Sentencia de Revisión de Tutela T-1153 de 2004
[Resumen automatizado: La Sala Segunda (2a.) de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados, Alfredo Beltrán Sierra, Manuel José Cepeda Espinosa y Jaime Córdoba Triviño, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ha proferido la siguiente || El actor de 85 años de edad, señala que le han amenazado sus derechos fundamentales a la vida, a la salud, y a la seguridad social, pues como afiliado a la EPS Humana Vivir, acudió al especialista el 11 de agosto de 2004 y le fueron formulados los medicamentos AMITRIPTILINA y GABAPENTIN para el control de su enfermedad “Neuropatía”, sin embargo, se le informó que no se los suministraban por estar fuera del POS. || “Ahora bien, cuando una persona acude a la acción de tutela para lograr el suministro de un medicamento que puede ser el alivio de su enfermedad aunque no sea la cura de la misma, lo hace con la finalidad de obtener la protección de sus derechos fundamentales a la salud y a una vida en condiciones dignas, así lo manifestó esta Corporación en Sentencia T-926 del 18 de noviembre de 1999, Magistrado Ponente, Carlos Gaviria Díaz:] - [Palabras claves: vida, derecho, medicamentos, tutela, salud, personas, fundamental, derechos, actor, médico, medicamento, corte, suministro, acción]