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LIN. 1-3 DE 2018

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Lineamientos 01-03 de 2018

Redacción y escritura formal de las providencias judiciales y demás
decisiones de la SAI

En virtud de lo establecido en el Acuerdo No. 001 de 2018 “Por el cual se adopta el Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz”, se establecen algunos lineamientos para la redacción y escritura de las providencias judiciales y demás decisiones que se adopten por la SAI:

1. Todas las decisiones deberán contener un encabezado unánime que contendrá los datos mínimos que identifican la solicitud, resaltados en negrita y en las que “no harán mención de su ponente y solo serán divulgadas públicamente una vez suscritas por todos los magistrados y magistradas que las adopten, quienes podrán aclarar o salvar su voto para lo cual contarán con un término máximo de 15 días calendario” (Artículo 61 Reglamento Interno).

2. El tipo de letra a utilizar será el estilo de fuente Verdana, normal, tamaño 11 y con interlineado sencillo. Cuando se trate de transcripciones se empleará tamaño 10. Entre párrafos el espaciado deberá ser de 6 puntos.

3. En las citaciones se utilizará un tamaño de letra 9 y conservarán el siguiente esquema:

LibroApellidos, Nombre autor. Título del libro en
cursiva. Edición. Lugar de publicación: Editorial, Año de publicación.

Ejemplo:

1 Pedro Barceló, Breve historia de Grecia y Roma, 2.a ed. (Madrid: Alianza, 2001).

- En caso de que sean dos autores:

1 Guillermo Fatás y Gonzalo Borrás, Diccionario de términos de arte (Madrid: Alianza, 2002).
Artículo de revista científicaApellidos, Nombre autor. "Título del artículo". Título de la revista en cursiva volumen de la revista, de la revista (Año de publicación): páginas que abarca el artículo.

Ejemplo:

1 Nelson Pierrotti, Roma y China en la Antigüedad: los contactos a través de la ruta de la seda (Alicante: Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, 2008),

http://www.cervantesvirtual.com/nd/ark:/59851/bmc5m6p1.
Legislación y
jurisprudencia
La cita de legislación y jurisprudencia, se realiza generalmente en el cuerpo del texto; sin embargo puede recurrirse a notas a pie de página en caso de aclarar o completar información.
Artículo de revista electrónicaApellidos, Nombre autor. "Título del artículo". Título de la revista en cursiva volumen de la revista, de la revista (Año de publicación): páginas que abarca el artículo. DOI o URL del recurso.

Ejemplo:

1 Federico Santangelo, "Roman Politics in the 70s b.c.: a Story of Realignments?", Journal of Roman Studies104 (2014): 127, doi:10.1017/S0075435814000045.

4. En las providencias judiciales se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

- Sustento fáctico: Deberá ir en párrafos separados, enumerados y relacionados cronológicamente el que se hace un recuento sucinto de las circunstancias del caso. V.gr. frente al que pertenecía, delitos por los que se le acusa, si ya ha sido condenado por la justicia ordinaria y se encuentra privado de la libertad, etc. El uso del tiempo verbal en los hechos es el pretérito perfecto simple en tercera persona.

- La transcripción textual de la petición, en caso de que la solicitud provenga directamente por el interesado.

- El trámite al que hubo lugar, previo a la decisión de conceder o no la amnistía o el indulto.

- Competencia: Debe hacerse alusión a la normativa pertinente que nos faculta para conocer el asunto (Constitución Política, Acto Legislativo 01 de 2017, Ley 1820 de 2016 y sus decretos reglamentarios, el Acuerdo No. 001 de 2018 a través del cual se adopta el Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz, entre otros).

- En el análisis de cada caso concreto corresponde al texto argumentativo que permitirá justificar y tomar la decisión de fondo. Por tanto, debe contener fragmentos descriptivos de los antecedentes y transcripciones o citas textuales (de la solicitud, de las pruebas aportadas, de la jurisprudencia aplicable, de la parte dispositiva con mención de la normativa pertinente en uso del tiempo verbal presente, etc).

- En la parte resolutiva deberán utilizarse las expresiones “CONCEDER” y “NO CONCEDER” la amnistía y/o indulto de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1820 de 2016.

- El lenguaje a utilizar, aunque jurídico, deberá ser comprensible y expresado con suficiente claridad para sus destinatarios.

- En lo posible evitar el uso de gerundios, el dequeísmo y el uso indiscriminado de mayúsculas.

Atentamente,

XIOMARA CECILIA BALANTA MORENO

Presidenta Sala de Amnistía o Indulto

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