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PROTOCOLO No. 003 de 2021

(septiembre 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD

Por el cual se adoptan las reglas para la denominación de las providencias judiciales de la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz y se dictan otras disposiciones.

La Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz, en uso de sus facultades legales y reglamentarias y con fundamento en el artículo 71 del Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz (Acuerdo ASP 001 del 2 de marzo de 2020), que faculta a los órganos de la JEP para dictarse sus propios protocolos, lineamientos, circulares, manuales de funciones y reglamentos de trabajo; con el propósito de armonizar el uso de siglas y radicados de las providencias judiciales que emiten los despachos de la Sección y se dictan otras disposiciones, expide el siguiente.

PROTOCOLO

Mediante el cual se establece el uso de las siglas y radicados para las providencias judiciales emitidas por los despachos de la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad en el marco de los procesos judiciales cuyo conocimiento se adelante conforme a sus competencias legales y reglamentarias y se dictan otras disposiciones.

CAPÍTULO ÚNICO.

CONSIDERACIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1o. DE LA INTEGRACIÓN DEL RADICADO INTERNO. El número de radicado de las providencias judiciales estará conformado por un conjunto de siglas, separadas por guiones, que se indican, en el siguiente orden:

1. El órgano de la Jurisdicción que conoce el trámite o proceso.

En este caso, siempre será el Tribunal de Paz.

TP-

2. El Órgano de la Jurisdicción que conoce el trámite o proceso.

En este caso, siempre será la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad.

SeRVR[1]-

3. Identificación del magistrado o magistrada sustanciador.

Se identifica con la primera letra del primer y segundo nombre y la primera letra del primer y segundo apellido del magistrado o magistrada:

SiglaMagistrada(o)
AMOAAna Manuela Ochoa Arias
ZACHRZoraida Anyul Chalela Romano
JRMVJuan Ramón Martínez Vargas
CASACamilo Andrés Suárez Aldana
RCVLRoberto Carlos Vidal López

4. Cuando la decisión se adopte en subsección.

Para estos casos, no se incluirán las siglas del magistrado o magistrada ponente y, en su lugar, se incluirá el número de la subsección:

SUB01-

SUB02-

SUB03-

SUB04-

SUB05-

5. Número de consecutivo para la providencia.

En el caso de las providencias judiciales de ponente, este número deberá corresponder a un único sucesivo anual y deberá estar conformado por tres dígitos iniciando con el No. 001, acompañado del año. Este consecutivo será administrado por cada despacho judicial.

Para el caso de las providencias que sean emanadas por alguna de las Subsecciones, no se aplicará el criterio de identificación de cada despacho, ni el número consecutivo interno de cada despacho, el número se tomará de un único consecutivo.

Si la decisión es tomada por la plenaria de la Sección, no se incluirán las siglas de ninguno de los magistrados o magistradas, ni se incluirá el número de la subsección; en estos casos, se procederá con la imposición del número del consecutivo que corresponda.

Para salvaguardar el orden en el número consecutivo de las providencias dictadas en subsección o por la plenaria, se dispondrá desde la presidencia de la Sección de una herramienta tecnológica de la cual se puedan obtener los consecutivos de forma organizada, el aplicativo será administrado por la Secretaría Judicial.

6. Conformación de los radicados:

Para autos proferidos en acciones de tutela:

Autos
TPTribunal para la PazTP-
SeRVRSección de ReconocimientoSeRVR-
ATAcciones de tutelaAT-
AIAuto interlocutorioAI-
ASAuto de sustanciaciónAS-
XXXXSiglas del magistrado o
magistrada ponente
Ejemplo: AMOA
001Consecutivo001-
2021Año2021.
EjemploAuto-TP-SeRVR-AT-AI-AMOA-No.001-2021.
AVAclaración de votoAuto-TP-SeRVR-AT-AV-AMOA-No.001-2021.
SVSalvamento de votoAuto-TP-SeRVR-AT-SV-AMOA-No.001-2021.

 Para las sentencias proferidas en acciones de tutela:

Sentencias
TPTribunal para la PazTP-
SeRVRSección de ReconocimientoSeRVR-
ATAcciones de TutelaAT-
ST Sub(x)Sentencia de tutela -SubsecciónST-SUB(x)-
001Consecutivo001-
2021Año2021.
EjemploSentencia TP-SeRVR-AT-ST-SUB(x)-001-2021.
AActa Sentencia de tutelaA-TP-SeRVR-ST- SUB(x)-001-2021

Para Autos proferidos en los procesos judiciales de reconocimiento de verdad:

Autos
TPTribunal para la PazTP-
SeRVRSección de ReconocimientoSeRVR-
RCReconocimiento de verdadRC-
AIAuto InterlocutorioAI-
ASAuto de sustanciaciónAS-
XXXXSiglas del o la magistrada ponenteEjemplo: AMOA
001Consecutivo001-
2021Año2021.
Ejemplo:Auto-TP-SeRVR-RC-AI-AMOA-No.001-2021.
AVAclaración de votoAuto-TP-SeRVR-AT-AV-AMOA-No.001-2021.
SVSalvamento de votoAuto-TP-SeRVR-AT-SV-AMOA-No.XX1-2021

Para sentencias adoptadas en los procesos judiciales de reconocimiento de

verdad:

Sentencias
TPTribunal para la PazTP-
SeRVRSección de ReconocimientoSeRVR-
RCReconocimiento de verdadRC-
STSentenciaST-
001Consecutivo001-
2021Año2021.
EjemploSentencia TP-SeRVR-RC-ST-No.001- 2021.
AActa de sentenciaA-TP-SeRVR-RC-ST-No.001-2021.

ARTÍCULO 2o. DE LOS OFICIOS Y CONSTANCIAS DE DESPACHO. Para la identificación de los oficios y constancias que se elaboren en los despachos se establece la siguiente denominación, para lo cual se deberá tener en cuenta que los consecutivos serán generados directamente por cada despacho.

Documentos de despacho
ODOficios de despachoOD-SeRVR-AMOA-No.XXX-2021
CDConstancia de despachoCD-SeRVR-AMOA-No.XXX-2021

PARÁGRAFO. Para las respuestas a los derechos de petición o solicitudes que no sean resueltos a través de providencias judiciales, se usará el consecutivo de oficio correspondiente al despacho que emite la respuesta.

ARTÍCULO 3o. DE LOS RADICADOS DE LA SECRETARÍA JUDICIAL. La Secretaría Judicial de la Sección de Reconocimiento adoptará las siguientes siglas para la denominación de los documentos secretariales que se produzcan:

Secretaria Judicial
CSJConstancia secretarialCSJ-No.001-SeRVR-2021
ISJInforme secretarialISJ-No.001-SeRVR- 2021
OSJOficios de secretaria judicialOSJ-No.001-SeRVR- 2021
EEstadosE-No.001-SeRVR- 2021
TTraslados de recursosT-No.001-SeRVR- 2021
AUDActa AudienciaAUD-No.001-SeRVR- 2021
ADJActa diligencia judicialADJ-No.001-SeRVR- 2021
Acta de RepartoActa de reparto de acción de tutelaActa de Reparto-No.001-AT-SeRVR- 2021
Acta de RepartoActa de reparto de resolución de conclusionesActa de Reparto-No.001-RC-SeRVR- 2021

PARÁGRAFO. Cuando se levante un acta de audiencia o de diligencia judicial, deberá precisarse si la audiencia o diligencia judicial se realizó de manera oral o escrita.

ARTÍCULO 4o. DE LA TEMPORALIDAD DE LOS CONSECUTIVOS. Los consecutivos se actualizarán anualmente y la numeración deberá estar conformada por tres dígitos, iniciando en el No. 001.

ARTÍCULO 5o. DE LAS PROVIDENCIAS DICTADAS EN MOVILIDAD. En el caso de despachos judiciales que presten movilidad hacia la Sección de Reconocimiento, las providencias que se dicten dentro de los procesos o procedimientos judiciales que conozcan, deberán sujetarse a estas directrices.

ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. El presente protocolo rige a partir del día siguiente a su aprobación en Sala y publicación en la página web de la Jurisdicción Especial para la Paz.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá a los siete (7) días del mes de septiembre de dos mil veintiuno (2021) y aprobado por unanimidad en sesión ordinaria de la misma fecha.

ANA MANUELA OCHOA ARIAS

Presidenta

Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad
Tribunal para la Paz

ADRIANA PAOLA MORA ORTIZ

Secretaria

<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.

1. Acta de sala No. 013, correspondiente a la sesión ordinaria realizada el 10 de marzo de 2020.

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