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ACUERDO 56 DE 2012

(abril 10)

Diario Oficial No. 48.400 de 13 de abril de 2012

CONSEJO DE ESTADO

EL CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA,

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 209, 211 y 237-6 de la Carta Política; 136 y 137 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia; 4 y 9 de la Ley 489 de 1998 y 7o del Acuerdo 58 de 1999 y en atención a lo decidido en la sesión de la fecha;

CONSIDERA:

Que en virtud del artículo 7o del Acuerdo número 58 de 1999, y para efectos de la decisión que aquí se adopta, la doctora Ruth Stella Correa Palacio funge como Presidenta (E), toda vez que dicha decisión tiene como destinatarios al Presidente y Vicepresidente de esta Honorable Corporación.

Que la función administrativa se fundamenta en los principios funcionales previstos en el artículo 209 constitucional y que su finalidad es la de cumplir con los cometidos estatales y como consecuencia la satisfacción del interés general.

Que la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de la entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones, prevé en el artículo 9o lo siguiente:

Artículo 9o. Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesta en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

(…)”.

Que la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (Ley 270 de 1996), le atribuye a la Sala Plena del Consejo de Estado la facultad de conceder comisión de servicios, en los términos de los artículos 136 y 137, a los Magistrados de esta Honorable Corporación.

Que la Sala Plena de esta Corporación, en sesión celebrada el día de hoy, ha considerado la necesidad de delegar en el Presidente del Consejo de Estado la facultad para conceder comisión de servicios al Vicepresidente de esta Corporación para que pueda desplazarse a la ciudad de Neiva (Huila) o a otras ciudades del país, cada vez que así se requiera, con el propósito de tratar asuntos relacionados con la organización, divulgación y realización del “XVIII Encuentro de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo”.

ACUERDA:

PRIMERO. Delegar en el Presidente del Consejo de Estado la facultad para conceder comisión de servicios, cuando así se requiera, al Vicepresidente de esta Corporación para que pueda desplazarse a la ciudad de Neiva (Huila) o a otras ciudades del país, con el propósito de tratar asuntos relacionados con la organización, divulgación y realización del «XVIII Encuentro de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo”.

SEGUNDO. Las comisiones conferidas en virtud de la presente delegación generan pago de viáticos y gastos de transporte.

TERCERO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Bogotá, D. C., a los díez (10) días del mes de abril de 2012.

Comuníquese.

La Presidenta (e),

RUTH STELLA CORREA PALACIO.

El Secretario General,

JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR.

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