Sentencia de Revisión de Tutela T-840 de 2004
[Resumen automatizado: En relación con el hecho de que el Juez de instancia omitiera que la Alcaldía Municipal estaba vinculada al proceso, y negara el amparo aduciendo que la tutela fue instaurada en contra de quien no era responsable, aún cuando advirtiera la vulneración de los derechos invocados, esta Sala recuerda de manera enérgica al Juez, que por mandato de la Constitución Política y de la ley, y a la luz de la jurisprudencia de esta Corporación, en el Estado Social de Derecho, los jueces constitucionales deben ser estrictos, cuidadosos y comprometidos en la protección de los derechos fundamentales, por lo mismo, sus decisiones tienen que compadecerse de la situación de los sujetos y en ellas garantizarse el restablecimiento sin dilaciones de los derechos. || La señora María Josefa Carvajal Agudelo solicita el amparo constitucional de sus derechos a la vida, a la igualdad, a la salud y a la seguridad social, como quiera que carece de los recursos económicos para adquirir “un TORNILLO DE CORTICAL MF AUTORROSCANTE L 4 MM TITANIO y una PLACA MF POLIGONAL (1.3) RECTANGULAR 4 AGUJEROS TITANIO”, indispensables para la práctica de la cirugía del tumor cerebral que requiere.] - [Palabras claves: salud, tutela, ibagué, derechos, social, entidad, proceso, sala, vida, acción, mismo, requiere]