Sentencia de Control de Constitucionalidad C-1156 de 2008
[Resumen automatizado: En desarrollo de dicho mandato constitucional, el despacho de la Magistrada Sustanciadora mediante providencia del 8 de febrero de 2008, dispuso: i) avocar el conocimiento del Acuerdo y la ley aprobatoria, ii) decretar la práctica de algunas pruebas, iii) fijar en lista el asunto bajo revisión y simultáneamente correr traslado al Procurador General de la Nación para que rinda el concepto de rigor, iv) comunicar inmediatamente la iniciación del asunto al Presidente de la República; al Presidente del Congreso de la República; al Ministro de Relaciones Exteriores, al Ministro de Hacienda y Crédito Público, al Ministro de Comunicaciones, al Ministro de la Protección Social, a la Fiscalía General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo, de conformidad con los artículos 244 de la Constitución y 11 del Decreto 2067 de 1991, y finalmente v) invitar a la Academia Colombiana de Jurisprudencia, Comisión Colombiana de Juristas y universidades Nacional, de los Andes, Externado de Colombia, Libre de Colombia, Javeriana, Santo Tomás, Sergio Arboleda y Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, para que aporten sus opiniones sobre el asunto de la referencia. || e) El anuncio previo a la aprobación en Plenaria de la Cámara de Representantes se hizo en la sesión del día 27 de noviembre de 2007, como consta en el Acta No. 84 publicada en la Gaceta del Congreso No. 678 del 21 de diciembre de 2007, en la que se dice: “Lea los proyectos que van a ser discutidos señor Secretario, para el próximo martes: (…) Informe de Conciliación del Proyecto de ley por medio del cual se aprueba el acuerdo sobre los privilegios e inmunidades de la Corte Penal Internacional, hecho en New York el 9 de septiembre del 2002(…)”.] - [Palabras claves automatizadas: corte, acuerdo, penal, derecho, internacional, ley, funciones, ejercicio, personal, estatuto, constitución, congreso]