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ACUERDO No. PCSJA24-12246 DE 2024
(diciembre 20)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
Por el cual se deroga el acuerdo PCSJA24-12231 de 2024 y se dictan otras
disposiciones.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, modificado por el artículo 25 de la Ley 2430 de 2024; de conformidad con lo aprobado en la sesión de 20 de diciembre de 2024 y,
CONSIDERANDO
Que la Corte Constitucional, en diversas providencias judiciales que resolvieron conflictos de jurisdicción, concluyó que las demandas por recobros por servicios de salud, cuya demandada fuera la Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud- ADRES, correspondía a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, sin precisarse una sección en concreto.
Que la Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud- ADRES, de conformidad con el Decreto 2265 de 2017, es un “organismo de naturaleza especial del nivel descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, patrimonio independiente, asimilada a una Empresa Industrial y Comercial del Estado, en los términos señalados en la ley de creación y adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social”, con sede única en la ciudad de Bogotá.
Que el Consejo Superior de la Judicatura, mediante el Acuerdo PCSJA24-12231 de 2024, con el fin de mitigar la alta carga laboral de los juzgados administrativos de Bogotá, pertenecientes a la sección primera, estableció una medida de descongestión consistente en el reparto transitorio, a partir del 11 de enero y hasta el 19 de diciembre de 2025, de los procesos en los que se pretenda el recobro por servicios de salud u otros conceptos contra el ADRES, entre los juzgados administrativos de Bogotá, pertenecientes a la sección segunda.
Que analizado el documento técnico DT24-79A, por el cual se evaluaron diferentes medidas de descongestión para el año 2025, se consideró la creación transitoria de cuatro (4) juzgados administrativos, con el fin de conocer de manera exclusiva los procesos contra la Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud- ADRES.
Que por todo lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura considera viable derogar la medida transitoria establecida en el Acuerdo PCSJA24-12231 de 2024.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. DEROGATORIA. Derogar el Acuerdo PCSJA24-12231 de 2024, mediante el cual asignó reparto, a partir del 11 de enero y hasta el 19 de diciembre de 2025, de los procesos en los que se pretenda el recobro por servicios de salud u otros conceptos cuyo accionado sea la Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud - ADRES o quien haga sus veces, entre los juzgados del Circuito Judicial Administrativos de Bogotá de la sección segunda.
ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en la Gaceta de la Judicatura.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en la ciudad de Bogotá, D. C., el veinte (20) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024)
JORGE ENRIQUE VALLEJO JARAMILLO
Vicepresidente