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ACUERDO 176 DE 2012

(septiembre 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado, a partir del 1o de febrero de 2017, por el artículo 57 del Acuerdo 565 de 2016>

"Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 137 del 14 de enero de 2010 y se dictan otras disposiciones"

LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL


En ejercicio de las atribuciones que le confiere el literal d) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y,


CONSIDERANDO

Que en el parágrafo del artículo 19 de la Ley 909 de 2004 se dispuso que "el Gobierno Nacional designará el organismo,upmpetente para la normalización, acreditación y certificación de las competencias laborales e, el sector público".

Que en cumplimiento de dicha normativa, el Gobierno Nacional deberá adelantar las gestiones necesarias para estandarizar, acreditar y certificar las competencias laborales, a través de las mesas de concertación para la implementación del Modelo de Gestión del Talento Humano por Competencias Laborales En el Sector Público Colombiano.

Que el inciso tercero del artículo 40 de la Ley 909 de 2004, determina que es función de la Comisión Nacional del Servicio Civil desarrollar un Sistema de Evaluación del Desempeño Laboral como Sistema Tipo, que deberá ser adoptado por las entidades públicas mientras desarrollan sus propios Sistemas de Evaluación.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 137 del 14 de enero de 2010 por el c,ual se establece el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de ios Servidores de Carrera Administrativa y en Periodo de Prueba.

Que con el fin de avanzar en la aplicación del Sistema Tipo en las entidades públicas en todos los niveles de la Administración Pública Colombiana, la Comisión Nacional del Servicio Civil considera conveniente ajustar los parámetros establecidos en relación con la calificación de los compromisos comportamentales descritos en el literal e) numeral 4.1 artículo 4o y el inciso 5 literal b) artículo 10 del Acuerdo No. 137 de 2010.

En mérito de lo expuesto, la Comisión Nacional del Servicio Cívil en sesión del 6 de Septiembre de 2012,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO. <Acuerdo derogado, a partir del 1o de febrero de 2017, por el artículo 57 del Acuerdo 565 de 2016> Modificar parcialmente el literal e) numeral 4,1 del artículo 4o del Acuerdo 137 del 14 de enero de 2010, el cual quedará así:

e) Compromisos Comportamentales. Son los acuerdos relacionados con las conductas o comportamientos Tre debe poseer y demostrar el servidor público en el ejercicio de su labor encaminada al mejoramiento individual, que se reflejará en la gestión institucional.

ARTÍCULO SEGUNDO. <Acuerdo derogado, a partir del 1o de febrero de 2017, por el artículo 57 del Acuerdo 565 de 2016> Derogar el inciso 5 literal b) del articulo 10 del Acuerdo 137 del 14 de nero de 2010.

ARTICULO TERCERO. <Acuerdo derogado, a partir del 1o de febrero de 2017, por el artículo 57 del Acuerdo 565 de 2016> Frente a lo establecido en el presente Acuerdo se aplicarán de forma preferente las disposiciones señaladas en el Titulo VII del Decreto Ley 760 de 2005. En todo caso, frente a los vados existentes en el Decreto Ley 760 de 2005, se deberá acoger lo normado por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en relacián con los términos allí establecidos.

ARTICULO CUARTO. <Acuerdo derogado, a partir del 1o de febrero de 2017, por el artículo 57 del Acuerdo 565 de 2016> El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente del Acuerdo 137 de 2010.

PUBLIQUESE Y CUMPLACE

Dado en Bogotá D.C. el

CARLOS HUMBRETO MORENO BERMUDEZ

Presidente

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