Sentencia de Revisión de Tutela T-588 de 2001
[Resumen automatizado: La decisión del Seguro Social, pretende dilatar un procedimiento que es vital para la calidad de vida del paciente, bajo el argumento de que primero se debe realizar una petición respetuosa, argumentó que como ya se dijo, carece de fundamento, pues a pesar de que la entidad, 1) conoce la enfermedad del paciente, 2) manifiesta que se trata de una insuficiencia respiratoria dependiente de un ventilador, y 3) remitió al niño a la unidad de cuidados intensivos del Hospital, no le otorga la asistencia médica que necesita, pues el menor que se encuentra mentalmente sano, debe permanecer en la unidad de cuidados intensivos lejos de la posibilidad, que según el médico tratante, le otorgaría el suministro del ventilador portátil, de vivir en su hogar junto con su familia. || La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados Alfredo Beltrán Sierra, Manuel José Cepeda Espinosa y Jaime Córdoba Triviño, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente || El actor, en su condición de padre del menor Hector David Zuleta, de siete (7) años, solicitó protección a través de la acción de tutela, pues considera que el Seguro Social E.P.S, está violando el derecho a la salud de su hijo, al negarse a suministrar un aparato especial llamado "ventilador o respirador portátil" para solucionar la enfermedad congénita que padece, y que, consiste en una insuficiencia respiratoria crónica progresiva.] - [Palabras claves: menor, social, pereira, unidad, derecho, salud, pues, sala, primero, tutela, niño, vida, enfermedad, entidad, hogar]