Sentencia de Revisión de Tutela T-039 de 2013
[Resumen automatizado: El personero municipal de Neiva, actuando en representación de la menor María Fernanda Trujillo Pérez, y por solicitud de la señora madre de la menor María Angélica Pérez Melgar, presentó acción de tutela en contra de Caprecom EPSS y la Secretaría de Salud Departamental del Huila (vinculada por el juez de primera instancia), al considerar que esas entidades le han vulnerado los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, salud y seguridad social, debido a que no han querido autorizar unos servicios médicos ordenados por el médico tratante y se han negado a garantizar que la menor y un acompañante puedan desplazarse a la ciudad de Bogotá en donde se debe realizar el tratamiento y valoración médica ordenados por el galeno adscrito a la EPSS. || El señor Eleazar García, actuando en representación de su esposa María Elena Lucas de García, interpone acción de tutela en contra de la Nueva EPS, por considerar que esta entidad le ha vulnerado sus derechos fundamentales a la salud y seguridad social en conexidad con la vida en condiciones dignas de las personas de la tercera edad, al negarse a dar a su cónyuge una adecuada atención domiciliaria, la asignación de una IPS con acceso a minusválidos y personas de la tercera edad, tratamiento integral, y facilidad de un medio de transporte para efectos de trasladar a la señora María Elena durante la práctica de exámenes prioritarios.] - [Palabras claves: salud, servicio, derecho, derechos, vida, médico, tutela, suministro, instancia, menor, protección, corte, persona, dentro, servicios]