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ACUERDO 2 DE 2007

(agosto 14)

Diario Oficial No. 46.722 de 16 de agosto de 2007

CORTE CONSTITUCIONAL, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y EL CONSEJO DE ESTADO

Por medio del cual se convoca al concurso de méritos para la elección del Registrador Nacional de Estado Civil.

LOS PRESIDENTES DE LA CORTE CONSTITUCIONAL, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y EL CONSEJO DE ESTADO,

en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 266 de la Constitución Política, la Ley 1134 de 2007 y el Acuerdo número 01 de 2007 dictado por ellos,

ACUERDAN:

ARTÍCULO 1o. Convocar a los ciudadanos que reúnan las calidades y requisitos previstos en el artículo 266 de la Constitución Política y que deseen participar en el concurso de méritos público y abierto, destinado a proveer el cargo de Registrador Nacional del Estado Civil, a inscribir su candidatura.

ARTÍCULO 2o. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la publicación del presente Acuerdo, los Presidentes de la tres Corporaciones invitarán, mediante aviso que se publicará por una sola vez en un diario de amplia circulación nacional, a los ciudadanos que deseen participar en el concurso de méritos a inscribir su candidatura en la Secretaría General de cualquiera de las tres Corporaciones: Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia o Consejo de Estado, dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la publicación del aviso.

ARTÍCULO 3o. Los concursantes deberán anexar al formulario de inscripción los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Constitución, la Ley y el Acuerdo 01 de 2007 expedido por los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado

ARTÍCULO 4o. El aspirante deberá presentar declaración juramentada de no encontrarse incurso en ninguna inhabilidad o incompatibilidad para el desempeño del cargo.

ARTÍCULO 5o. Las condiciones del concurso son las establecidas en el reglamento contenido en el Acuerdo número 001 de 2007 expedido por los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.

ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de agosto de 2007.

El Presidente Corte Constitucional,

RODRIGO ESCOBAR GIL.

El Presidente Corte Suprema de Justicia,

CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE.

El Presidente Consejo de Estado,

GUSTAVO APONTE SANTOS.

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