Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 11001-03-25-000-2013-00561-00(1093-13)_20250123 de 2025
Actos intimidatorios realizados prevaliéndose del cargo con el fin de evitar un control de alcoholemia constituyen falta disciplinaria gravísima. "[E]n lo que concierne a la inexistencia del deber de sujeción del ciudadano a practicarse la prueba de alcoholemia por el derecho de no autoincriminación [art. 33 de la CP], es preciso recordar que cualquier usuario vial tiene una relación especial de sujeción con las autoridades de tránsito por el solo hecho de ejecutar una actividad peligrosa como es la conducción de vehículos. Ello quiere decir que si la función de esta última no solo se dirige a sancionar, sino también a garantizar fines del Estado como la protección de la vida y seguridad de los ciudadanos, aquel debe sujetarse a los requerimientos que se hagan, [...] porque desde la Constitución se ordena que los servidores del Estado intervengan a través de todas las medidas necesarias para garantizar que se cumpla con el ejercicio del derecho a la libre circulación de manera adecuado. […] [E]n manera alguna se podía comprender que el requerimiento de los policiales de practicarse la prueba de alcoholemia fuese desbordada o apartada del ordenamiento y tampoco que, so pretexto de su derecho de autoincriminación, el actor pudiera resistirse, en razón a que al ser el ejecutor de una actividad peligrosa tenía la carga mínima y razonable de cumplir con los deberes que le asistían como ciudadano, como el de solidaridad y colaboración con las autoridades públicas. […] [T]anto en la norma constitucional [art. 209 C. Pol.] como en la naturaleza del proceso disciplinario se hace mención al principio de moralidad, el cual no solo se concreta en el deber de observar las funciones que le han sido asignadas por la ley o el reglamento, sino que comprende, a su vez, "el actuar pulcro, probo y honesto, no desde un punto de vista de subjetividad o consciencia moral, de quien ejercer la función administrativa, sino a partir de referentes objetivos, tales como la defensa del patrimonio público, del interés general y del ordenamiento jurídico" [Corte Constitucional, sentencias SU-585 de 2017 y C-093 de 2020]. […] [L]a acción [del demandante], consistente en influir en los miembros de la Policía Nacional, prevaliéndose de su cargo, para obtener un beneficio propio desconoce los principios de la función administrativa, en particular el de moralidad. […] [S]e apartó de su deber de actuar con rectitud y probidad y deslegitimó el deber que le asistía de ser ejemplo en el cumplimiento de la ley. Por consiguiente, se constituyó en un actuar injustificado y reprochable que afectó sustancialmente la función pública a él encomendada […]." - [Resumen automatizado: ¿La conducta fue atípica porque para el momento de los hechos no se había definido el deber que se le imputó como infringido, puesto que solo hasta el 5 de julio de 2012, con la expedición de la Ley 1548 de 2012 que adicionó la Ley 769 de 2002, se señaló como falta sancionable el no acceder a la realización de la prueba de alcoholemia y, además, porque para ese entonces la Policía no estaba facultada para inmovilizar vehículos porque no existía una norma de rango legal o reglamentario que así lo dispusiera, sino conceptos del Ministerio de Transporte que por orden del Decreto 01 de 1984 no eran vinculantes? || Tipicidad: la investigación se inició por la falta gravísima prevista en el numeral 42 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002 que consistía en «influir en otro servidor público, prevaliéndose de su cargo o de cualquier otra situación o relación derivada de su función o jerarquía para conseguir una actuación, concepto o decisión que le pueda generar directa o indirectamente beneficio de cualquier orden para sí o para un tercero», tipo que se encontraba objetivamente demostrado, pues de las pruebas se deducía que el aquí demandante influyó para que los uniformados no continuaran con el procedimiento preventivo de inmovilización del vehículo que conducía y, además, por las siguientes acciones:] - [Palabras claves automatizadas: senador, prueba, procedimiento, si, conducta, puesto, república, sala, momento, ley, falta, en, control, general, así, decisión]