Providencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, expediente 25000-23-27-000-2002-01509-01(15060) de 2005
¿La finalidad del literal d) del artículo 39 de la Ley 14 de 1983 fue la de no gravar los ingresos dirigidos a la prestación del servicio público de salud? Acción pública de nulidad contra los Conceptos 919 de 23 de julio de 2001 y 924 de 1 de agosto de 2001 de la Dirección de Impuestos Distritales, sobre impuesto de industria y comercio respecto de las entidades autorizadas para funcionar como EPS. Fallo: Nulos. Sistema General de Seguridad Social en Salud : Hospitales adscritos. Recursos. Impuesto de industria y comercio - Exenciones. Entidades promotoras de salud - Recursos con calidad de dineros públicos. Fondo de Solidaridad y Garantía - Recursos con calidad de dineros públicos. Principio de autonomía tributaria
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