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         República de Colombia                                  Única Instancia 27313A                                                                                                         

Alfredo Ape Cuello Baute                                     

                                 

 

     Corte Suprema de Justicia  

 

 

Proceso n° 27313

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Aprobado Acta No.38  

Bogotá D. C.,  diez (10) de febrero de dos mil diez (2010).

VISTOS

Procede la Sala a calificar el mérito de la instrucción adelantada al representante ALFREDO APE CUELLO BAUTE, a quien se le investiga por los delitos de concierto para promover grupos armados ilegales y constreñimiento al sufragante.

HECHOS

En el 2002 el Bloque Norte de las autodefensas liderado por Rodrigo Tovar Pupo alias “Jorge Cuarenta”, que ejerce dominio territorial y militar en el departamento de Cesar frente a las demás organizaciones ilegales que hicieron presencia en él, interviene en las elecciones de Congreso de la República para el periodo constitucional de 2002-2006 y previa división de su territorio en regiones, impone y veta candidatos y prohíbe la participación de movimientos políticos en las mismas, mediante la violencia armada, las amenazas, el secuestro y el homicidio.

ALFREDO APE CUELLO BAUTE, de quien se dice tenía vínculos con las autodefensas que eran de público conocimiento en el Cesar, como también que el tercer renglón de su lista había sido ocupado por un reconocido paramilitar, en esa oportunidad habría sido elegido a la Cámara de Representantes bajo el auspicio de los grupos ilegales.

De ello, darían cuenta las conversaciones telefónicas que Yolanda Pupo sostuvo con Astrid María Sánchez de Baute y “Jorge Cuarenta” días antes de esas elecciones, las reuniones y comunicaciones del Congresista con éste y con los jefes paramilitares Daniel Hernández alias “39” y Adolfo Enrique Guevara Cantillo alias “101” durante su campaña electoral y después de ella.

FILIACIÓN DEL SINDICADO

ALFREDO APE CUELLO BAUTE nació en Valledupar el 23 de julio de 1973. Es hijo de Alfredo Cuello Dávila y Martha Baute de Cuello, casado con Lina María, padre de dos (2) hijos, administrador de empresas, Representante a la Cámara por el departamento de Cesar y se identifica con la cédula de ciudadanía 77.174.716 de Valledupar.

ALEGATOS DE LOS SUJETOS PROCESALES

Únicamente presentó alegaciones precalificatorias el abogado de la defensa, quien luego de citar las normas relativas a los requisitos sustanciales de la resolución de acusación y los eventos en que procede la preclusión de la investigación y la cesación de procedimiento, señalar los orígenes de la instrucción y la actividad probatoria desarrollada a lo largo de dos años, considera que la prueba testimonial es el principal medio utilizado por la Corte para arribar a la verdad.

En ese sentido, se ocupa en hacer ver las inconsistencias del testimonio de Flor Alba Martínez en relación con el nombre de la persona que ocupó el tercer renglón de la lista del representante CUELLO BAUTE, la condición de miembro del partido Alas Equipo Colombia y la reunión de Aguas Blancas en la cual el jefe paramilitar Ernesto Báez habría pedido que se votara por él, hechos todos desmentidos con prueba documental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y testimonial de quienes asistieron a dicha reunión.

Después se refiere a los resultados electorales de 2002, para señalar que las explicaciones del Congresista hechas en su indagatoria, desvirtúan lo que se afirma en un escrito conforme con el cual el doctor Morón Cuello “se ahogó” porque CUELLO BAUTE contó con la ayuda de las autodefensas, mientras que en el informe del CTI de abril 15 de 2008 se discrimina la votación obtenida por ambos candidatos en los corregimientos de Valledupar y se deja constancia que los jurados e inspectores de policía entrevistados por quienes lo suscriben, aseguraron que en esas elecciones como en las de 2006 no hubo presencia paramilitar o de grupos insurgentes.

Respecto de las afirmaciones que hace la testigo Dioselina Ramírez, señala que se contradice al aducir que debían obedecer a las AUC y votar por los candidatos que ellos dijeran para después manifestar que no lo hicieron por ellos porque no los conocían, que no explica cómo un candidato obtuvo más del 1.000% de los votos depositados en San Martín por CUELLO BAUTE a pesar de la presión de los paramilitares para que lo hicieran por él y que es absurda su afirmación según la cual él se encontraba en la reunión de La Palestina porque lo conoció por “sus espaldas” cuando únicamente lo había visto por televisión.

Esas inconsistencias son producto de la animadversión que demostró en su declaración, de oscuros intereses políticos y de su afán de obtener beneficios del programa de protección de testigos.

Igual reproche formula a la versión de Omar David Celedón Calderón alias “Cocoliso”, quien incurre en contradicciones acerca de la clase de ayuda que el Representante recibió supuestamente de las AUC y del automotor en el que se transportó al sitio “El Mamón” a entrevistarse con alias “39”, además de haber sido controvertido por Moisés Andrades Racines, jefe político del frente “Los Mártires del Valle de Upar” según Celedón, y Adolfo Enrique Guevara Cantillo alias “101”, comandante de ese grupo ilegal, al sostener ambos que ALFREDO APE CUELLO BAUTE no tuvo vínculos con las autodefensas.

Se trata de “declaraciones calumniosas” que conforman sólo un puñado frente al conjunto de pruebas testimoniales allegadas a la investigación, las cuales se ocupan en mostrar la realidad social que se vivía en las elecciones de 2002-2006 al Congreso de la República.

De otro lado, con las numerosas declaraciones traídas al proceso de cesarenses vinculados al mundo de la política, se puede inferir que el doctor CUELLO BAUTE jamás estableció vínculos o actividades concertadas con las AUC.

En su opinión, la hipótesis según la cual su elección a la Cámara de Representantes fue consecuencia del concierto con las AUC, se encuentra desvirtuada con la comparación de los resultados electorales obtenidos por CUELLO BAUTE en las dos elecciones que ha participado y con los de sus ascendientes, los cuales muestran que en la mayoría de municipios su votación descendió, que hubo diferencias abismales con la de otros candidatos y que obtuvo mejores votaciones cuando la presión de las autodefensas había disminuido.

De acuerdo con lo anterior, solicita que se precluya la instrucción por estar demostrado que no cometió los delitos que se le imputan.  

CONSIDERACIONES

La Corte Suprema de Justicia es competente para adelantar este proceso, ya que de conformidad con el numeral 3 del artículo 235 de la Carta Política en concordancia con lo previsto en el numeral 7 del artículo 75 de la ley 600 de 2000, le corresponde investigar y juzgar a los miembros del Congreso de la República.

Según la certificación expedida el 14 de agosto de 2007 por el Secretario General de la Cámara de Representantes, el doctor ALFREDO APE CUELLO BAUTE tomó posesión del cargo de Representante el 20 de julio de 2006 y en la actualidad ostenta dicha calida, la cual le otorga la competencia a la Sala de Casación Penal de esta Corte para calificar la instrucción.

La Sala al momento de resolver la situación jurídica del Representante consideró que “los elementos de juicio examinados no permiten concluir que se reúnan los requisitos necesarios para proferir la medida de aseguramiento”

Con ese antecedente y siguiendo un orden metodológico, se hará una introducción sobre el surgimiento de las autodefensas y su intervención en la actividad política en el departamento de Cesar, especialmente en las elecciones para Congreso de la República del período 2002-2006, enseguida se indicarán los elementos probatorios de los cuales surgen las imputaciones contra el Congresista y luego se determinará el valor probatorio de cada uno de ellos para adoptar la decisión que en derecho corresponda.

Así las cosas, en 1991 en el municipio de San Martín surgen las denominadas autodefensas campesinas del sur de Cesar con el propósito de combatir a la subversión y a la delincuencia común, cuyo mando asume Juan Francisco Prada Márquez alias “Juancho Prada”, una vez que su radio de acción se amplía a poblaciones de esa zona y del colindante departamento de Norte de Santande.

Mientras tanto en esa misma década, en el norte y centro de Cesar hace presencia el denominado Bloque Norte de las autodefensas campesinas de Córdoba y Urabá, conformado según Rodrigo Tovar Pupo por “hombres y mujeres que nos resistíamos a la opresión que para ese entonces ejercían los grupos subversivos de las FARC, el ELN, alguita (sic) fracción del EPL, en el departamento del Cesar, como único mecanismo posible para defender la vida, la honra y los bienes de las sociedades que conformaban este departamento, ante la claudicación por parte del estado de derecho.

Los mencionados grupos armados ilegales una vez imponen su dominio territorial y militar frente a la subversión, extienden su accionar a otros ámbitos de la vida del departamento, juzgan indispensable su intervención en las administraciones locales so pretexto de combatir la corrupción y paulatinamente se involucran en la política local, regional y nacional.

Por eso, a finales de diciembre de 2000 los recién elegidos concejales de Aguachica son convocados por las autodefensas al sitio Aguas Blancas, corregimiento de San Martín, oportunidad en la que se les impone designar como Personera Municipal a la candidata suya, Adriana Quiñones Alfonso, tal como lo refieren los ediles de esa época Luz Irina Pérez Sánchez, Alfredo Vega Quintero y Elkin Huertas Cabezas, entre otros

Además, miembros de la organización o en representación de ella, ocuparon los cargos de concejal de San Martín, Alirio Trujillo Sánchez alias “Chorizo y de alcalde de Aguachica, David Alberto Simancas.

Luego, bajo el pretexto de reducir y combatir la corrupción en el departamento “empezamos a desarrollar las operaciones militares o política, o sociales, que considerábamos podrían ayudar a bajar los altos niveles que expresaban las mismas comunidades, en ese sentido, y siguiendo esa directriz, es que tomo la decisión de empezar por mi tierra, el 13 de enero de 2002 se lleva a cabo la “retención política” de Víctor Joaquín Ochoa Daza que “Jorge Cuarenta” califica de juicio político al Movimiento de Renovación Liberal MRL y le impone al grupo la prohibición de llevar candidatos a corporaciones públicas en las elecciones de marzo de ese año.

Al mismo tiempo, la intervención de las organizaciones  armadas ilegales en la campaña electoral es abierta, directa y se hace manifiesta en casi todos los municipios; el Bloque Norte con el propósito de garantizar la adecuada representación de Cesar en el Congreso de la República, decide dividir el departamento en dos regiones: la del sur y la del norte - centro.

En el sur los concejales de los municipios de San Martin, Aguachica, San Alberto, Gamarra, La Gloria, González, Río de Oro, Pailitas y Pelaya asisten a la reunión convocada en La Palestina antes de las elecciones de 2002, en la que los jefes paramilitares “Harold” y “Omega” del frente Resistencia Motilona del Bloque Norte, “especificaban las autodefensas especificaban … los personajes que había que elegir en esta región y que nosotros teníamos que responder en los cubículos,… ellos mencionaron por regiones…”

Acerca de la asignación de candidatos a las regiones por mandato de los grupos armados al margen de la ley también se refieren Luz Irina Pérez Sánchez, Dairo Méndez Muñoz, William de Jesús Ovalle Suárez, concejales para esa época de Aguachica, San Alberto y San Martín poblaciones del sur del departamento, Elvira del Carmen Díaz Barrios y Vicente Sebastián Ovalle Aragón, habitantes de Astrea y El Copey, municipios del norte e integrantes de lo que se denominó el G-8.

Para hacer realidad ese propósito, las autodefensas acuden a la presión armada, amenazan e imponen vetos a miembros de partidos y organizaciones políticas, secuestran y matan a dirigentes políticos, obligando a algunos candidatos al Congreso de la República a renunciar a su aspiración por no hacer parte de la lista impuesta por ellos en el su, impidiendo que los miembros de un movimiento político encabezaran listas a esa Corporación o intervinieran en el debate electoral de 200, o exigiendo que los líderes de la comunidad apoyaran únicamente a quienes los paramilitares respaldaban en la zona norte del departament.

El doctor ALFREDO APE CUELLO BAUTE participa en el debate electoral de 2002 con el propósito de ocupar en la Cámara de Representantes el escaño dejado por su padre, elecciones en las cuales también intervienen los grupos armados ilegales; los del sur con un proyecto político regional que asegurara la elección de los candidatos de esa región y el Bloque Norte con la intención de garantizar la representación de Cesar a nivel nacional.

Las conversaciones telefónicas obtenidas de la interceptación legal del abonado 5742770 de Valledupar e incorporadas a este proceso, los testimonios de Flor Alba Martínez y Dioselina Ramírez Osorio ex concejales de Aguachica y San Martín respectivamente y las declaraciones de Omar David Celedón Calderón alias “Cocoliso” y Jhon Jairo Hernández Sánchez alias “Daniel Centella”, desmovilizados de las autodefensas que ejercieron influencia militar y política en el Cesar según lo visto en precedencia, constituyen el fundamento de las imputaciones que por los delitos de concierto para promover grupos armados ilegales y constreñimiento al sufragante se le hacen al representante CUELLO BAUTE.  

Frente a los cargos que se le enrostran, el Congresista respondió que llegó a la Cámara de Representantes por la tradición política de su familia que se remonta a treinta (30) años atrás, que su elección fue limpia, que no asistió a reuniones con jefes de las autodefensas como tampoco tuvo comunicación con ellos, que estos jamás lo han sindicado de haberse asociado con las organizaciones armadas ilegales asentadas en su departamento, cuya presencia no puede negar, y que no todos los políticos de su región tuvieron vínculos con los paramilitares.

Calificó las conversaciones telefónicas interceptadas de irresponsables y advirtió que si hubiera querido contactar a Jorge Cuarenta o buscar el apoyo de las autodefensas, lo habría hecho él o su papá pero no dos días antes del debate electoral según se infiere de las mismas, respecto de las cuales se muestra totalmente ajeno.

Enfatizó que Flor Alba Martínez y Dioselina Ramírez Osorio mienten y que los resultados electorales son la mejor muestra de no haber contado con el apoyo de las AUC o de haberse asociado con estas con fines electorales.

Ahora bien, según el informe 43.527 de policía judicial de la interceptación ordenada al abonado telefónico 574277– dentro de un proceso adelantado en la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, se obtuvo la grabación de conversaciones en las cuales se le pide a “Jorge Cuarenta” favorecer la aspiración electoral del candidato a la cámara ALFREDO APE CUELLO BAUTE y se habla de las dificultades que tiene su campaña en el sector rural de Valledupar, las cuales finalmente habrían sido superadas por la intervención al parecer de los paramilitares.

De las conversaciones en las cuales participan Yolanda Pupo -tía de “Jorge Cuarenta”-, Astrid María Sánchez de Baute -tía de CUELLO BAUTE- y el mismo Rodrigo Tovar Pupo, entre otras personas, se infiere la preocupación que embargaba a las dos mujeres por la suerte electoral de su “ahijado” y sobrino.

En la única conversación telefónica en la que Yolanda Pupo habla con “Jorge Cuarenta” sostienen el siguiente diálogo:

“Y: Aló. JC: Comadre como está. Y: Hay compadre, hay que emoción compadre, bien y usted? JC: Cómo me le ha ido. Y: Bien, aquí esperando el triunfo de mi ahijado. JC: Cuál es tu ahijado. Y: eh, eh Alfredito. JC: ah, ya, ya,  Y: Cómo estamos JC: bien, bien, yo lo veo a él, yo lo veo a el, yo lo veo a él que esta, esta luchando Y: Si. JC: Si Y: Será posible. JC: Pues Y: Porque sería una tristeza pa mi, muy horrible porque JC: Todo depende del trabajo que él haya hecho. Y: Uy el trabajo ha sido fantástico compadre, como será que yo me he movido con (…) Edgardo, pero ese peladito está cariñoso, que me he movido. JC: Si, si la verdad Y: Me he movido bastante. JC: La verdad es que es un buen pelado. Y: Bueno y es serio. JC: Si. Y: Y en los foros el mejor que lo ha hecho es él. JC: Que Bueno. Y: Es mejor. (…) Y: Como estamos compadre. JC: Bien, bien, eso hay que apoyar es a Mauricio. Y: Aquí, todos, todos van a votar por Mauricio. JC: Si, si. Y: Mauricio y Alfredito. (…) Compadre, este, será que estamos bien entonces. JC: yo, yo si creo, yo, a mí solo me preocupa es que, es que él no saque la cantidad que necesitaba sacar allí en la capital, porque el necesitaba hacer un trabajo duro Y: De dieciséis. JC: Para que se le dieran las cosas Y: hay Dios mío, haga fuerza compadre. JC: así es, yo, yo. Y: Empuje, empuje porque JC: yo, yo estoy empujando lo que me toca. Y: Empuje compadre lo que le toque porque ese es mi ahijado. JC: Listo, listo. Y: Sería mucha tristeza para mi, mucho uyhh. JC: Bueno (…).”.

Yolanda Pupo y Astrid María, 20 minutos después sostienen la siguiente conversación

“AM: Aló. Y: Doña AM: Hola Y: Como amaneció, bien verdad. AM: Bueno, doña. Y: Bien AM: Un poquito retefeo. Y: Por qué? AM: Porque como que se nos quiere meter alguien por allá, por el otro lado de Hurtado. Y: De otro lado, de donde? AM: De Hurtado. Y: Aló, aló, no ellos están bien, no tengo que hablar con usted personalmente. AM: No, no, no porque, es que estamos con angustia. Yo acabo de llamar a Y: A Quién. AM: A tu sobrina Any, es que no podemos hablar por teléfono Y: Si, no se puede nada (…) AM: Estamos con angustia. Y: Por qué?  AM: Que porqué Y: De parte de mi compadre todo, de parte de mi compadre bien. AM: Cuando Hablaste? Y: No Doña, no puedo doña, no puedo, no puedo, no puedo por teléfono no se puede aquí nada (…) AM: No nada, nada. Si yo acabo de hablar también con tu sobrina. Y: Con quién  AM: Yo le pedí por cuanto… por la amistad, por todo que nos ayuden. Y: Habló. AM: Si Y: Yo, yo. AM: Porque tenemos complicaciones por allá después de Hurtado, las flores como que no quieren caer bien, como que se quieren desviar por otra (…).”

Después del medio día del viernes 8 de marzo, las mujeres mantienen la siguiente conversación:

“AM: Aló. Y: Doña AM: Hola Doña. Y: Entonces la cosa está calmada allá. AM: Uy, No se preocupe. Y: Hay siquiera. AM: estamos muy bien. Y: Gracias a Dios AM: No vaya a decir nada. Y: No, no. AM: Pero es que su ahijado y mi sobrino están allá. Y: Y su sobrino. AM. Si. Y: Cuñado. AM: Mi sobrino Manuel Guillermo vino ayer de Bogotá. Y: Ah, no sabía, están pa allá AM: Si  Y: Ah Bueno, las hijas AM: Hay si, pero ya se arregló esto. Y: Que descanso cuando, que descanso cuando regresen me llama. AM: Si, no ellos ya deben estar llegando. Y: Y a que horas salieron. AM: Tempranito... Porque la orden fue que fueran acá, acá cerquita. Y: Ah AM: Hay, por teléfono no podemos hablar. Y: Si, pero más o menos dime una sílaba, pero no fueron… lejos. AM: Si cerquita, cerquita Y: Ah, fue cerquita. AM: Si, Y: Con los amigos de él. AM: Con los amigos de él. Y: Ah… AM: No, ya todo bien. Y: Ya regresaron. AM: Ya, que sí, todo bien. … sabe que le dijeron, que era que estaba perdiendo y que no, que iban a hacer con él Y. Que, qué AM: Que fueron a echar un poconon de mentiras allá, de que estaba perdido Y: Como va a ser eso. AM: Si: Y: Allá donde mi compadre. AM: Aquí, aquí, donde el subalterno. Y: Ah. AM: Entonces este había cambiado todo, pero entonces aquél llamó y ya, cambió todo Y: El compadre llamó AM: El, su compadre. Y. Ah bueno. AM: Estamos bien.

Al siguiente día en horas de la tarde, Astrid María y Yolanda Pupo sostienen la siguiente conversación:

“Y: Aló. AM: Doña Y: Ah Doña. AM: Cumpliéndonos en todo, Y: Ah. AM: Cumpliéndonos en todo Y: Si  (…) Y: La política está normal hoy, no. AM: Doña eso es lo que le estoy diciendo. Y: Es que, no, no te entendí. AM: Que todo anda sobre ruedas Y: Si. AM: Si, si, todo, todo lo cumplido Y: Quién te dijo. AM: Todo lo prometido esta cumplido Y: Verdad doña. AM: Hasta ahora si. Y: Quién te dijo. AM: Hay doña  Y: Litis AM: Un emisario aquí anoche hasta las once de la noche en mi casa Y: Ah, si, seguro doña. AM: Si, doña seguro. No te digo mentiras, lo que pasa es que no quería, prohibido. Y: Um, um. AM: Claro.

No cabe duda que el tema de las conversaciones telefónicas entre las dos mujeres los días viernes y sábado anteriores a las elecciones, giró en torno a la campaña del doctor CUELLO BAUTE, a un problema de la misma en “Hurtado” que habría sido solucionado con la intervención del candidato y al propósito de favorecer su aspiración por alcanzar un escaño a la Cámara de Representantes.

Pero así como es evidente que las mujeres no eran ajenas a la campaña de ALFREDO APE CUELLO BAUTE, pues en sus conversaciones se refieren al número de reuniones políticas que tuvo en una noche, a la cantidad de personas que asistirían a un desayuno, a la encuesta cuyos datos no favorecían al candidato y a algunas donaciones para impulsar la campaña, etc., también lo es que no existe ningún elemento de juicio que permita advertir que ellas actuaron por solicitud, petición o con conocimiento del Representante procesado.

Por el contrario, todo parece indicar que la iniciativa para pedir al jefe paramilitar que se interesara en la candidatura de CUELLO BAUTE provino de ambas mujeres; primero porque el origen de la llamada del jefe paramilitar que contestara Yolanda Pupo perseguía otro fin, y segundo porque ante las dificultades que estaban surgiendo en “Hurtado”, Astrid María acude a Any y le invoca la amistad para que les ayude.

Estas son las razones por las cuales al momento de resolver la situación jurídica, la Sala estimó que

Esos diálogos telefónicos por sí mismos, sin embargo, no constituyen para la Corte suficiente evidencia demostrativa de la existencia de acuerdos entre el doctor CUELLO y “Jorge 40”, o con el grupo armado ilegal que éste comandaba, y específicamente de uno dirigido a que el primero lograra un escaño en la Cámara de Representantes por el Departamento del Cesar..

En esa oportunidad procesal, ya hacía parte de la actuación la declaración de Víctor Eliécer Ochoa Quintana trasladada del proceso 26.47, siendo uno de los sustentos probatorios sobre el cual se edificó la medida de aseguramiento impuesta al doctor Álvaro Morón Cuello.

En la definición de situación jurídica, se trascribieron sus manifestaciones según las cuales

“un viernes antes de las elecciones, me dice un amigo, oye, yo vengo allá del alto y los paracos se le torcieron a MORÓN, cómo, le dije yo, sí, que no le van a poner todos los votos como lo tienen planeado, sino una parte, porque el man no casó la totalidad de la plata, yo me asusté porque la condición era que si este señor se ahogaba a mi me daba miedo que mataran a mi papá, efectivamente llegaron las elecciones él día domingo y el señor ÁLVARO MORÓN perdió las elecciones y el señor ÁLVARO ARAUJO sacó unas elecciones altísimas (…) Yo, la verdad  que al día siguiente de las elecciones me fui para donde el señor 39, llorando, con mi papá,  porque yo dije que a mi papá lo van a matar porque se ahogó MORÓN, y 39 me dijo no se preocupe que a su papá no le va a pasar nada por lo de MORÓN puesto que 35, o sea, el nombre de un comandante, se torció con la plata, él creía que esto era gratis y la orden del jefe fue que le sacaran la mitad de los votos y se la pusieran a otros que si cancelaran la vaina, la plata,

La decisión de las autodefensas de quitarle parte de los votos convenidos con el doctor Morón Cuello debido a su incumplimiento económico, explicaría que esa mitad le habría sido entregada al candidato CUELLO BAUTE, dada la coincidencia temporal de esa determinación con el problema que surge para su campaña en el lado de “Hurtado”.

Una deducción de tal naturaleza carece de prueba. La Sala le ha reconocido credibilidad al testimonio de Ochoa Quintana, a pesar de su posterior retractación, pero colegir de él aquella inferencia es atribuirle a su declaración un alcance que no tiene.

Las manifestaciones conforme con las cuales al doctor Morón Cuello “no le van a poner todos los votos como lo tienen planeado, sino una parte” y “la orden del jefe fue que le sacaran la mitad de los votos” son de carácter general, porque en ninguna parte de su declaración menciona el lugar o sitio geográfico en el cual se cumpliría y finalmente se cumplió la decisión de las autodefensas, según lo que 39 le dijera a Ochoa Quintana.  

Por eso mismo, no puede afirmarse que tal acto se cumplió en “Hurtado” a favor de la campaña del doctor CUELLO BAUTE y no en otro lugar o lugares, entre otras cosas por dos razones adicionales: primera, los problemas se refieren a que se nos quiere meter alguien por allá” y no a exigencias económicas; y segunda, no está probado que en ese sitio hubiera ocurrido un fraude o una alteración de los resultados electorales provocada por los paramilitares, como lo corroboraron las persistentes investigaciones de policía judicial adelantadas en los corregimientos de Valledupar.

 Tampoco de la orden del jefe paramilitar, para que la mitad de los votos “se la pusieran a otros que si cancelaran la vaina, la plata” puede concluirse que quien obró en consonancia con esa petición fue el representante CUELLO BAUTE, pues se carece de evidencia que permita asegurar que entregó dinero a las autodefensas con ese propósito.

Recuérdese además que en las elecciones de 2002, en el departamento de Cesar participaron trece (13) candidatos a la Cámara de Representantes incluyendo al doctor CUELLO BAUTE, de los cuales siete (7) obtuvieron votaciones superiores a los dieciséis (16.000) voto, de manera que no puede decirse que las manifestaciones de Ochoa Quintana tuvieran como destinatario a CUELLO BAUTE, sino que por ser un enunciado general pueden estar referidas a cualquier candidato.

Aun cuando con posterioridad a la definición de situación jurídica han surgido otros elementos de convicción, estos no colman los presupuestos requeridos para proferir acusación en este caso, pues de los mismos no puede inferirse que ALFREDO APE CUELLO BAUTE en el 2002 fuera elegido a la Cámara de Representantes con el apoyo de las autodefensas, bien porque hubiera buscado el respaldo o acudiera a pactos o acuerdos con los jefes de las organizaciones armadas al margen de la ley con ese propósito, o porque en la eventualidad de tener como ciertos algunos de los hechos, éstos no permiten establecer ningún vínculo con su elección al Congreso de la República.  

Las manifestaciones de Flor Alba Martínez acerca del conocimiento público de las presuntas relaciones del doctor CUELLO BAUTE con las AUC y de la inscripción en su lista de un supuesto paramilitar, son infundadas. Las críticas de la defensa acerca de la mendacidad de su testimonio son pertinentes, pues sus afirmaciones no encuentran respaldo en ningún fundamento probatorio al atribuir a Samuel Ruiz la condición de paramilitar, por el simple hecho de hallarse casado con una hermana de Juancho Prada, comandante de las autodefensas del sur de Cesar, o carecen de veracidad al señalar que ALFREDO APE era candidato del movimiento político Ala.

Hasta ahora no se conoce de investigaciones penales contra el citado Ruiz por vínculos con las autodefensas como tampoco es cierto que en el 2002 ocupara el tercer renglón de la lista encabezada por ALFREDO APE a la Cámara de Representantes o su candidatura fuera avalada por esa organización política, según puede constatarse con la copia del formulario E-6 de la Registraduría Nacional del Estado Civil de inscripción de candidatura y aceptación de la lista de candidato.

Pero independientemente que Samuel Ruiz fuera un paramilitar en razón del vínculo matrimonial que lo une con la hermana de Juancho Prada, o que Emiro Antonio Camacho haya aclarado que su esposa Flor Alba se equivoc, a la testigo nada de lo dicho podía constarle porque cuando ALFREDO APE CUELLO BAUTE renuncia en julio 26 de 2001 al cargo público que desempeñaba en Concaj para aspirar a un escaño al Congreso de la República, ella ya había abandonado Aguachica por amenaza.

Las inconsistencias anotadas a su versión, condujeron a que su declaración rendida el 11 de mayo de 2007 no fuera citada por la Sala en la decisión que se abstuvo de imponer medida de aseguramiento al representante CUELLO BAUTE.

También a los presuntos vínculos o reuniones del Congresista con las autodefensas o un jefe paramilitar se refiere la ex -concejal de San Martín Dioselina Ramírez Osorio, quien en diciembre de 2004 abandonó el municipio debido a varios atentados de que fuera objeto por problemas con el paramilitar conocido con el alias de “Douglas”, mujer que actualmente hace parte del programa de protección a testigos de la Fiscalía General de la Nación.

La mencionada declarante asegura que siendo concejal, en la reunión de La Palestina convocada por las autodefensas antes de las elecciones al Congreso de 2002 a la cual asistió ella, CUELLO BAUTE fue mencionado como uno de los “personajes” que había que elegir por esa región y que en la misma se encontraba él, pues en un kiosco aledaño pudo verlo de espaldas dialogando con “Jorge Cuarenta” y Álvaro Morón Cuello.

Dicha versión se encuentra confirmada parcialmente en el proceso, en cuanto está demostrado que el sitio de La Palestina existe, que la reunión se llevó a cabo y que en ella también estuvo Dioselina en su condición de concejal de San Martín; más no así, en lo relacionado con el objeto de la misma y la presencia de candidatos al Congreso de la República y de “Jorge Cuarenta” en ese lugar.

En este sentido, el jefe paramilitar “Jorge Cuarenta señala que La Palestina está ubicada entre los municipios de San Martín y Aguachica y era un centro donde usualmente se adelantaban talleres políticos, de desarrollo y empresariales, controlado por el frente resistencia Motilona del Bloque Norte al mando de alias “Omega” y al cual acudían los acumulados solidarios comunitarios.

Sin embargo, la versión de Dioselina Ramírez conforme con la cual ese día en un kiosco de la Palestina se encontraban CUELLO BAUTE y Jorge Cuarenta dialogando, mientras que quienes dirigían la reunión -los paramilitares “Harold” y “Omega”- le manifestaban a los asistentes que en el sur también debía elegirse a ese Congresista, no es confirmada por ningún medio probatorio.

Es así que quienes asistieron a la reunió no respaldan su aseveración en esos tópicos, al asegurar que en la misma o en el lugar donde se efectuó no se encontraban ni fueron vistos candidatos al Congreso de la República y el jefe paramilitar “Jorge Cuarenta”.

Por el contrario, manifestaron que se les habló del proyecto político regional que impulsaban las AUC a partir del apoyo que se daría a los candidatos de la región, al respaldo únicamente de las listas a la Cámara de Representantes sugeridas por ellas y a la directriz de no comprometerse con candidatos diferentes a los que en su oportunidad les fueran señalados.

Con atención a las reglas que rigen la apreciación de la prueba testimonial y aquellas de la sana crítica que se vinculan con el modo y lugar en que la testigo percibió el hecho que narra, es poco probable por no decir que incierto que estuviera en capacidad de reconocer a la distancia y por la espalda a una persona que no conocía y a la cual únicamente había visto por la televisión según su propio dicho.

La renuncia en diciembre de 2001 del dirigente de Aguachica Alfredo Vega Quinter a la lista de CUELLO BAUTE por mandato de las AUC, por considerar que con su aspiración conducía a la división de la región y a desconocer la orden de apoyar el proyecto político regional impulsado por esa agrupación armada ilegal, deja en evidencia que el Congresista no contó en su campaña política con el respaldo de las autodefensas o de “Jorge Cuarenta” por lo menos en esa zona del departamento, tal como lo afirmó la testigo.

Así mismo, los resultados electorales de 2002 en el sur controvierten la versión de Dioselina sobre el supuesto respaldo al  Representante pedido por las AUC en esa reunión, al mostrar que apoyaron al candidato del Movimiento de Integración Regional tal como lo habían sostenido varios declarantes, el cual obtuvo 19.381 voto– frente a los 5.276 alcanzados por CUELLO BAUTE en los mismos municipios.

Valga la pena traer a colación lo que en ese sentido había expresado José Alcides Flórez, quien para no mencionar nombres se limitó a decir que “los resultados son los que muestran a quiénes estaban apoyando ellos”, es decir las autodefensas.

Entonces, la debilidad probatoria del testimonio de Dioselina Ramírez Osorio no surge únicamente de la ausencia de medios probatorios que coadyuven su versión como podría argüirse, sino también de la existencia de prueba documental y testimonial que la controvierte en sus aspectos esenciales, según lo que se ha dicho.

En el desarrollo de la investigación fueron contactados y oídos los desmovilizados de las autodefensas que manifestaron a los miembros de la policía judicial o que expresaron en sus versiones ante justicia y paz, tener conocimiento de reuniones y comunicaciones del Representante con líderes paramilitares.

Según Omar David Celedón Calderón alias “Cocoliso, CUELLO BAUTE a principios de 2004 fue al “Mamón” a hablar con alias “39”; en el 2006 acostumbraba a hablar telefónicamente con alias “101”; y, en el 2007 acudía a pedir colaboración a alias “Pedro” jefe de las fuerzas emergentes gaitanistas en Pailitas.

A pesar de que el testigo perteneció al frente Mártires del Valle de Upar del Bloque Norte de las autodefensas y trabajó bajo las órdenes de los comandantes paramilitares que menciona en su declaración, que en principio constituirían los ejes de la razón de su dicho para tener por cierta su declaración, plurales razones probatorias permiten concluir lo contrario.  

Así, el conocimiento del testigo de la reunión de CUELLO BAUTE con alias “39” proviene de terceros, pues según él debido a la recriminación que se le hiciera porque en la carretera que conduce al “Mamón” hizo detener un vehículo para requisarlo, pudo enterarse que la razón de esa molestia era debida a que dentro del automotor iba el Representante, según se lo contara el mismo “39” al siguiente día.

Pero además de no haberlo visto, Celedón Calderón no conoce ni distingue al Congresista, de modo que su versión siendo de oídas carece de fuerza probatoria por no existir otro elemento de juicio que permita comprobar que el doctor CUELLO BAUTE se reunió con alias “39” y determinar el objeto de su encuentro, si se tiene en cuenta que para la época de la supuesta reunión habían transcurrido casi dos años desde las últimas elecciones para Congreso de la República.

Ahora bien, admitiendo que el testigo como escolta personal portara los celulares de su comandante, hecho que negara Adolfo Enrique Guevara Cantillo alias “101, es inadmisible aceptar o cuando menos discutible señalar al Representante como la persona que se comunicaba telefónicamente con aquel, sólo porque quien estaba al otro lado de la línea manifestara ser APE, ya que si Celedón Calderón nunca había hablado o tenido trato con el Congresista tampoco existe una razón que permita pensar que se hallara en capacidad de identificarlo por su voz.

Además es evidente que el testigo supone el contenido de las presuntas conversaciones de CUELLO BAUTE con alias “101”, pues a partir de una regla suya según la cual los políticos que subían a entrevistarse con él iban a lo mismo, deduce que buscaba el respaldo de la organización a su aspiración a la Cámara de Representantes porque el jefe paramilitar nunca le comentó para qué lo llamaba.

Por eso, que Adolfo Enrique Guevara Cantillo alias “101” sea sincero o no en su declaració, negó que esas llamadas se hubieran producido, esa deducción fundada en la experiencia del testigo queda sin sustento cuando se advierte que para la época en que Celedón Calderón dice haber comunicado a APE con su comandante, mayo de 2006 después de la desmovilización, los comicios electorales para el Congreso de la República ya se habían celebrad, esto es, que el objeto de las supuestas conversaciones telefónicas deviene inexistente.

    Igual ocurre con la presunta colaboración solicitada al jefe de las “gaitanistas” para que le prestara seguridad a las estaciones de servicio que el doctor CUELLO BAUTE tendría en el municipio de Pailitas, porque las gestiones adelantadas por policía judicial en la cámara de comercio de Aguachic permitieron establecer, según los certificados de registro de las matrículas comerciales de esa oficina, que ninguna pertenece o ha pertenecido al Representante o a algún miembro de su familia, lo cual deja al descubierto la mendacidad del testimonio del citado desmovilizado.

Finalmente, el ofrecimiento de dinero al testigo para que callara las reuniones y comunicaciones del Congresista con miembros de la organización paramilitar que le habría hecho su abogad por encargo de Nivaldo Efraín Cabello Dorad, es desmentido por ambos profesionales del derecho, sin que existan motivos que aconsejen descartar sus testimonios a favor de una declaración carente de credibilidad.

Por último, en versión rendida el 5 de mayo de 2009 ante la Sala Única de la Unidad Nacional para la Justicia y la Paz de la Fiscalía General de la Nación en Barranquilla, el desmovilizado Jhon Jairo Hernández Sánchez alias “Daniel Centella” a las siguientes  preguntas de la funcionaria respondió:  

“Conoció usted al señor Alfredo Cuella Dávila (sic)? Ape Cuello si lo eh.

Quién es esa persona? Eh, un representante a la Cámara por el Cesar.

Y que, dónde lo conoció, dónde lo vio? El lo vi en el 2003, lo vi allá donde “39”.

De? Comienzos de 2003.

En dónde se encontraron? En la finca Los Planos.

Y sobre los motivos de la visita del Representante a alias “39” dijo:

“No sé ellos hablaron allá a solas allá. Tenían lo que hasta donde yo alcancé a saber por parte de “39” fue que el hombre fue agradecerle allá no se que fue a agradecerle, no lo conozco”.

Y cuando lo interrogó acerca de aportes por parte de APE CUELLO a la organización ilegal o de compromisos de esta para con aquel, contestó:

“No tengo el conocimiento doctora.  

Recibió usted alguna instrucción para apoyar la candidatura de esta persona? No Doctora.”.

La pretensión de ampliar y precisar el interrogatorio inicial del postulado a justicia y paz fracasó, cuando Sánchez Hernández manifest que a su versión inicial nada tenía que agregar porque todo lo que sabía ya lo había expresado en esa ocasión.

Ahora bien, como el testigo ingresó a las autodefensas en agosto de 2002, esto es, meses después del debate electoral de marzo de ese año y sin que a ciencia cierta se sepa cómo conoció o distinguió al Representante, en cuanto se limitó a señalar que únicamente lo vio en dos ocasiones y nunca más volvió a verlo, su testimonio a más de fragmentario no ofrece mayores datos que permitan encontrar las razones de los presuntos encuentros del doctor CUELLO BAUTE con alias “39”, persona que murió en un enfrentamiento con el Ejército Nacional el 24 de octubre de 2004.

En las condiciones reseñadas en precedencia, es factible concluir que la prueba testimonial incriminatoria además de encontrase controvertida en el proceso carece de suficiente entidad probatoria, de manera que sustentar un eventual juicio de responsabilidad con ella sería desconocer las exigencias mínimas probatorias que en nuestro sistema legal se requieren para proferir una decisión acusatoria.

La intervención de los grupos armados al margen de la ley en la actividad política de Cesar es un hecho incontrovertible como también lo fue la distribución geográfica del departamento en las elecciones a Congreso de la República. Para ello acudieron a la violencia armada y a la amenaza como puede verificarse con la numerosa prueba testimonial que hace parte del proces, así Rodrigo Tovar Pupo “Jorge Cuarenta” sostenga que el Bloque Norte que comandaba no intervenía en política porque ese rol lo cumplían los denominados “acumulados solidarios comunitarios” que no eran autodefensas y luego admita que el secuestro de Víctor Joaquín Ochoa Daza fue un juicio político al Movimiento de Renovación Liberal MRL de Valledupar.

De ahí que se haya esforzado por señalar que “como autodefensas hacíamos parte de las fuerzas armadas dentro de unos estados en formación que estábamos construyendo a partir de la derrota que le infligimos a los estados subversivos, que eran los que hacían presencia en toda esa región, los acumulados solidarios comunitarios que conformaban las bases sociales de esos estados en formación, eran los que asumían los roles sociales y políticos, entre otras, el verdadero poder de esos estados.

La aceptación del dominio paramilitar en el departamento de Cesar y la participación de las autodefensas en la política y la campaña electoral de 2002, sin embargo, no permiten fijar la regla según la cual la participación de los políticos y candidatos en ese debate fue posible únicamente mediante la concertación con las organizaciones armadas ilegales, bien para que se les permitiera el ejercicio de la actividad política o se les garantizara su elección al Congreso de la República, a partir de compromisos o acuerdos adquiridos previamente con esos grupos irregulares.

En efecto, con excepción de los numerosos anónimos sin ningún valor probatorio enviados a la Corte y de la declaración de Dioselina Ramírez Osorio, en la investigación no se encuentran elementos de juicio con los cuales pueda afirmarse o deducirse, que en el 2002 el Bloque Norte respaldó la candidatura de CUELLO BAUTE con su anuencia o que éste hubiera llegado a acuerdos con las autodefensas que favorecieran su elección a la Cámara de Representantes.

En este sentido, las conversaciones de Yolanda Pupo y Astrid María Sánchez de Baute muestran que tuvieron contactos con el jefe paramilitar “Jorge Cuarenta” y miembros de las autodefensas buscando apoyo para la candidatura de CUELLO BAUTE, pero no hay prueba de su participación en las conversaciones como tampoco que estas se hayan producido por solicitud del Representante o que habiendo tenido conocimiento de ellas, consintiera el comportamiento de las dos mujeres en beneficio propio.

Así mismo se desconoce si obtuvieron el apoyo que buscaban de las autodefensas, porque si en general se refieren a las dificultades que tenía la campaña hacia el lado de “Hurtado, las investigaciones llevadas a cabo en la zona rural y los corregimientos de Valledupar, no permitieron encontrar evidencias de participación de los grupos armados ilegales modificando o alterando los datos electorales de 2002, los cuales -de otro lado- no muestran concentraciones inusuales a favor del doctor CUELLO BAUTE.

Basta con señalar que los candidatos que mayor votación alcanzaron en el sector rural de Valledupar fueron ALFREDO APE CUELLO BAUTE, Álvaro Morón Cuello y Luis Alberto Monsalvo Gnecco con 2.007, 1.890 y 1.040 votos respectivament, sin que por el solo resultado pueda deducirse un respaldo o colaboración de la cual ningún testigo ha hablado.

De otro lado, las probables reuniones del Representante con reconocidos jefes paramilitares de Cesar, con excepción de la mencionada por Dioselina Ramírez Osorio, habrían ocurrido meses o años después del debate electoral al Congreso de la República de 2002 e incluso más allá de la desmovilización de los grupos armados ilegales, por lo que eventualmente si se tuvieran por ciertas carecen de la fuerza probatoria para concluir con ellas, que la elección a la Cámara de Representantes del doctor CUELLO BAUTE en ese año fue consecuencia de los acuerdos o compromisos adquiridos con las autodefensas.

Tampoco existen pruebas que permitan señalar que las acciones violentas emprendidas por las autodefensas en el departamento de Cesar, especialmente en las elecciones de 2002, para inclinar la voluntad popular y someter a los candidatos, líderes de la comunidad y movimientos políticos, coartándoles el derecho al sufragio o a la libre elección, pueden serle atribuidas al Congresista a título de autor o de partícipe de ellas.

Finalmente, ningún testigo ha dicho o sostenido que las autodefensas le exigieron apoyar a CUELLO BAUTE o escuchó a terceros que los grupos armados ilegales hubieran dispuesto una región o territorio en la cual sólo se podía votar por aquel, como tampoco les consta de reuniones o de acuerdos que haya tenido con el Bloque Norte o con su comandante “Jorge Cuarenta” para asegurar su elección a la Cámara de Representantes.

Finalmente, una mirada al comportamiento electoral del doctor CUELLO BAUTE sugeriría no de manera concluyente, que su votación en el 2002 antes que a acuerdos con los paramilitares respondería a la tradición política de su familia, pues los 24.531 votos obtenidos en su primera elecció son casi iguales  a los 24.47 alcanzados por su señor padre en las elecciones de 1998 a la Cámara de Representantes.

Reforzaría esa tesis, el hecho de que el Representante en las elecciones de 2006 no solo haya mantenido su votación sino que la hubiera incrementad.

El artículo 397 de la ley 600 de 2000, dispone que se dictará resolución de acusación cuando esté demostrada la ocurrencia del hecho y exista confesión, testimonio que ofrezca serios motivos de credibilidad, indicios graves, documento, peritación o cualquier otro documento que permita determinar la responsabilidad del procesado.

Como quiera que la prueba incriminatoria según lo visto no cumple con los presupuestos probatorios mínimos necesarios, que permita con cierto grado de probabilidad señalar que el representante ALFREDO APE CUELLO BAUTE fue elegido a la Cámara de Representantes mediante acuerdos con el jefe paramilitar Rodrigo Tovar Pupo “Jorge Cuarenta” o con el apoyo de la organización militar liderada por él para poner a su servicio la función de Congresista, ni tampoco determinó o fue autor de los reprochables actos de violencia que atentaron contra los mecanismos de participación democrática, la Sala dispone precluir la investigación adelantada en su contra y el archivo del expediente a la ejecutoria de esta decisión.

Por lo expuesto, la SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA,

RESUELVE

Primero.- Precluir  la instrucción adelantada al representante ALFREDO APE CUELLO BAUTE por los delitos de concierto para promover grupos armados ilegales y de constreñimiento al sufragante, por las razones expuestas en la motivación de esta decisión.

Segundo.- Contra esta decisión procede el recurso de reposición.

Tercero.- Archivar el expediente a la ejecutoria de esta providencia.

Notifíquese y cúmplase.

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ                             SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO                    MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS

           Salvamento de voto

AUGUSTO J. IBAÑEZ GUZMÁN                         JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS       

       Salvamento de voto Salvamento de voto

YESID RAMÍREZ BASTIDAS                                                JAVIER ZAPATA ORTIZ

         Salvamento de voto

TERESA RUIZ NÚÑEZ

Secretaria

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