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ACUERDO 18 DE 1995
(octubre 12)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por el cual se delegan funciones en un Comité del Consejo
EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SENA,
en ejercicio de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el literal 1 del numeral 9o. del artículo 10 de la Ley 119 de 1994 dispone que es función del Consejo Directivo Nacional del SENA "..9o. Autorizar las propuestas del Director General sobre las siguientes materias:..i. Las comisiones al exterior de los funcionarios del SENA y los miembros de los consejos y los comités de acuerdo con las disposiciones legales reglamentarias..", competencia que le fue atribuida modificando, para el SENA, las normas anteriores al respecto que preveían la expedición de un acto administrativo complejo, que exigía la aprobación tanto por el Consejo como por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, cuando de comisiones al exterior se trataba.
Que viene funcionando un Comité del Consejo Directivo Nacional, que es parte de la Comisión de Cooperación Técnica del mismo, encargado de estudiar las propuestas del Director General en materia de comisiones al exterior para los funcionarios de la Entidad, previamente al trámite que debía surtirse ante el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
Que para agilizar la toma de decisiones en esta materia, el Consejo estima pertinente facultar ampliamente al comité para estudiar estos temas y autorizar las comisiones al exterior para los servidores públicos del SENA.
ACUERDA:
ARTICULO 1o. <Ver Notas de Vigencia> Delegar en el comité de la comisión de Cooperación Técnica Internacional, conformado por tres miembros de este Consejo Directivo Nacional, para estudiar lo relativo a las comisiones al exterior, la función de aprobar las relativas a los servidores públicos del SENA, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
ARTICULO 2o. Para cada sesión, el comité elegirá de su seno a uno de sus miembros encargados de presidirla y el mismo suscribirá los actos administrativos mediante los cuales se confieren las comisiones al exterior.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 12 de octubre de 1995
VICTOR MANUEL LOPEZ FORERO
Presidente
ANDRES VARELA ALGARRA
Secretario