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ACUERDO 344-B DE 2017
( noviembre 21)
Diario Oficial No. 50.432 de 29 de noviembre de 2017
CONSEJO DE ESTADO
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el Acuerdo 80 de 2019>
Por medio del cual se introducen modificaciones al Reglamento del Consejo de Estado.
LA SALA PLENA DEL CONSEJO DE ESTADO,
en ejercicio de las facultades que le atribuyen los artículos 237 numeral 6 de la Constitución Política, 35, numerales 5 y 8, de la Ley 270 de 1996, 111, numeral 3, y 271 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y de conformidad con lo aprobado en las sesiones del 20 y 21 de noviembre de 2017,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. <Acuerdo derogado por el Acuerdo 80 de 2019> El artículo 13 del Acuerdo 58 de 1999, tendrá un parágrafo 2 del siguiente tenor:
“Parágrafo 2. La Sala Plena podrá asignar a otras secciones, asuntos que se encuentren en estado de fallo, para efectos de descongestión, previo acuerdo de las secciones respectivas”.
ARTÍCULO 2o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Paipa, Boyacá, a 21 de noviembre de 2017.
El Presidente,
JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ
El Secretario General,
JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR.