recursos o de lineamientos técnicos.

Actualmente la Sede Nacional adelanta la elaboración de un Plan de Acción para la implementación del Código, que contempla entre otros:

1. Desarrollo de la reglamentación de la Ley, en varios equipos de trabajo coordinados por la sede nacional - Oficina Jurídica, apoyada por la Universidad Externado de Colombia.

2. Diseño y adecuación de los lineamientos técnicos y administrativos.

3. Articulación con las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar para el cumplimiento de las responsabilidades señaladas en la Ley.

4. Diagnostico de infraestructura física y tecnológica para su adecuación.

5. Análisis y estudios para establecer estructuras organizacionales y de necesidades de la planta de personal.

6. Plan de capacitación para servidores públicos.

7. Los directores de la sede nacional: técnico (lineamientos), de planeación (recursos) y administrativo (infraestructura), deberán estar atentos a analizar las propuestas y solicitudes de los directores regionales y seccionales, para poner en marcha por parte del ICBF, la ley de Infancia en materia de Responsabilidad Penal Juvenil.

Este es un llamado para que conjuntamente trabajemos por el adecuado desarrollo de la Ley, en procesos de mejoramiento permanente de los programas y proyectos que desarrollan por parte del ICBF, la nueva ley de infancia y adolescencia, con miras a garantizar el interés superior y la garantía de los derechos prevalentes de nuestros niños, niñas y adolescentes, con una administración publica con principios gerenciales de eficiencia, oportunidad, transparencia, celeridad y economía.

Cordial saludo,

ELVIRA FORERO HERNANDEZ

Directora General

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